Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2013 (31/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de enero de 2013

NORMAS LEGALES
Factor "p" 0,8897 0,8928 0,8926

487209

Cargo Unitario Usuarios Regulados Cargo Unitario por Generacion Adicional Usuarios Libres que no son MORDAZA Usuarios MORDAZA Usuarios

Articulo 2°.- Aprobar el factor de actualizacion "FA" aplicable a partir del 04 de febrero de 2013 para determinar el Peaje Unitario por Compensacion que se adicionara a los Peajes correspondientes a los Sistemas Secundarios de Transmision y Sistemas Complementarios de Transmision asignados a la demanda de las Areas de Demanda 6 y 7 a que se refiere la Resolucion OSINERGMIN N° 634-2007OS/CD y sus modificatorias.

Cargo Unitario Peaje Unitario por Compensacion

FactorFA 1,1400

Articulo 3°.- El COES debera distribuir los montos a transferir por aplicacion del Cargo Unitario por Generacion Adicional entre las empresas Electroperu S.A., Electronoroeste S.A., Hidrandina S.A. y Electro Oriente S.A. considerando las proporciones de 85%, 3%, 6% y 6%, respectivamente. Articulo 4°.- Incorporese como Anexos a la presente resolucion los Informes N° 028-2013-GART, N° 300-2012GART y N° 0039-2013-GART. Articulo 5°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada, junto con sus Anexos, en la pagina Web de OSINERGMIN: www. osinergmin.gob.pe. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitiran que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales de conformidad con el Articulo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, no tendran caracter vinculante ni daran lugar a procedimiento administrativo; Que, en atencion a lo senalado en el considerando precedente, corresponde publicar el proyecto de resolucion que aprueba la modificacion de los Procedimientos Tecnicos COES PR-25 "Factores de Indisponibilidad de Unidades de Generacion" y PR-28 "Ingresos Garantizados por Potencia Firme", para la recepcion de comentarios y sugerencias por parte de los interesados, de acuerdo con lo establecido en las normas citadas en los considerandos precedentes; Que, finalmente se ha emitido el Memorando GFE2013-0051 de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica y el Informe Legal N° 033-2013-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3°, de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832, "Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica"; en el Reglamento del Comite de Operacion Economica del Sistema (COES), aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2008-EM; y en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo General". SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la publicacion en la pagina Web de OSINERGMIN www.osinergmin.gob.pe, del proyecto de resolucion que aprueba la modificacion de los Procedimientos Tecnicos COES PR-25 "Factores de Indisponibilidad de Unidades de Generacion" y PR-28 "Ingresos Garantizados por Potencia Firme", conjuntamente con el proyecto normativo, el Memorando GFE-2013-0051 y el Informe Legal N° 033-2013-GART, que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2°.- Definir un plazo de quince (15) dias calendarios, contados desde el dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (GART) de OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canada N° 1460, San MORDAZA, Lima. Las opiniones y sugerencias tambien podran ser remitidas via fax al numero telefonico N° 2240491, o via Internet a la siguiente direccion de correo electronico: NRT2013@osinerg.gob.pe. La recepcion de las opiniones y sugerencias en medio fisico o electronico, estara a cargo de la Sra. MORDAZA MORDAZA Gushiken Teruya. En el ultimo dia del plazo, solo se podran remitir comentarios hasta las 18:00 horas. Articulo 3°.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

895731-2

Disponen publicar proyecto de resolucion que aprueba la modificacion de los Procedimientos Tecnicos COES PR-25 "Factores de Indisponibilidad de Unidades de Generacion" y PR-28 "Ingresos Garantizados por Potencia Firme"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 011-2013-OS/CD
MORDAZA, 29 de enero de 2013 VISTOS La propuesta presentada por el COES, mediante carta COES/D-480-2012, para aprobar la modificacion de los Procedimientos Tecnicos COES PR-25 "Factores de Indisponibilidad de las Unidades de Generacion" y PR-28 "Ingresos Garantizados por Potencia Firme", y la subsanacion de observaciones presentada mediante carta COES/D-643-2012. CONSIDERANDO Que, el literal c) del numeral 3.1 del Articulo 3° de la Ley N° 27332, "Ley MORDAZA de Organismos Reguladores", senala que la funcion normativa de los Organismos Reguladores comprenda la facultad de dictar en el ambito y materia de sus respectivas competencias, entre otros, reglamentos y normas tecnicas. En tal sentido, el Articulo 21° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, precisa que corresponde a OSINERGMIN dictar de manera exclusiva y dentro de su ambito de competencia, reglamentos y normas de caracter general, aplicables a todas las entidades y usuarios que se encuentren en las mismas condiciones. Estos reglamentos y normas podran definir los derechos y obligaciones de las entidades y de estas con sus usuarios; Que, de conformidad con el Articulo 14° del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades publicas dispondran la publicacion de los

RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° ...-2013-OS/CD
MORDAZA, ...de.............de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28832, "Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica", en el literal b) de su Articulo 13° establecio como funcion del COES el elaborar los procedimientos para la operacion del MORDAZA y administracion del MORDAZA de Corto Plazo, para su aprobacion por OSINERGMIN; mientras que en el literal f) de su Articulo 14º establecio que el COES debe calcular

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