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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de enero de 2013 486957 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe Nº 001-2013-SG/MDSMP de la Ofi cina de Secretaría General, sobre la realización de matrimonios civiles comunitarios para el año 2013; y CONSIDERANDO: Que, mediante Informe de Visto, la Ofi cina de Secretaría General de esta corporación municipal alcanza la propuesta para la realización de matrimonios civiles comunitarios en el transcurso del año 2013, con la fi nalidad de formalizar la situación conyugal de muchas parejas de limitados recursos económicos, toda vez que existe demanda comunal al respecto, de acuerdo al Informe Nº 009-2013-SG-RC/MDSMP de la Encargada de Matrimonios Civiles; por lo que corresponde brindar a los contrayentes que se acojan a esta convocatoria las máximas facilidades posibles; Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 248, 252 y demás concordantes del Código Civil vigente, corresponde al alcalde celebrar los matrimonios y dispensar la publicación de los edictos matrimoniales a los contrayentes en casos especiales como el presente; De conformidad con los artículos 20, Inc. 6) y 42 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades, así como artículos 248, 252 y demás concordantes del Código Civil vigente; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR la realización de Matrimonios Civiles Comunitarios, en las fechas y motivos que se indican a continuación: 18.MAYO.2013, por el 63º Aniversario de creación de nuestro Distrito 07.SETIEMBRE.2013, por el Día de la Familia 14.DICIEMBRE.2013, por el advenimiento de la Fiesta Navideña. Artículo Segundo.- DISPONER la reducción de los requisitos y derechos establecidos en el TUPA para contraer matrimonio civil, aplicable sólo para los Matrimonios Civiles Comunitarios materia del presente decreto, siendo los siguientes: - Partidas de Nacimiento actualizadas de los contrayentes. - DNI originales y copias autenticadas por fedatario municipal - Declaración notarial de dos testigos (no familiares) respecto al estado civil de los contrayentes, acompañando documentos de identidad en original y copia autenticada por fedatario municipal - Declaración jurada de domicilio de los contrayentes y recibo de luz y/o agua si está a nombre de los mismos - Fotografía a color, tamaño pasaporte, reciente, de cada contrayente - Certifi cado médico prenupcial y consejería de SIDA - En caso de menores, divorciados, viudos y/o extranjeros, adjuntar requisitos exigidos por ley. - Pago Único: S/. 70.00 Nuevos Soles Artículo Tercero.- Conforme al artículo 252 del Código Civil vigente, dispensar de la publicación de los Edictos Matrimoniales a los contrayentes de los Matrimonios Civiles Comunitarios convocados a través del presente decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 894287-1 Autorizan la institucionalización del Escudo de Serenazgo del distrito de San Martín de Porres DECRETO DE ALCALDÍA N° 002-2013/MDSMP San Martín de Porres, 5 de enero del 2013 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe Nº 121-2012-GSC/MDSMP de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, sobre institucionalización del Escudo del Serenazgo del distrito; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27933 - del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana señala que la seguridad ciudadana es la acción integrada que desarrolla el Estado con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífi ca, la erradicación de la violencia y la utilización pacífi ca de las vías y espacios públicos; así como contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas; Que, mediante Informe de Visto, la Gerencia de Seguridad Ciudadana solicita la institucionalización de un signo distintivo para el servicio de Serenazgo del distrito que fue creado mediante Ordenanza N° 110-MDSMP (28.SETIEMBRE.2004), publicada en el diario ofi cial “El Peruano” con fecha 05.OCTUBRE.2004 y que tiene como misión brindar seguridad ciudadana a favor de los vecinos sanmartinianos; cuyo artículo Sexto faculta al Señor Alcalde ejecutar las acciones que considere necesarias para el adecuado funcionamiento de dicho servicio; Que, con Informe N° 523-2012-GSC-SGS/MDSMP la Subgerencia de Serenazgo señala que el escudo es un símbolo que representa la identidad institucional que debe existir y representa el compromiso personal de cumplir las disposiciones emitidas; Que con Informe N° 157-2012-SGPR-GPP/MDSMP, la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización emite opinión favorable por la institucionalización del Escudo para el Serenazgo del distrito, ratifi cado mediante Proveído Nº 5509-12-GPP/MDSMP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; contándose también con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica a través de su Informe N° 001-2013-GAJ/MDSMP que recomienda se emita el correspondiente decreto de alcaldía para la institucionalización del referido Escudo del Serenazgo del distrito de San Martín de Porres; Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de seguridad Ciudadana y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39° y 42° de la Ley N° 27972 - Orgánica de Municipalidades, así como artículo Sexto de la Ordenanza N° 110-MDSMP; DECRETA: Artículo Único.- AUTORIZAR la institucionalización del Escudo de Serenazgo del distrito de San Martín de Porres, el mismo que como Anexo forma parte del presente decreto, conforme al diseño adjunto al Informe Nº 121-2012-GSC/ MDSMP de la Gerencia de Seguridad Ciudadana. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 894284-1 Aprueban Reconversión de los Nuevos Términos Porcentuales de los Derechos Administrativos vigentes contenidos en el TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2013-MDSMP San Martín de Porres, 9 de enero del 2013.