Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2013 (03/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES
Monto de Ingresos Anuales o Activos Totales Fecha de MORDAZA

487431
Fecha Limite de MORDAZA 14-06-13 21-06-13 28-06-13

EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SUPERVISION DE CONDUCTAS DE MERCADOS VISTOS: El Expediente Nº 2013002248 y el Informe Nº 0612013-SMV/11.1 del 28 de enero de 2013, de la Intendencia General de Supervision de Conductas; CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 29720 ­ Ley que Promueve las Emisiones de Valores Mobiliarios y Fortalece el MORDAZA de Capitales-, establece que las sociedades o entidades distintas a las que se encuentran bajo la supervision de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV), cuyos ingresos anuales por venta de bienes o prestacion de servicios o sus activos totales MORDAZA iguales o excedan a tres mil unidades impositivas tributarias, deben presentar a esta Superintendencia sus estados financieros auditados; Que, el 02 de MORDAZA de 2012, se publico en el Diario Oficial El Peruano la Resolucion SMV Nº 011-2012- SMV/01 que aprueba las "Normas sobre la MORDAZA de Estados Financieros Auditados por parte de las Sociedades o Entidades a las que se refiere el Articulo 5º de la Ley Nº 29720", la cual en su articulo 3° dispone que la citada informacion financiera debera ser remitida a la SMV unicamente en los formatos establecidos; Que, asimismo, el articulo 4º de las normas senaladas en el parrafo precedente, establece que la informacion financiera correspondiente a determinado ejercicio economico debe presentarse a la SMV dentro del plazo comprendido entre el 1 al 30 de junio del siguiente ejercicio economico y que para tal efecto la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados, establecera y publicara en el MORDAZA del MORDAZA de Valores, el cronograma para la MORDAZA de dicha informacion, en el cual se fijaran fechas limites de entrega. Adicionalmente dispone que el referido cronograma sera establecido por el Superintendente Adjunto de Supervision de Conductas de Mercados, y; Estando a lo dispuesto por el articulo 4º de las Normas sobre la MORDAZA de Estados Financieros Auditados por parte de las Sociedades o Entidades a las que se refiere el Articulo 5º de la Ley Nº 29720, aprobadas por la Resolucion SMV Nº 011-2012-SMV/01, el articulo 1° de la Resolucion de Superintendente N° 018-2013SMV/02 y el articulo 43°, inciso 36, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV), aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF; RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Formatos que deberan utilizar las sociedades que se encuentran comprendidas dentro del ambito de aplicacion del articulo 5º de la Ley Nº 29720 y Resolucion SMV Nº 011-2012- SMV/01, para la MORDAZA de sus estados financieros auditados anuales a la Superintendencia del MORDAZA de Valores. Los referidos formatos, que forman parte de la presente Resolucion, seran de aplicacion a partir de la MORDAZA de los estados financieros auditados anuales del ejercicio 2012. Articulo 2º.- Aprobar el cronograma para la MORDAZA de los estados financieros auditados anuales al 31 de diciembre de 2012 de las sociedades a que se refiere el articulo precedente, segun el detalle siguiente: CRONOGRAMA MORDAZA DE EEFF AUDITADOS ANUALES AL 31-12-12 DE ENTIDADES NO SUPERVISADAS POR LA SMV ARTICULO 5º DE LA LEY Nº 29720 Monto de Ingresos Anuales o Activos Totales Fecha de MORDAZA Fecha Limite de MORDAZA 07-06-13

Mayores a S/. 150 millones Desde el 10 al 14 de y menores o iguales a S/. junio de 2013 250 millones Mayores a S/. 250 millones Desde el 17 al 21 de y menores o iguales a S/. junio de 2013 500 millones Mayores a S/. 500 millones Desde el 24 al 28 de junio de 2013 (2) (1)

(2)

(3)

En este plazo tambien deben presentar sus EEFF auditados anuales al 31-12-12, las entidades que MORDAZA subsidiarias de empresas con valores inscritos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de la SMV que presenten ingresos anuales o activos totales mayores a S/. 11.1 millones. El 27 y 28 de junio de 2013 son dias no laborables para el sector publico. Sin embargo, en dichas fechas las entidades con ingresos anuales o activos totales mayores a los S/. 500 millones, podran presentar sus EEFF ante la SMV, de acuerdo con el Cronograma. Del 29 de MORDAZA al 31 de MORDAZA de 2013, en la seccion Novedades del MORDAZA de la SMV: www.smv.gob.pe, se habilitara un enlace para pruebas de MORDAZA de los EEFF.

Articulo 3°.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4°.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob. pe). Articulo 5°.- Los Formatos y el Cronograma aprobados mediante la presente Resolucion, seran publicados en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados 896933-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT para participar en la Jornada de Trabajo, con ocasion del lanzamiento oficial del MORDAZA sistema operativo ECUAPASS, a realizarse en Ecuador
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 042-2013/SUNAT MORDAZA, 1 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que mediante Oficio N°. SENAE-DGN-20130080-OF del 23 de enero de 2013, el Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, cursa invitacion a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT, para participar en la Jornada de Trabajo, con ocasion del lanzamiento oficial del MORDAZA sistema operativo ECUAPASS, que se llevara a cabo en la MORDAZA de Guayaquil, Republica del Ecuador, del 6 al 8 de febrero de 2013; Que la asistencia al citado evento tiene como objetivo conocer otras administraciones aduaneras que

Mayores a S/. 111 millones Desde el 03 al 07 de y menores o iguales a S/. junio de 2013 (1) 150 millones

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