Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2013 (13/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 120

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aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de industria de la region, en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales, ii.-) Identificar las oportunidades de inversion y promover la iniciativa privada en proyectos de inversion, asimismo, es competencia constitucional y organica del Gobierno Regional administrar sus bienes y rentas, asi como crear mecanismos que garanticen tanto la promocion de la inversion privada como el cumplimiento de las normas y condiciones legales establecidas; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 048AREQUIPA, de fecha 24 de MORDAZA de 2008, en su articulo unico se aprobo: "la suspension de los procedimientos de iniciativas privadas de inversion, y tambien de exploracion y explotacion minera en el ambito del Proyecto Especial Majes MORDAZA ­ II, y, se establece el primer requisito de admisibilidad para postular en la subasta de las 48,000 hectareas sobre las que se desarrollaran modulos de gran agricultura orientados a la agro-exportacion; formando parte integrante del cuerpo normativo un instrumento normativo que consta de III Titulos, articulos y 3 disposiciones complementarias finales"; posteriormente, mediante Ordenanza Regional Nº 105-AREQUIPA de fecha 18 de febrero de 2010, se modifico en articulo unico de la Ordenanza Regional Nº 048-Arequipa, siendo el texto el siguiente: Aprobar la suspension de los procedimientos de iniciativas privadas de inversion en cualquiera de sus modalidades, y tambien, los de exploracion y explotacion minera en el ambito del Proyecto Especial Majes MORDAZA ­ II Etapa, y en el ambito de las tierras por incorporar en la MORDAZA de Majes y MORDAZA, en una extension total de 116,530 hectareas. Asimismo, establecer el primer requisito de admisibilidad para postular a la subasta de las 56,000 hectareas sobre las que se desarrollaran modulos de gran agricultura orientados a la agroexportacion; MORDAZA regional que consta de III Titulos, 9 articulos y 3 disposiciones complementarias finales; Que, como se desprende del parrafo precedente y del primer considerando de la Ordenanza Regional N° 105AREQUIPA, una de las finalidades es: suspender todo procedimiento de iniciativa privada de inversion hasta cuando la Autoridad Regional determine las formas y los procedimientos de adjudicacion en el ambito territorial del Proyecto Majes MORDAZA II; Que, mediante Dictamen de Comision N° 006-2012GRA/CR-CDECI de fecha 31 de MORDAZA de 2012, sobre aprobacion de la iniciativa privada denominada "Proyecto Hidroenergetico a Pie de Presa Condoroma", la Comision de Desarrollo Economico y Cooperacion Internacional, concluyo que: "(...) si bien no esta en el ambito geografico del PEMS II ETAPA, si esta en su ambito de influencia, por lo que al referirse la MORDAZA regional de manera general: "al ambito", debe entenderse como aplicable la Ordenanza al caso concreto; siendo que no debio ni debe continuarse el tramite de la iniciativa en tanto la citada MORDAZA regional mantenga su vigencia. (...)"; consecuentemente, este analisis puso en agenda del Consejo Regional evaluar la posibilidad de modificar la Ordenanza Regional N° 105-AREQUIPA; por lo tanto, mediante Acuerdo Regional Nº 118-2012-GRA/CRAREQUIPA, de fecha 07 de agosto de 2012, se acordo en su articulo tercero: Encargar a la Comision de Desarrollo Economico y Cooperacion Internacional del Consejo Regional, para que en merito a la iniciativa privada materia del acuerdo, evalue la posibilidad de modificar la Ordenanza Regional Nº 105-AREQUIPA conforme a la Primera Disposicion Complementaria Final de la citada MORDAZA regional, y de no proceder tal posibilidad elevar su evaluacion al Pleno del Consejo Regional para su pronunciamiento sobre la procedencia de la iniciativa; Que, dentro de este contexto, con Oficio Nº 105-2012GRA/CR-CDECI, la Comision de Desarrollo Economico y Cooperacion Internacional, solicito a la Gerencia General de AUTODEMA informacion urgente relacionada con: ((a)) informacion detallada sobre las acciones que en aplicacion de la Ordenanza Regional Nº 105-Arequipa ha implementado, asi como senalar que iniciativas de inversion y/o proyectos han sido suspendidos, prohibidos o cancelados, ((b)) informe tecnico-legal en que se sustente la necesidad de mantener la vigencia de la MORDAZA, tomando en cuenta la situacion actual del proyecto y la concesion otorgada, ((c)) emitir opinion fundamentada respecto a la

