Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2013 (03/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de febrero de 2013

dispone que el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho MORDAZA se establecen las politicas publicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones especificas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales; Que, el Articulo 74° de la Ley MORDAZA acotada, las municipalidades ejercen, de manera exclusiva o compartida una funcion promotora, normativa y reguladora, asi como las de ejecucion y de fiscalizacion y control, en las materias de su competencia; Que, asimismo conforme a lo dispuesto en el Articulo 42º de la Ley MORDAZA citada, mediante los Decretos de Alcaldia se establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante Ordenanza Nº 912-MML, aprobo el Reajuste Integral de la Zonificacion de Usos del Suelo de un Sector del Distrito de MORDAZA de MORDAZA conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana; disponiendo en el Articulo 8º que la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, en estricta sujecion a las normas aprobadas por la mencionada Ordenanza, formule y apruebe por Decreto de Alcaldia, los Parametros Urbanisticos y Edificatorios de Estacionamientos, Retiros, Tamano Minimo de Departamentos y Otros para su aplicacion en la jurisdiccion distrital; Que, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, dando cumplimiento a la Ordenanza MORDAZA citada, aprobo mediante Decreto de Alcaldia Nº 20-2011-MSS, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 27 de agosto del 2011, el "Nuevo Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios correspondiente al sector del distrito conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana", Que, la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro con Informe Nº 618-2012-SGPUC-GDU-MSS de fecha 20.12.12 remite el Informe Tecnico Nº 014-2012-JLMJ-APU en el cual se establece que, considerando las limitaciones en la accesibilidad (via de acceso unico avenida central), de infraestructura vial, el creciente congestionamiento vehicular, la ausencia y reducida ruta de evacuacion, el deficit en abastecimiento de agua (SEDAPAL), entre otros aspectos, resulta necesario regular y reorientar el MORDAZA de urbanizacion y densificacion en el sector, garantizando las condiciones de habitabilidad, preservacion y conservacion de la vocacion del distrito definida como alta calidad residencial de densidad baja mediante las modificaciones e incorporaciones al Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios correspondientes al Sector del Distrito conformante del area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 0202011-MSS, modificado por Decretos de Alcaldias Nros. 0232011-MSS y 03-2012-MSS; Que, asimismo, las Sub Gerencias de Licencias y Autorizaciones Urbanas, y de Desarrollo Economico, mediante Informe Nro. 023-2013-SGLAU-GDU-MSS de fecha 07.01.13 e Informe Nº 567-2012-SGDE-GDU-MSS de fecha 28.12.12, respectivamente, han emitido opinion favorable al proyecto normativo que modifica e incorpora disposiciones al Reglamento de Parametros Urbanisticos y edificatorios correspondientes al sector del Distrito conformante del Area de tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 20-2011-MSS; asi como, se cuenta con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica con Informe Nº 020-2013-GAJ- MSS de fecha 09.01.13; Que, es necesario precisar, que el Articulo 14° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General", dispone que las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de 30 dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, a

fin que las personas interesadas formulen sus comentarios sobre las normas propuestas; Que, el numeral 3.2 del articulo 14º del citado Decreto Supremo, exceptua de la prepublicacion, cuando por razones debidamente fundamentadas en el proyecto de MORDAZA, la entidad que propone la MORDAZA, considera que la prepublicacion de la misma es impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad o al orden publico, habiendo sustentado la Gerencia de Desarrollo MORDAZA que en el presente caso concurre, en tanto es de interes de los vecinos de MORDAZA de MORDAZA que la Corporacion actualice los Parametros Urbanisticos y Edificatorios correspondientes al Sector del Distrito de MORDAZA de MORDAZA conformante del area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana; En uso de las facultades establecidas en el inciso 6) del Articulo 20º y Articulo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. DECRETA: Articulo 1º.- Modificaciones al Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios correspondiente al sector del Distrito de MORDAZA de MORDAZA conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 20-2011-MSS Modifiquese el articulo 2º; el primer parrafo y el literal a) del numeral 7.3.2 del articulo 7º; el numeral 9.10. del articulo 9º; el numeral 14.1 y el (2) del numeral 14.3 del articulo 14º; el literal b) del numeral 15.1 del articulo 15º; el MORDAZA parrafo del numeral 17.6. del articulo 17°; el primer parrafo y el numeral 18.1. del articulo 18°; el primer parrafo y numeral 19.3 del articulo 19º; el numeral 22.2. del articulo 22°; el literal e) del inciso b.2. del literal b) del numeral 23.5 del articulo 23° y el numeral 29.1 del articulo 29° del Reglamento de Parametros Urbanisticos y Edificatorios correspondiente al sector del Distrito de MORDAZA de MORDAZA conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 20-2011MSS y modificado por Decretos de Alcaldia Nros. 023-2011MSS y 03-2012-MSS, en los terminos siguientes: "Articulo 2º.- AMBITO DE APLICACION El presente Reglamento, se aplicara al Sector del Distrito de MORDAZA de MORDAZA conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana. (Ver Plano Nº PEU 01-2012-MSS)." "Articulo 7º.- ALTURA DE EDIFICACION (...) 7.3.2. Zonas Residenciales de Densidad Media (RDM) Aquellos lotes zonificados como Residencial de Densidad Media (RDM) a excepcion de aquellos ubicados en vias de acceso unico, o con pendiente pronunciada y/o moderada, o, con caracteristicas similares senaladas en el inciso 7.2. y el articulo 19º del presente reglamento-, con una altura MORDAZA de edificacion de: a) Cuatro (4) pisos, podran desarrollar hasta Cinco (5) pisos en lotes que se ubiquen frente a MORDAZA (cualquiera de los lados del lote) y/o frente a via con mas de 22.00 m. de seccion existente con Habilitacion MORDAZA Aprobada. (...)" "Articulo 9º.- RETIROS MUNICIPALES (...) 9.10. En las zonas habilitadas para Comercio Vecinal (incluye las zonas que se iniciaron como comercio local) segun la habilitacion MORDAZA original, que no figuran como tales en el Plano de zonificacion vigente, pero cuentan con seccion vial comercial (estacionamiento perpendicular al frente con 5.00 m. o mas de seccion y Vereda de 2.40 m. o mas) no se exige retiro frontal. (...)" "Articulo 14º.- Zonificaciones RDB, RDM Y RDA 14.1. Usos Permitidos.14.1.1. Residencial de Densidad Baja (RDB): Unifamiliar, Multifamiliar (Max. 02 Unidades de Vivienda), regulado por los parametros de la presente norma.

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