Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (03/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de febrero de 2013 487427 Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Cuarto.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES LIMA PERU S.R.L., los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 889792-1 Otorgan a Ecocopter Perú S.A.C. la renovación y modificación de permiso de operación de aviación comercial transporte aéreo especial RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 023-2013-MTC/12 Lima, 16 de Enero del 2013 Vista la solicitud de la compañía ECOCOPTER PERU S.A., sobre Renovación y Modifi cación de Permiso de Operación de Aviación Comercial – Transporte Aéreo Especial; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral N° 046-2009- MTC/12 del 04 de marzo del 2009 se otorgó a la Compañía ECOCOPTER PERU S.A.C. el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 14 de abril del 2009, modifi cada a través de la Resolución Directoral N° 419-2011-MTC/12 del 01 de diciembre del 2011 en el sentido de incrementar material aeronáutico; Que, mediante Documento de Registro N° 2012- 064664 del 27 de setiembre del 2012, Documento de Registro N° 2012-072097 del 26 de octubre del 2012, Documento de Registro N° 133238 del 05 de noviembre del 2012 y Documento de Registro N° 2012-072097-A del 10 de diciembre del 2012 y Documento de Registro N° 2012-072097-B del 07 de enero del 2013, la compañía ECOCOPTER PERU S.A.C. solicitó la Renovación y Modifi cación de su Permiso de Operación; Que, según los términos del Memorando Nº 286- 2012-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Memorando Nº 1710-2012-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando N° 526- 2012-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certifi caciones e Informe Nº 021-2013-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolución según el Artículo 6.2 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía ECOCOPTER PERU S.A.C., la Renovación y Modifi cación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 15 de abril del 2013, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Directoral Nº 046-2009- MTC/12 del 04 de marzo del 2009. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la compañía ECOCOPTER PERU S.A.C. deberá contar con el Certifi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especifi caciones de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en estas etapas su capacidad legal, técnica y económico-fi nanciera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial – Transporte Aéreo Especial. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Bell 212, 412, 206L, 407, 214 - Augusta-Westland 109, 139 - Augusta S.p.A A119 - PZL-Swidnik W-3A - Eurocopter AS 350 BA / B1 / B2 / B3 (Ecureuil) - Eurocopter AS 355 F2 / N / NP / (Ecureuil) - Eurocopter EC 130 B4 - Eurocopter EC 120 Colibri - Eurocopter EC-135, EC-145, SA330, AS332, EC- 225 - MI 8T, 8P, 8MT, 8MTV, 17, 171 - SIKORSKY S-61, S-61L, S-61N, S-64, S-64F, S-64E, S76C++ - BELL 204, 205, 412EP, 412HP, 412SP, 212HP, 212SP ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTO: Amazonas - Chachapoyas, Ciro Alegría, Galilea, Rodríguez de Mendoza. DEPARTAMENTO: Ancash - Chimbote, Huascarán / Anta, Helipuerto de Yanacancha. DEPARTAMENTO: Apurimac - Andahuaylas, Helipuerto Las Bambas. DEPARTAMENTO: Arequipa - Arequipa, Atico, Mollendo, Orcopampa. DEPARTAMENTO: Ayacucho - Palmapampa, Vilcashuamán. DEPARTAMENTOS: Cajamarca - Cajamarca, Jaén. DEPARTAMENTO: Cusco - Cusco, Patria, Helipuerto La Peruanita N°1, Helipuerto La Peruanita N°2, Helipuerto La Peruanita N°3, Helipuerto Las Malvinas, Helipuerto Mipaya, Helipuerto Pagoreni A, Helipuerto Pagoreni B, Helipuerto Pozo Sagari, Helipuerto San Martín 1, Helipuerto San Martín 3, Kirigueti, Kiteni, Las Malvinas, Nuevo Mundo, Tangoshiari, Timpia, Yauri. DEPARTAMENTO: Huánuco - Huánuco, Tingo María, Pueblo Libre de Codo.