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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2013 (13/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 132

El Peruano Sábado 13 de julio de 2013 499330 LÍNEA DE ACCIÓN 03: MORAL Y ORDEN PÚBLICO 3.2 INFRACCIONES CONTRA EL PÚBLICO EN GENERAL Código Infracción Proceso previo Monto multa Medida complementaria 03-0201 Permitir que dentro y/o desde el establecimiento o inmueble se altere el orden público, se promuevan actitudes que atenten contra la moral, las buenas costumbres que afecten derechos de terceros o que perturben la tranquilidad de las personas o los vecinos. 4.00 Clausura por sesenta días. Clausura defi nitiva en caso de continuidad. LÍNEA DE ACCIÓN 05: SEGURIDAD Código Infracción Proceso previo Monto multa Medida complementaria 05-0103 Realizar actividad económica sin tener las condiciones técnicas y medidas de seguridad establecidas por la autoridad competente en un establecimiento, stand, módulo, puesto, galería, centro comercial, tiendas por departamentos o áreas comunes. 2.00 Clausura transitoria hasta que regularice la conducta infractora. En caso de continuidad, aplica la clausura defi nitiva. 05-0108 Carecer de certifi cado o de certifi cado vigente, expedido por Defensa Civil. 2.00 Clausura transitoria hasta que regularice la conducta infractora. En caso de continuidad aplica la clausura defi nitiva. Precísase que en el caso de la conducta tipifi cada con código 02-0119 “Permitir que en el establecimiento o inmueble se ejerza, promueva o favorezca la prostitución de otra persona y/o la trata de personas.”, la sanción también podrá imponerse con apoyo de los agentes del orden (PNP) y del representante de la Fiscalía de la Nación, considerando la constancia, parte policial o investigación de la Policía Nacional, materializada en cualquier instrumento, la que se podrá considerar como medio probatorio de la comisión de la infracción, a condición de que exista una verifi cación objetiva de la conducta infractora de parte de quien realiza la inspección y plena identifi cación del infractor(a). Artículo Tercero.- Incorporar en el “Anexo I: que establece la Tipifi cación y la Escala de Multas aplicables dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Metropolitana de Lima”, aprobado por la Ordenanza Nº 984-MML, las siguientes infracciones: Dentro de la Línea de Acción 01: COMERCIALIZACIÓN/ ACTIVIDAD ECONÓMICA: LÍNEA DE ACCIÓN 01: COMERCIALIZACIÓN/ACTIVIDAD ECONÓMICA 1.1 LOCALES EN GENERAL (Comprende establecimiento, stand, módulo, puesto, galería, centro comercial, mercado, tienda por departamento , áreas comunes o cualquier otra locación o bien inmueble) Código Infracción Proceso previo Monto multa Medida complementaria 01-0120 Ejercer comercio o actividad económica, onerosa o gratuita, no autorizada o incumpliendo lo autorizado, en áreas comunes, zonas de seguridad o de tránsito dentro de los locales en general. 0.10 Retención Código Infracción Proceso previo Monto multa Medida complementaria 01-0121 Permitir el ejercicio del comercio o actividad económica, onerosa o gratuita, no autorizada, en áreas comunes, zonas de seguridad o de tránsito dentro los locales en general. 0.10 Retención LÍNEA DE ACCIÓN 01: COMERCIALIZACIÓN/ACTIVIDAD ECONÓMICA 1.2 COMERCIO O ACTIVIDAD ECONÓMICA EN ESPACIOS PÚBLICOS Código Infracción Proceso previo Monto multa Medida complementaria 01-0209 No exhibir en lugar visible o de modo legible, la autorización para ejercer comercio o actividad económica en espacios públicos. Subsanable 0.05 Retención 01-0210 Ejercer el comercio o actividad económica, onerosa o gratuita, en espacios públicos sin autorización o incumpliendo lo autorizado, dentro del Centro Histórico de Lima. 0.20 Retención 01-0211 Laborar fuera del horario autorizado. 0.05 Retención 01-0212 Por utilizar la autorización municipal, personas distintas al titular. 0.50 Retención 01-0213 Faltar el respeto a la autoridad municipal o al público. 0.50 01-0214 Encontrarse a menores de edad laborando en el módulo autorizado. 0.50 01-0215 Adulterar o generar borrones a los documentos municipales. 0.50 01-0216 Ausentarse por más de tres días consecutivos o alternados. Descargo 0.05 01-0217 Instalar paraguas y/o sombrillas adosadas al módulo autorizado 0.05 Retención 01-0218 Por desarrollar actividades comerciales en módulos no autorizados o antirreglamentario 0.05 Retención 01-0219 Ejercer el comercio ambulatorio en vías metropolitanas. 0.05 Retención 01-0220 Por no guardar el módulo autorizado después de la jornada de trabajo. 0.05 Retención Dentro de la Línea de Acción 02: SALUD Y SALUBRIDAD LÍNEA DE ACCIÓN 02: SALUD Y SALUBRIDAD 2.1 SALUD E HIGIENE Código Infracción Proceso previo Monto multa Medida complementaria 02-0130 No exhibir el carné de salud permanentemente en el uniforme Subsanable 0.05