Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2013 (23/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de febrero de 2013

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Modifican formato del Acta de Supervision de Control Metrologico contenido en el Anexo 3 de las Res. Nº 400-2006-OS/CD
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 085 MORDAZA, 19 de febrero de 2013 VISTO: El Memorando N° GFHL-DPD-407-2013 presentado por la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 400-2006-OS/CD y sus modificatorias, se aprobo el Procedimiento para el Control Metrologico en Grifos y Estaciones de Servicio y para el Control de Calidad de los Combustibles Liquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, asi como el formato del Acta de Supervision de Control Metrologico; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 692-2007-OS/CD se dispuso autorizar a la Gerencia General de OSINERGMIN a dictar las disposiciones tecnicas operativas y medidas complementarias que se requieran para el mencionado Procedimiento; Que, de acuerdo al articulo 1A de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 642-2007-OS/CD y sus modificatorias, se otorgaron facultades a las Oficinas Macro Regionales de OSINERGMIN ubicadas en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Cuzco, para el inicio, tramitacion y resolucion en primera instancia de los procedimientos administrativos sancionadores seguidos por materias especificas a determinados agentes cuyos establecimientos se encuentren ubicados dentro de su alcance geografico; Que, en efecto, dentro de las materias especificas para ejercer las facultades sancionadoras a cargo de las Oficinas Macro Regionales, se contemplan las infracciones derivadas del incumplimiento de las normas de control metrologico de combustibles liquidos por parte de los Grifos y Estaciones de Servicio ubicados dentro de su alcance geografico; Que, en ese sentido, mediante Resolucion de Gerencia General N° 323-2012-OS/GG, se modifico el formato del Acta de Supervision de Control Metrologico, estableciendose que la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos o las Oficinas Macro Regionales de OSINERGMIN daran inicio al procedimiento administrativo sancionador por el incumplimiento de las normas de control metrologico de combustibles liquidos, de acuerdo a sus competencias; Que, por su parte, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 271-2012-OS/CD, se aprobo la Tipificacion y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos contenida en la Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN; la misma que ordena y sistematiza de manera integral el universo de hechos u omisiones sancionables por parte de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos, respaldando las funciones de supervision y fiscalizacion de OSINERGMIN y sobretodo asegurando el cumplimiento de las obligaciones tecnicas y de seguridad en las actividades de hidrocarburos, contenida en la normatividad vigente;

Que, asi tambien, a traves de la Resolucion de Consejo Directivo N° 272-2012-OS/CD se aprobo el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador de OSINERGMIN; el mismo que incorpora disposiciones complementarias que regulan la tramitacion del procedimiento sancionador y perfeccionan el MORDAZA reglamentario de la potestad sancionadora de OSINERGMIN. Que, atendiendo a las variaciones mencionadas, corresponde modificar el formato del Acta de Supervision de Control Metrologico, respecto al incumplimiento de las normas metrologicas en Establecimientos de venta de combustibles; a fin de adecuar el mismo, a las nuevas disposiciones mencionadas en los parrafos precedentes; Con la opinion favorable de la Gerencia Legal y la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el formato del Acta de Supervision de Control Metrologico contenido en el Anexo 3 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 400-2006-OS/ CD y sus modificatorias; y que en calidad de anexo, forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion Articulo 3º.- Autorizar la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, y con su anexo en el MORDAZA electronico de OSINERGMIN (www. osinergmin.gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). MORDAZA MORDAZA JACOME Gerente General (e) OSINERGMIN 904151-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Resuelven desestimar las solicitudes de suspension de efectos de la Resolucion N° 190-2012-CD/OSIPTEL
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 013-2013-CD/OSIPTEL MORDAZA, 14 de febrero de 2013. : Nº 00001-2012-CD-GPRC/RT : SOLICITUDES DE SUSPENSION DE EFECTOS DE LA RESOLUCION DE DE CONSEJO DIRECTIVO N° 190-2012-CD/OSIPTEL. ADMINISTRADO : Telefonica del Peru S.A.A. / Telefonica Moviles S.A./ Telefonica Multimedia S.A.C. / Telefonica Internacional Wholesale Services Peru S.A.C. VISTOS: (i) Las solicitudes presentadas por las empresas Telefonica del Peru S.A.A. (en adelante, TELEFONICA), Telefonica Moviles S.A. (en adelante, TELEFONICA MOVILES), Telefonica Multimedia S.A.C. (en adelante, TELEFONICA MULTIMEDIA) y Telefonica Internacional Wholesale Services Peru S.A.C. (en adelante, TELEFONICA WHOLESALE) mediante escritos de fecha 16 de enero de 2013, a traves de los cuales solicitan la suspension de los efectos de la Resolucion de Consejo Directivo N° 190-2012-CD/OSIPTEL; y, (ii) El Informe N° 069-GPRC/2013 de la Gerencia de Politicas Regulatorias y Competencia, presentado por la Gerencia General, por el cual se recomienda desestimar las solicitudes de suspension de los efectos de la Resolucion EXPEDIENTE MATERIA

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