Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2013 (13/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 123

El Peruano Sabado 13 de MORDAZA de 2013

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con el Ejecutivo Regional deberan actualizar, disenar, implementar y ejecutar planes y mecanismos de vigilancia permanente para el monitoreo y resguardo de la intangibilidad posesoria de las areas del Proyecto y en cumplimiento de las disposiciones de la presente ordenanza. Defensa Posesoria Extrajudicial.- En caso de trasgresion por parte de funcionarios, servidores publicos o terceros; el Proyecto Especial Majes MORDAZA ­ AUTODEMA y el Ejecutivo Regional, deberan restablecer en forma inmediata y por vias de hecho eficientes, la intangibilidad posesoria de las areas del Proyecto, debiendo repeler los actos o acciones materiales de posesion y/u ocupacion hasta la recuperacion integral de las areas. Articulo 8º.- Responsabilidad Administrativa de funcionarios y servidores ESTABLECER como falta grave el incumplimiento de las disposiciones de la presente Ordenanza Regional, el cual sera causal de responsabilidad administrativa en los funcionarios o servidores que de forma dolosa o negligente no la observen o no la apliquen. Articulo 9º.- Vigencia y Ambito de Aplicacion de la MORDAZA La presente ordenanza regional sera de obligatorio cumplimiento en el ambito de la Region MORDAZA desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 10º.- Publicacion de la MORDAZA DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Oficial "El Peruano", como en el Diario de Avisos Judiciales "La Republica"; en ese sentido, se encarga a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Oficial, inmediatamente, esta se publique en la pagina web institucional, de conformidad con lo regulado en el articulo 9 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. La tramitacion de la publicacion sera a cargo de la Secretaria del Consejo Regional, mientras que el costo que esta irrogue sera cubierto por el Organo Ejecutivo Regional. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- DEROGUESE la Ordenanza Regional N° 48AREQUIPA y la Ordenanza Regional N° 105-AREQUIPA y toda MORDAZA regional que se oponga a la presente. Segunda.- ENCARGUESE al Organo Ejecutivo Regional en coordinacion con AUTODEMA la difusion de los componentes, caracteristicas, naturaleza, finalidad del Proyecto Majes-Siguas II Etapa, a traves de comunicacion televisiva, radial y escrita, ademas del MORDAZA Electronico del Gobierno Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los tres dias del mes de MORDAZA del 2013. MORDAZA CARCAMO MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los ocho dias del mes de MORDAZA del dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 960853-2

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Constituyen el Consejo Regional de Productos Organicos de MORDAZA COREPO MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2013-GR.LAMB/CR Chiclayo, 24 de junio de 2013 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional en su Sesion Ordinaria de fecha 12 de junio de 2013, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, nuestra Region MORDAZA tiene un buen porcentaje de su Poblacion Economicamente Activa PEA dedicada a las actividades agropecuarias, una de las principales actividades economicas de nuestra region es la agricultura, la misma que constituye, ademas, una de las actividades ancestrales en MORDAZA, lamentablemente existe una gran escasez de agua y tierras apropiadas, identificandose como uno de los principales problemas la salinizacion de las tierras agricolas debido al uso indiscriminado de fertilizantes sinteticos, plaguicidas, herbicidas, abonos foliares y otros productos quimicos, situacion que tiene una repercusion directa en la salud de la poblacion consumidora en el mediano y largo plazo. Que, MORDAZA las condiciones climaticas y ecosistemicas nuestra Region puede implementar un proyecto alternativo a esta agricultura de efectos agresivos a la naturaleza, esta se denomina agricultura organica, desechando el uso de sustancias quimicas artificiales, cuidando de no contaminar el MORDAZA desde la seleccion de la propia semilla, los almacigos, el trasplante, el abono, la cosecha, almacenamiento, hasta el traslado y comercializacion en los mercados regionales y nacionales. Que, el Articulo 191º de nuestra Constitucion Politica, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Nº 29196, Ley de Promocion de la Produccion Organica o Ecologica, en su Articulo 1° establece: "La presente Ley tiene por finalidad promover el desarrollo sostenible y competitivo de la produccion organica o ecologica en el Peru", estableciendo, en su Articulo 2° los siguientes objetivos: a. Fomentar y promover la produccion organica para contribuir con la superacion de la pobreza, la seguridad alimentaria y la conservacion de los ecosistemas y de la diversidad biologica. b. Desarrollar e impulsar la produccion organica como una de las alternativas de desarrollo economico y social del MORDAZA, coadyuvando a la mejora de la calidad de MORDAZA de los productores y consumidores y a la superacion de la pobreza. c. Definir las funciones y competencias de las instituciones encargadas de la promocion y fiscalizacion de la produccion organica. d. Fortalecer el sistema Nacional de Fiscalizacion y Control de la Produccion Organica para garantizar la condicion de los productos organicos en el MORDAZA interno y externo. Que, el Articulo 5º de la Ley Nº 29196 establece que el ente rector en produccion organica es el Ministerio de Agricultura, direccion que ejerce esta rectoria a traves

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