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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2013 (26/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de enero de 2013 486954 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN LUIS VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de la fecha, el Dictamen N° 001-2013-CEPAL-SR-MDSL de fecha 22ENE2013 de la Comisión de Economía, Presupuesto y Asuntos Legales, en el que se pronuncia favorablemente sobre el Proyecto de Ordenanza que Aprueba para el ejercicio 2013 lo dispuesto en la Ordenanza N° 134- MDSL modifi cada mediante Ordenanza N° 136-MDSL, que aprobó el monto por Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución - Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del 2012 para el Distrito de San Luis; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27630 Ley de la Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, la misma que es reconocida de conformidad a los establecido en la norma III y IV del Título Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF Texto Único Ordenado del Código Tributario modifi cado por Decreto Legislativo Nº 953, así como en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley 27972, los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas, pueden crear, modifi car y suprimir los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción, dentro de los límites establecidos por Ley; Que, el artículo 14º del TUO de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el D.S. Nº 156-2004-EF, establece que la actualización de valores, determinación de tributos, emisión de recibos de pago correspondiente, incluida su distribución a domicilio, los municipios quedan facultados a cobrar por dichos servicios no más el 0.4% de la UIT vigente al 1º de enero de cada ejercicio; Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, establece que “Las Municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicio no más del 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de presentación de declaraciones juradas”; Que, mediante Ordenanza N° 134-MDSL publicada el 06ABR2012 se aprobó la Ordenanza que fi ja montos por Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución - Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del 2012 para el Distrito de San Luis, la misma que fue ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo N° 625-2012; Que, por Ordenanza N° 136-MDSL se modifi có la Ordenanza N° 134-MDSL en lo que respecta a la estructura de costos que forma parte del primer dispositivo legal; Que, asimismo, la Sétima Disposición Final de la Ordenanza N° 1533-MML establece que el Acuerdo de Concejo ratifi catorio de las Ordenanzas distritales que aprueben los derechos de emisión mecanizada, tendrá una vigencia de dos (2) años, en la medida que la Ordenanza Distrital mantenga invariables las condiciones que originaron la ratifi cación; Que, el art. 13º de la Ley de Tributación Municipal D.S. 156-2004-EF, establece como monto mínimo del Impuesto Predial el 0.6% de la UIT vigente al ejercicio fi scal aplicable; Que, mediante Informe N° 002-2013-GR-MDSL de fecha 03ENE2013, la Gerencia de Rentas remite el proyecto de Ordenanza que aprueba para el año 2013 lo dispuesto en la Ordenanza N° 134-MDSL sobre derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y distribución a domicilio, sustentado en el Memorando N° 007-2013- GAF-MDSL remitido por la Gerencia de Administración y Finanzas, a través del cual se concluye en la necesidad de mantener la misma estructura de costos para la prestación del servicio de emisión mecanizada, determinación del Impuesto Predial y distribución domiciliaria para el presente año 2013, considerándose además mantener la misma tasa aprobada para el ejercicio 2012 que asciende a la suma de S/. 5.10 (Cinco y 10/100 nuevos soles); Que, con Informe N° 003-2013-GAL-MDSL del 04ENE2013, la Gerencia de Asesoría Legal considera legalmente procedente el proyecto de Ordenanza referido a la aplicación para el presente ejercicio 2013, lo dispuesto en la Ordenanza N° 134-MDSL sobre derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, manteniéndose la vigencia del Acuerdo de Concejo ratifi catorio N° 625- MML para el presente año 2013; Estando a lo dispuesto en el artículo 9º numerales 8) y 9) y el artículo 40º de la Ley 29972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad de los miembros presentes del Concejo Municipal, la siguiente Ordenanza. ORDENANZA QUE FIJA EL MONTO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION Y DISTRIBUCION DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013. Artículo Primero.- APROBAR para el ejercicio 2013 lo dispuesto en la Ordenanza N° 134-MDSL modifi cado mediante Ordenanza N° 136-MDSL, que fi jó el Derecho de servicio de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2012, en el extremo de que el cobro en referencia por la emisión mecanizada y distribución a domicilio para el ejercicio fi scal 2013 se mantendrá en la suma de S/. 5.10 (Cinco y 10/100 nuevos soles), así como su Anexo que contiene el Cuadro de Estructura de Costos y el Cuadro de Estimación de ingresos. Artículo Segundo.- ESTABLEZCASE el 0.6% de la UIT como monto mínimo del Impuesto Predial para el año 2013, de conformidad con el artículo 13º del TUO de la Ley de Tributación Municipal, D.S. 156-2004-EF; Artículo Tercero.- Informar a la Municipalidad Metropolitana de Lima que en el presente ejercicio 2013 se aplicará la Ordenanza N° 134-MDSL que aprobó el monto por Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2012, la misma que fue ratifi cada por el Acuerdo de Concejo N° 625-2012- MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. DISPOSICIONES FINALES Primera.- ENCARGAR a la Secretaría General la remisión de la presente Ordenanza al Servicio de Administración Tributaria-SAT para conocimiento y fi nes, y a la Gerencia de Rentas su cumplimiento. Segunda.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias, para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y a las áreas competentes el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICARDO CASTRO SIERRA Alcalde 893515-1 Aprueban incentivos por pronto pago de tributos contenidos en la cuponera de pagos de tributos 2013 ORDENANZA N° 157-MDSL San Luis, 23 de enero de 2013