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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2013 (31/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de enero de 2013 487215 Regulan la presentación a través de SUNAT Virtual de la solicitud de devolución de los saldos a favor del Impuesto a la Renta del Ejercicio 2012 de las personas naturales que hubieran obtenido rentas de capital y/o rentas del trabajo y/o rentas de fuente extranjera RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 035-2013/SUNAT Lima, 30 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que el artículo 87° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y normas modifi catorias, establece que si el monto de los pagos a cuenta excediera del impuesto que corresponda abonar al contribuyente según su declaración jurada anual, éste consignará tal circunstancia en dicha declaración y la SUNAT, previa comprobación, devolverá el exceso pagado; Que el inciso a) del artículo 39° del TUO de Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99- EF y normas modifi catorias, dispone que la devolución mediante cheques no negociables, la emisión, utilización y transferencia a terceros de las Notas de Crédito Negociables, así como los giros, órdenes de pago del sistema fi nanciero y el abono en cuenta corriente o de ahorros se sujetarán a las normas que se establezcan por decreto supremo; Que conforme al artículo 31° del Reglamento de Notas de Crédito Negociables, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 126-94-EF y normas modifi catorias, la devolución de pagos indebidos y en exceso de deudas tributarias cuya administración esté a cargo de la SUNAT se solicitará mediante escrito fundamentado, al que se adjuntará el formulario correspondiente. Asimismo, señala que la SUNAT podrá establecer que el referido formulario sea presentado en medio informático, en la forma y condiciones que ella señale, y que la información contenida en el escrito fundamentado sea incorporada al formulario; Que el artículo 4° del Decreto Supremo Nº 051-2008- EF, que regula la devolución de pagos indebidos o en exceso de deudas tributarias cuya administración está a cargo de la SUNAT mediante órdenes de pago del sistema fi nanciero, indica que la devolución a través de las mencionadas órdenes de pago se solicitará mediante escrito fundamentado, al que se adjuntará el formulario correspondiente, y que la referida documentación deberá ser presentada ante la Intendencia, Ofi cina Zonal o Centro de Servicios al Contribuyente de la SUNAT del domicilio fi scal del solicitante o en la dependencia que se le hubiera asignado para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, según corresponda. Dicho artículo también faculta a la SUNAT a establecer que la referida devolución sea solicitada a través de medio informático, de acuerdo a la forma y condiciones que establezca para tal fi n; Que la solicitud de devolución antes referida se puede presentar a través del Formulario Nº 4949 en la Intendencia, Ofi cina Zonal o Centro de Servicios al Contribuyente de la SUNAT señalados en el considerando anterior; Que a su vez mediante el Formulario Virtual Nº 1649 “Solicitud de devolución” aprobado por la tercera disposición complementaria fi nal de la Resolución de Superintendencia Nº 232-2008/SUNAT, se puede presentar la solicitud de devolución del saldo a favor del Impuesto a la Renta por rentas del capital y/o rentas del trabajo de ejercicios anteriores, tal como se prevé en la primera disposición complementaria fi nal de las Resoluciones de Superintendencia Nºs. 086-2009/SUNAT, 014-2010-SUNAT, 021-2011/SUNAT y 022-2012/SUNAT; Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 304-2012-SUNAT se han aprobado las disposiciones y formularios para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras del ejercicio gravable 2012; Que resulta conveniente poner a disposición de los contribuyentes que presenten su Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta a través del PDT Nº 681: Renta Anual 2012 – Persona Natural – Otras Rentas o el Formulario Virtual Nº 681 – Simplifi cado Renta Anual 2012 – Persona Natural, el formulario virtual que les permita optar por presentar a través de SUNAT Virtual la solicitud de devolución de los saldos a favor del Impuesto a la Renta del ejercicio gravable 2012, así como establecer la forma y condiciones para su presentación; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y normas modifi catorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello no resulta necesario pues sólo se está regulando una forma alternativa para que los contribuyentes que presenten el PDT Nº 681: Renta Anual 2012 – Persona Natural – Otras Rentas o el Formulario Virtual Nº 681 – Simplifi cado Renta Anual 2012 – Persona Natural soliciten la devolución del saldo a favor del Impuesto a la Renta del ejercicio gravable 2012; En uso de las facultades conferidas por el artículo 31° del Reglamento de Notas de Crédito Negociables, el artículo 4° del Decreto Supremo Nº 051-2008-EF, el artículo 11° del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de la SUNAT y normas modifi catorias, el artículo 5° de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DEFINICIONES Para efectos de la presente resolución, deberá entenderse por: a) Declarante : Al contribuyente que hubiera obtenido rentas dis- tintas a las de tercera categoría y que de acuerdo a lo establecido en la Resolución de Superinten- dencia Nº 304-2012/SUNAT presente el PDT Nº 681: Renta Anual 2012 – Persona Natural – Otras Rentas o el Formulario Virtual Nº 681 – Simplifi cado Renta Anual 2012 – Persona Natural y consigne en estos saldos a favor del Impuesto a la Renta del ejercicio gravable 2012, sujetos a devolución. b) Formulario Virtual Nº 681 – Simplifi cado Renta Anual 2012 – Persona Natural : Al formulario virtual aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 304-2012/SUNAT, que podrá ser utilizado por los sujetos que durante el 2012, exclusivamente, hayan obtenido rentas de primera categoría y/o percibido rentas del trabajo. c) Ley : Al Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y normas modifi catorias. d) PDT Nº 681: Renta Anual 2012 – Persona Natural – Otras Rentas : Al formulario virtual aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 304-2012/SUNAT, a ser utilizado para la determinación del Impuesto a la Renta por rentas de primera categoría, rentas de segunda categoría originadas en la enajenación de los bienes a que se refi ere el inciso a) del artículo 2° de la Ley, rentas del trabajo y rentas de fuente extranjera. e) Saldo a favor por rentas del capital – prim- era categoría : Al saldo a favor del Impuesto a la Renta del ejerci- cio gravable 2012 consignado en la casilla 159 del PDT Nº 681: Renta Anual 2012 – Persona Natural – Otras Rentas o en la casilla 159 del Formulario Virtual Nº 681 – Simplifi cado Renta Anual 2012 – Persona Natural, sujeto a devolución. f) Saldo a favor por rentas del capital – segunda categoría y/o rentas de fuente extranjera : Al saldo a favor del Impuesto a la Renta del ejerci- cio gravable 2012 consignado en la casilla 360 del PDT Nº 681: Renta Anual 2012 – Persona Natural – Otras Rentas, sujeto a devolución g) Saldo a favor por rentas del trabajo : Al saldo a favor del Impuesto a la Renta del ejer- cicio gravable 2012 consignado en la casilla 141 del Formulario Virtual Nº 681 – Simplifi cado Renta Anual 2012 – Persona Natural, sujeto a devolución. h) Saldo a favor por rentas del trabajo y/o rentas de fuente extranjera : Al saldo a favor del Impuesto a la Renta del ejerci- cio gravable 2012 consignado en la casilla 141 del PDT Nº 681: Renta Anual 2012 – Persona Natural – Otras Rentas, sujeto a devolución.