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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (08/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de febrero de 2013 487713 Demolición, el cual consta de siete (7) Títulos, dieciséis (16) Capítulos, setenta y siete (77) artículos, cuatro (4) Disposiciones Complementarias Finales, una (1) Disposición Complementaria Transitoria y siete (7) Anexos, los que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante Resolución Ministerial, previa opinión del Ministerio del Ambiente, aprobará las normas complementarias para la mejor aplicación e implementación del Reglamento aprobado por el presente dispositivo. Segunda.- El Reglamento que aprueba el presente Decreto Supremo, entrará en vigencia a los ciento ochenta (180) días calendarios, contados a partir de la publicación del referido dispositivo en el Diario Ofi cial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de febrero del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN Y MANEJO DE LOS RESIDUOS DE LAS ACTIVIDADES DE LA CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN ÍNDICE TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objetivo Artículo 2.- Mención a referencias Artículo 3.- Ámbito de aplicación Artículo 4.- Principios de la gestión Artículo 5.- Autoridad competente TÍTULO II RESIDUOS SÓLIDOS DE LA CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN Artículo 6.- Defi nición de residuos Artículo 7.- Clasifi cación de los residuos TÍTULO III MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DE LA CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN Capítulo I Aspectos Generales Artículo 8.- Manejo de residuos Artículo 9.- Manejo de residuos generados en situación de desastre natural, antrópico y emergencia ambiental Capítulo II Instrumentos de Gestión Ambiental y Declaración de Manejo de los residuos de las actividades de construcción y demolición Artículo 10.- Infraestructuras para el manejo de residuos Artículo 11.- Instrumentos de gestión ambiental Artículo 12.- Plan de Manejo de Residuos Sólidos Artículo 13.- Contenido del Plan de Manejo de Residuos Artículo 14.- Declaración Anual del Manejo de Residuos Artículo 15.- Prestadores de servicio Artículo 16.- Calidad del servicio Capítulo III Almacenamiento y Prohibición de Abandono de residuos de las actividades de la construcción y demolición Artículo 17.- Almacenamiento por parte del generador Artículo 18.- Plazo de almacenamiento de residuos de obras Artículo 19.- Prohibición de abandono de residuos en lugares no autorizados Artículo 20.- Almacenamiento de residuos de obras menores domiciliarias o de infraestructura Capítulo IV Recojo de residuos sólidos de la construcción y demolición Artículo 21.- Servicio de recojo de residuos Artículo 22.- Ubicación de contenedores y vehículos Capítulo V Reaprovechamiento y comercialización de residuos sólidos de la construcción y demolición Artículo 23.- Objetivo del reaprovechamiento de residuos Artículo 24.- Acciones para el reaprovechamiento de residuos Artículo 25.- Segregación de residuos Artículo 26.- Comercialización de residuos Artículo 27.- Reciclaje de los residuos Artículo 28.- Reciclaje de concreto de demolición Artículo 29.- Reciclaje de materiales de demolición no clasifi cados Capítulo VI Transporte de residuos sólidos de la construcción y demolición Artículo 30.- Características generales de los vehículos de transporte Artículo 31.- Transporte de residuos Artículo 32.- Autorizaciones para transportar residuos peligrosos Capítulo VII Recuperación de áreas vulneradas Artículo 33.- Restauración de áreas vulneradas Artículo 34.- Impactos ambientales Capítulo VIII Obligaciones y responsabilidades Artículo 35.- Obligaciones del generador Artículo 36.- Obligaciones del servicio de transporte Artículo 37.- Obligaciones del operador de la EPS-RS que maneja la escombrera Artículo 38.- Obligaciones institucionales TÍTULO IV DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS DE LAS ACTIVIDADES DE LA CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN Artículo 39.- Infraestructura para la disposición fi nal de residuos Artículo 40.- Zonifi cación para la disposición fi nal y ubicación de áreas para escombreras Artículo 41.- Requisitos y restricciones para ubicar una escombrera Artículo 42.- Diseño y construcción de la escombrera Artículo 43.- Plan operativo de los residuos en la escombrera Artículo 44.- Proyectos de infraestructura Artículo 45.- Plan de cierre de infraestructura Artículo 46.- Recuperación y uso de áreas utilizadas como escombreras Artículo 47.- Clausura de una escombrera Artículo 48.- Disposición fi nal de residuos no reaprovechables