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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2013 (13/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 137

El Peruano Sábado 13 de julio de 2013 499335 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 404/MM Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 404/MM, publicada en la edición del día 12 de julio de 2013. DICE: “ORDENANZA Nº 404/MM Mirafl ores, 9 de julio de 201” (...) DEBE DECIR: “ORDENANZA Nº 404/MM Mirafl ores, 9 de julio de 2013” (...) 962009-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Fijan pago único por concepto de Constancia de Posesión, por un plazo de 90 días calendario ORDENANZA Nº 255-MDSJM San Juan de Mirafl ores 25 de junio de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo de fecha 25 de junio de 2013, la Solicitud del AA.HH Monseñor Pedro Laos Hurtado de fecha 29 de noviembre del 2012, Informe Nº 1908-2012-JRRJ-SGOPCGT-GDU-MDSJM de fecha 10 de diciembre del 2012 , Informe Nº 581-2012- SGOPCGT-MDSJM de fecha 10 de diciembre del 2012 de la Sub Gerencia de Obras Privadas, Catastro y Gestión de Territorio, Informe Nº 431-2013-GAJ-MDSJM de fecha 17 de junio del 2013 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre exoneración de pago por Constancia de Posesión; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, y a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; las Municipalidades Provinciales y Distritales, son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales representan al vecindario y promueven el desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972 establece que las Municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales, y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; otorgándole entre otros aspectos, competencias específi cas y compartidas. Que, mediante Solicitud s/n de fecha 29 de noviembre del 2012, el Secretario General Adrian Sinche Colca del AA.HH Pedro Laos Hurtado del Distrito de San Juan de Mirafl ores, solicitan la Exoneración de Pago de Constancia de Posesión. Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 establece que: “Mediante Ordenanza se crean, modifi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, decretos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley”. Que, mediante Informe Nº 431-2013-GAJ-MDSJM de fecha 17 de junio del 2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que mediante Ordenanza se exonere el Decreto de Pago de trámite para la obtención de la Constancia de Posesión del Asentamiento Humano Pedro Laos Hurtado. Que, estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Artículo 9. Numeral 8) Artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por MAYORÍA la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- FIJAR como pago único la suma de S/. 30.00 nuevos soles, por concepto de Constancia de Posesión, por un plazo de 90 días calendarios para el distrito de San Juan de Mirafl ores. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 961485-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 442-MSS que suspendió la recepción de solicitudes de aprobación de anteproyectos en consulta, licencias de edificación y otros DECRETO DE ALCALDÍA Nº 10-2013-MSS Santiago de Surco, 10 de julio del 2013 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: Los Informes Nºs. 189 y 194-2013-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 267-2013- SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el Memorándum Nº 319-2013-GTSV- MSS de la Gerencia de Tránsito y Seguridad Vial, el Informe Nº 151-2013-SGGRD-GSCGRD-MSS de la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, el Informe Nº 504- 2013-SGLAU-GDU-MSS de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas, el Informe Nº 085-2013-SGITSDC- GDU-MSS de la Subgerencia de Inspecciones Técnicas de Seguridad Vial en Defensa Civil y el Informe Nº 459-2013- GAJ–MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los cuales proponen prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 442-MSS; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia;