Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2013 (03/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

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dejar sin efecto el Plano signado con el N° 035-2012SGCyHU-GDU-MDSMP y aprobar la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media "R4" y Densidad Alta "R-5" del terreno de 85,100.00 m2, constituido por la acumulacion de las Parcelas signadas con UC 10227, 10540, 10541 y 10542, denominada Parcela 10540 del Ex Fundo MORDAZA MORDAZA, inscrito en la Partida Electronica Nº 11306916 de la MORDAZA Registral N° IX-Sede MORDAZA - SUNARP, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Las Casuarinas de MORDAZA MORDAZA, de conformidad con el MORDAZA Plano signado con el N° 058-2012-SGCyHU-GDU-MDSMP y la nueva Memoria Descriptiva, ubicado en el Distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima. Asimismo precisar que el administrado ha cumplido con acreditar la cancelacion del pago fraccionado por concepto de Valorizacion de Proyectos y Control de Obra cuyo fraccionamiento fue aprobado con Resolucion de Sub Gerencia N° 116-2012-SGCHU-GDU-MDSMP. Que con Informe N° 538-2012-RPG-GDU-MDSMP del 22.11.2012, el asesor legal de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA senala que, el articulo 201° en su numeral 201.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, establece que "(...) Los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision. Asimismo habiendo cumplido el administrado con la cancelacion total del fraccionamiento dispuesto en la Resolucion de Sub Gerencia N° 116-2012-SGCHU-GDUMDSMP del 24.05.2012, por concepto de Valorizacion de Proyectos y Control de Obra, acreditando dicho pago con el Recibo N° 3812048155 del 08.11.2012 por el monto de S/. 13,674.00 Nuevos Soles, correspondiendo emitir el acto administrativo a favor del administrado. Que de acuerdo con el Articulo 194º, numeral 6) del Articulo 195º de nuestra Carta Magna, las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes, De conformidad con el articulo 20, inciso 6) de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades; articulo 201, incisos 1) y 2) de la Ley Nº 27444 ­ Ley de Procedimiento Administrativo General; Reglamento Nacional de Construcciones, Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas, su Texto Unico Ordenado del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98MTC, Ordenanza N° 341-MML; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Plano signado con el Nº 035-2012-SGCHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva,; consecuentemente APROBAR el MORDAZA Plano signado con el N° 058-2012-SGCHU-GDUMDSMP y Memoria Descriptiva, sobre Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para uso Residencial de Densidad Media "R4" y Densidad Alta "R-5" del terreno de 85,100.00 m2, constituido por la acumulacion de las Parcelas signadas con UC 10227, 10540, 10541 y 10542, denominada Parcela 10540, del Ex Fundo MORDAZA MORDAZA, inscrito en la Partida Electronica Nº 11306916 de la MORDAZA Registral N° IX-Sede MORDAZA - SUNARP, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Las Casuarinas de MORDAZA MORDAZA, ubicado en el Distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- RECTIFICAR el decimo primer considerando de la Resolucion de Sub Gerencia N° 2362012-SGCHU-GDU-MDSMP donde dice: dejando en el terreno... el area de 601.25m2 como aporte a Serpar ... debera decir: "... el area de 601.25m2 como aporte a OTROS FINES..." Articulo Tercero.- ESTABLECER la conformidad de la cancelacion total de S/. 13,674.00 Nuevos Soles segun Recibo N° 3812048155 por el pago fraccionado por concepto de Valorizacion por Proyectos y Control de Obra cuyo fraccionamiento fue aprobado con Resolucion de Sub Gerencia N° 116-2012-SGCHU-GDU-MDSMP del 24.05.2012.

Articulo Cuarto.- RATIFICAR todo lo demas senalado en la Resolucion de Subgerencia Nº 236-2012-SGCHUGDU/MDSMP de fecha 11 de Setiembre de 2012. Articulo Quinto.REMITIR a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA MORDAZA certificada de las piezas necesarias, para su ratificacion, al Ministerio de Educacion, y al Servicio de Parques ­ SERPAR MORDAZA para su conocimiento y a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos de MORDAZA para su inscripcion. Articulo Sexto.NOTIFICAR el presente acto administrativo a la Asociacion de Vivienda Las Casuarinas de MORDAZA MORDAZA del Distrito de San MORDAZA de Porres, representada por su Gerente General don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gonzales. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sub Gerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas 896735-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Modifican el Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios correspondiente al sector del distrito de MORDAZA conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana
DECRETO DE ALCALDIA Nº 02-2013-MSS MORDAZA de MORDAZA, 25 de enero de 2013 EL MORDAZA DE MORDAZA DE SURCO: VISTOS: El Informe Nº 07-2013-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe Nº 618-2012-SGPUCGDU-MSS de fecha 20.12.12, de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, el Informe Nº 023-2013SGLAU-GDU-MSS de fecha 07.01.13 de la Sub Gerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas, el Informe Nº 5672012-SGDE-GDU-MSS de fecha 28.12.12 y el Informe Nº 020-2013-GAJ-MSS, de la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre incorporaciones y modificaciones al Decreto de Alcaldia Nº 20-2011-MSS, "Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios correspondientes al Sector del Distrito conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando la MORDAZA MORDAZA que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, conforme a lo establecido en el numeral 6 del Articulo 195° de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las municipalidades son competentes para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, por su parte, el Articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades,

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