Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2013 (13/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 125

El Peruano Sabado 13 de MORDAZA de 2013

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Gerencia Regional de Salud, un (01) representante de la Gerencia Regional de Educacion, un (01) representante de los gobiernos locales, un (01) representante de las universidades, un (01) representante de las organizaciones sin fines de lucro y un (0l)representante de las comunidades campesinas. Articulo Segundo.- DISPONGASE que la vigencia de la representacion de los miembros acreditados es de dos (02) anos. Articulo Tercero.- RECONOCER la Junta Directiva del COREPO MORDAZA, la que queda conformada de la siguiente manera: : Representante de la Asociacion Regional de Productores Ecologicos de MORDAZA ARPEL. SECRETARIO TECNICO : Representante de la Gerencia Regional de Agricultura de Lambayeque. VOCALES : · Representante de las Empresas Comercializadoras de Productos Organicos: PRONATUR. · Representante de Organizaciones Sin Fines de Lucro : ONG Fundacion para el Desarrollo de la Region Nor Oriental - FUNDENOR. · Representante de Empresas de Transformacion de Productos Organicos: INDUSTRIAS MARTICORENA. · Representante de Gobiernos Locales: Municipalidad Provincial de Ferrenafe. Articulo Cuarto.- DEJESE sin efecto la Ordenanza Regional Nº 002-2007-GR-LAMB/CR, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente ordenanza regional. Articulo Quinto: DISPONER que el COREPO MORDAZA, en un plazo que no exceda los treinta (30) dias calendarios, formule su reglamento interno, el mismo que debera ser reconocido a traves de la resolucion regional correspondiente. Articulo Sexto.- DISPONGASE la publicacion de la presente ordenanza regional en el Diario Oficial El Peruano y el diario encargado de los avisos judiciales de la region, asi como su difusion en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de Lambayeque. Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado en Chiclayo, a los diecinueve dias del mes de junio del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA ENEQUE SORALUZ Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de Junio del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 960917-1 PRESIDENTE

GOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Aprueban Reglamento de Fraccionamiento de Deudas No Tributarias Derivadas de Procedimientos Sancionadores instaurados por el Gobierno Regional Pasco
ORDENANZA REGIONAL Nº 332-2013-G.R.PASCO/CR Cerro de Pasco, 14 de junio de 2013. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco, en Sesion ordinaria de fecha doce de junio del dos mil trece. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, el articulo 192º senala que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales de desarrollo; Que, la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, declara al Estado Peruano en MORDAZA de Modernizacion en sus diferentes Instancias, Dependencias, Entidades, Organizaciones y Procedimientos, con la finalidad de mejorar la Gestion Publica y construir un Estado Democratico, Descentralizado y al Servicio del Ciudadano; Que, la Ley Nº 26979 ­ Ley de Procedimientos de Ejecucion Coactiva y su Texto Unico Ordenado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 048-2008-JUS, copila el MORDAZA legal de los actos de ejecucion coactiva de las obligaciones no tributarias que ejercen los Gobiernos Regionales, entre otras entidades de la administracion publica nacional; Que, mediante ORDENANZA REGIONAL Nº 3112012-G.R.PASCO/CR, de fecha 30 MORDAZA del 2012, se ha modificado la Estructura Organica del Gobierno Regional de Pasco, donde se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones, que en su articulo 25º consta como parte estructural organica de la Gerencia General Regional a la Oficina de Ejecucion Coactiva que a nombre de la Entidad ejerce la titularidad del procedimiento de ejecucion coactiva, basado en ello ejerce, actua y agota los mecanismos de exigir coactivamente las obligaciones no tributarias provenientes de la relacion juridica de derecho publico ante el incumplimiento de las obligaciones de los administrados en forma normal y oportuna; Que, una de las formas de pago, conforme a lo previsto en el Codigo Civil Peruano, es la dacion en Pago, establecido en el articulo 1265º, que consiste en otorgar al acreedor una prestacion distinta de la debida; de este modo, la satisfaccion del interes del acreedor podra llevarse a cabo y de manera excepcional a traves del cumplimiento de una prestacion distinta a la debida por acuerdo de las partes, satisfaciendo la acreencia y liberando al deudor, senalandose ademas que, entre las exigencias para que esta figura juridica se configure, se encuentra no solo su obligacion preexistente, sino tambien el consentimiento del acreedor; Que, la Oficina de Ejecucion Coactiva ha advertido una considerable cantidad de multas administrativas (actos administrativos firmes, ejecutarios y exigibles) derivadas de procedimientos sancionadores cuyos titulares a

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