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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de febrero de 2013 487715 7. “Unidad Ambiental de VIVIENDA”, se entenderá que está referida a la Ofi cina del Medio Ambiente de VIVIENDA o quien haga sus veces. 8. “EPS-RS”, se entenderá que está referida a la Empresa Prestadora de Servicios de Residuos Sólidos. 9. “EC-RS”, se entenderá que está referida a la Empresa Comercializadora de Residuos Sólidos. Artículo 3.- Ámbito de aplicación El presente Reglamento es de aplicación a las actividades o procesos relativos a la gestión y manejo de residuos de la construcción y demolición, siendo de cumplimiento obligatorio para toda persona natural o jurídica, pública o privada, dentro del territorio nacional. Podrán exceptuarse de las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, las pequeñas ciudades y centros poblados menores, de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 de la Ley General de Residuos Sólidos. Artículo 4.- Principios de la gestión La gestión de los residuos sólidos de construcción y demolición se sustentan en los principios establecidos en la Ley General del Ambiente y los lineamientos establecidos en la Ley General de Residuos Sólidos. Artículo 5.- Autoridad competente VIVIENDA, en concordancia con la Ley General de Residuos Sólidos, es competente para normar, evaluar, supervisar, fi scalizar y sancionar la gestión y el manejo de los residuos sólidos de construcción y demolición, sin perjuicio de las competencias y funciones ejercidas por otras instituciones. TÍTULO II RESIDUOS SÓLIDOS DE LA CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN Artículo 6.- Defi nición de residuos Se consideran residuos sólidos de la construcción y demolición a aquellos que cumpliendo la defi nición de residuo sólido dada en la Ley General de Residuos Sólidos, son generados en las actividades y procesos de construcción, rehabilitación, restauración, remodelación y demolición de edifi caciones e infraestructura. Artículo 7.- Clasifi cación de los residuos Para efectos de la aplicación del presente Reglamento se considera la siguiente clasifi cación de residuos sólidos de la construcción y demolición: 1. Residuos peligrosos, ver Anexo 3. 2. Residuos no peligrosos (reutilizables, reciclables, aprovechables), ver Anexo 4. TÍTULO III MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DE LA CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN Capítulo I Aspectos generales Artículo 8.- Manejo de residuos El manejo de los residuos deberá ser desarrollado de manera selectiva, sanitaria y ambientalmente óptima, teniendo en cuenta la clasifi cación y el destino de los mismos y los lineamientos de política establecidos en la Ley General de Residuos Sólidos, con la fi nalidad de prevenir riesgos sanitarios, proteger y promover la calidad ambiental, la salud y el bienestar de la persona humana. Artículo 9.- Manejo de residuos generados en situación de desastre natural, antrópico y emergencia ambiental La identifi cación de áreas de emergencia para la ocupación de los escombros, se debe trabajar de acuerdo a criterios de seguridad establecidos por el Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI y en coordinación con el gobierno local, provincial y/o distrital. Capítulo II Instrumentos de Gestión Ambiental y Declaración de Manejo de los residuos de las actividades de la construcción y demolición Artículo 10.- Infraestructuras para el manejo de residuos Son considerados infraestructuras de residuos: 1. Almacenes de residuos o zonas de almacenamiento. 2. Plantas de tratamiento, reaprovechamiento, segregación o reciclaje. 3. Escombreras para disposición fi nal. 4. Rellenos de seguridad para residuos peligrosos. 5. Áreas potenciales para ubicación de escombreras en caso de desastres. Artículo 11.- Instrumentos de gestión ambiental Los estudios ambientales u otros instrumentos de gestión ambiental de proyectos de inversión vinculados a actividades de construcción y demolición, deben considerar medidas para prevenir, controlar, mitigar y eventualmente reparar los impactos negativos ocasionados por los residuos de la construcción y demolición en la salud y el ambiente. El Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el marco de la Ley General de Residuos Sólidos será concordante con las disposiciones contenidas en el estudio ambiental y la normativa vigente sobre la materia. Artículo 12.- Plan de Manejo de Residuos Sólidos 12.1 En concordancia con la Ley General de Residuos Sólidos, los generadores de residuos cuyos proyectos estén comprendidos en el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental-SEIA, formularán un Plan de Manejo de Residuos Sólidos que incluirá los procedimientos técnicos y administrativos necesarios para lograr una adecuada gestión de los residuos, tal como se indica en el Anexo 5, indicando las características y sistema de monitoreo de los residuos que se generarán en mayor volumen. 12.2 El Plan de Manejo de Residuos Sólidos será concordante con lo establecido para este fi n en el Plan de Manejo Ambiental del estudio ambiental correspondiente. 12.3 El Plan de Manejo de Residuos Sólidos será presentado en formato digital a la Unidad Ambiental de VIVIENDA, quien a su vez remitirá dicha información al Ministerio del Ambiente - MINAM. Una copia será remitida por el generador al gobierno local correspondiente, quien podrá requerir en el proceso de control urbano, la aplicación de este plan. 12.4 Los generadores de residuos sólidos correspondientes a la ejecución de obras menores o que no estén comprendidas en el SEIA, considerarán en la ejecución de sus proyectos el desarrollo de buenas prácticas ambientales. Para tal fi n, la Unidad Ambiental de VIVIENDA formulará las guías y documentos que faciliten su aplicación e identifi cación. Artículo 13.- Contenido del Plan de Manejo de Residuos El Plan de Manejo de Residuos Sólidos debe considerar, adicionalmente al Anexo 5, lo siguiente: 1. Estar fi rmado por el profesional responsable de la obra, colegiado y habilitado. 2. Diseñar actividades de educación ambiental y comunicación social para la población haciendo uso de los diversos medios de comunicación. 3. Caracterizar los residuos y estimar los volúmenes. 4. Determinar medidas alternativas para minimización de residuos. 5. Determinar procedimientos internos de recojo, segregación, almacenamiento, reciclaje y traslado de residuos. 6. Defi nir los equipos, rutas, calendarios que deberán emplearse para el manejo interno de los residuos. Determinar un programa de capacitación para el personal que labora en las áreas de generación de residuos. 7. Determinar un Plan de Contingencia. 8. Elaborar un sistema de registro de residuos considerando cantidad, peso, volumen, identifi cación u