El Peruano Sabado 13 de MORDAZA de 2013

posibilidad de modificarla o derogarla, acompanando su correspondiente propuesta; Que, al respecto AUTODEMA hizo llegar al Consejo Regional el Informe Nº 155-2012-GRA/PEMS-GDPMSIIE, el cual informa que en atencion a la situacion actual del proyecto y la concesion otorgada, es necesario perfeccionar el MORDAZA normativo que permita tutelar la efectividad e intangibilidad del referido proyecto, por lo que sugiere ampliar el area precisada en el articulo 2º de la Ordenanza Regional Nº 105-AREQUIPA, materia de evaluacion, hasta 232,193.02 hectareas, de acuerdo al siguiente esquema de componentes propuesto por AUTODEMA:
AREA BRUTA (Ha) TOTAL (Ha)

COMPONENTE 1. Construccion De Obras De Afianzamiento Represa De Angostura, Derivacion Y Obras Conexas Represa de Condoroma Bocatoma de Tuti Aduccion Tuti ­ Tunel Terminal Bocatoma de Lluclla (1) Aduccion Lluclla ­ Siguas(1) Sistema de distribucion MORDAZA de MORDAZA Promocion de Inversiones Pampas de MORDAZA Promocion Inversiones Pampas de Majes Seccion F Seccion MORDAZA baja Seccion Z (OR 059 y 149-AREQUIPA) Corredor de Energias Renovables y de Amortiguacion Centrales Hidroelectricas Trazo proyectado Area de proteccion (posible solo exploracion Minera TOTAL

PARTIDA

Pendiente(3) 04024096 11153109 Pendiente(3) 04002051(2) 04002051(2) 04002051(2) Varias 04023946 04002650 04002051(2) 04002051(2)

5,000.00 3,335.71 18.34 500.00

8,854.05

2.
3.

89,000.00 89,000.00 14,294.33 4,496.31 3,533.71 49,153.07 26,828.72

4.

04002051(2) 04002051(2)

9,512.67 85,185.90 75,673.23 232,193.02

Que, la propuesta presentada por AUTODEMA no solo dista o difiere con el MORDAZA del acuerdo del consejo regional, que aducia la posibilidad de modificar la Ordenanza Regional Nº 105-AREQUIPA, en el sentido que se pueda habilitar terrenos disponibles con la finalidad de permitir la promocion de la inversion privada, como el "Proyecto Hidroenergetico a Pie de Presa Condoroma" y otras iniciativas privadas de envergadura; asimismo tambien, la actividad de exploracion y explotacion minera compatibles con los componentes del PEMS II Etapa; por lo que, se convoco a una mesa de trabajo a AUTODEMA para la respectiva sustentacion de su propuesta, y, se solicito a la Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo, y, a la Gerencia de Energia y Minas; informar sobre las solicitudes de iniciativas privadas y concesiones mineras desaprobadas o paralizadas como consecuencia de la Ordenanza Regional N° 105-AREQUIPA; remitiendonos respectivamente el Oficio N° 103-2013-GRA/OPIP y Oficio N° 824-2013-GRA/GREM; Que, por otro lado, mediante Resolucion Ejecutiva Regional N° 790-2012-GRA/PR de fecha 17 de octubre del ano 2011, se resuelve constituir una Comision Especial para que en el plazo de 30 dias utiles, emita sus conclusiones en relacion a la peticion de tierras por parte de la Asociacion Agroindustrial "Pampas Bayas", la misma que estuvo conformada por el Gerente Regional de Agricultura, quien la presidira, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoria Juridica y Jefe de la Oficina de Ordenamiento Territorial, del Gobierno Regional de MORDAZA, asimismo por parte de la Asociacion Agroindustrial "Pampas Bayas", la integro los senores MORDAZA MORDAZA Mayca MORDAZA y el Ing. MORDAZA MORDAZA Adriazola. En merito a lo dispuesto en la Resolucion Ejecutiva Regional N° 790-2012-GRA/PR, se elaboro el Informe s/n de fecha 03 de MORDAZA del ano 2012, en la cual se recomienda modificar la Ordenanza Regional N° 105-AREQUIPA, para que el Proyecto Agroindustrial "Pampas Bayas" sea viable y sujeto de inversion privada en su infraestructura agraria; Que, de toda la documentacion presentada tanto por AUTODEMA como por la Gerencia de Comercio Exterior y Turismo, y Energia y minas, se observa y/o precisa el siguiente analisis realizado por la comision:

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