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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2013 (13/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 133

El Peruano Sábado 13 de julio de 2013 499331 Código Infracción Proceso previo Monto multa Medida complementaria 02-0131 Por no conservar la higiene del uniforme de trabajo o usarlo en estado de deterioro Subsanable 0.05 02-0132 Utilizar bienes en condiciones insalubres, antihigiénicas o que puedan afectar la salud de las personas y que sirven para la comercialización, elaboración, preparación, a l m a c e n a m i e n t o , manipulación y/o entrega de productos para consumo o uso humano. 1.00 Decomiso Dentro de la Línea de Acción 03: MORAL Y ORDEN PÚBLICO: LÍNEA DE ACCIÓN 03: MORAL Y ORDEN PÚBLICO 3.2 INFRACCIONES CONTRA EL PÚBLICO EN GENERAL Código Infracción Proceso previo Monto multa Medida complementaria 03-0212 Ejercer la prostitución en la vía pública. 2.00 03-0213 Ofrecer en la vía pública la actividad de la prostitución. 2.00 03-0214 El que solicita en la vía pública la actividad de la prostitución. 2.00 Precísase que la aplicación de las sanciones señaladas en los códigos 03-0212, 03-0213 y 03-0214, también se podrá efectuar con apoyo de los agentes del orden (PNP), considerando la constancia, parte policial o investigación de la Policía Nacional, materializada en cualquier instrumento, la que se podrá considerar como medio probatorio de la comisión de la infracción, a condición de que exista una verifi cación objetiva de la conducta infractora de parte de quien realiza la inspección y plena identifi cación del infractor(a). Artículo Cuarto.- Incorporar en el “Anexo I: que establece la Tipifi cación y la Escala de Multas aplicables dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Metropolitana de Lima”, aprobado por la Ordenanza Nº 984-MML, dentro de la Línea de Acción 03: Moral y Orden Público, el rubro 3.3 Infracciones contra el orden público, con las siguientes infracciones: LÍNEA DE ACCIÓN 03: MORAL Y ORDEN PÚBLICO 3.3 INFRACCIONES CONTRA EL ORDEN PÚBLICO Código Infracción Proceso previo Monto multa Medida complementaria 03-0301 Oponerse, resistir o impedir directa o indirectamente, la acción fi scalizadora, de investigación, inspección, ejecución de medidas provisorias, cautelares y/o de medidas complementarias, en el establecimiento, inmueble, vía pública o espacio público. 2.00 Clausura transitoria por treinta días, en caso de locales en general. Paralización por treinta días, en caso de obras. Retención de elementos o bienes utilizados, en caso de obras, cuando no proceda la paralización. Retención en caso de comercio ambulatorio. Código Infracción Proceso previo Monto multa Medida complementaria 03-0302 Obstaculizar, difi cultar y/o impedir, con un bien, el tránsito peatonal y/o vehicular en la vía pública. 0.05 Retención 03-0303 Obstaculizar, difi cultar y/o impedir, con un bien, el tránsito peatonal y/o vehicular en la vía pública en el Centro Histórico de Lima. 0.25 Retención 03-0304 Obstaculizar, difi cultar y/ o impedir, con un bien, el tránsito peatonal en las áreas comunes dentro de establecimientos c o m e r c i a l e s , galerías, centros comerciales, campos feriales, mercados, supermercados, tiendas por departamentos, grandes almacenes e inmuebles similares. 0.05 Retención 03-0305 Comercializar, realizar actividad económica o usar bienes prohibidos por normas legales. 1.00 Decomiso Artículo Quinto.- Derogar la infracción tipificada con código 01-0112 “Resistirse o impedir la inspección municipal del establecimiento comercial”, Línea de Acción 01: Comercialización, Rubro 1.1 Establecimientos en General, del “Anexo I: que establece la Tipificación y la Escala de Multas aplicables dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Metropolitana de Lima”, aprobado por la Ordenanza Nº 984-MML, dado que la misma queda sin efecto a partir de la incorporación de la infracción de código 03-0301, conforme al artículo anterior. Artículo Sexto.- Precisar que el cuadro de sanciones incorporado mediante Ordenanza Nº 1575 “Régimen de Prevención y Control de los Riesgos del Consumo de Tabaco”, al “Anexo I: que establece la Tipifi cación y la Escala de Multas aplicables dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Metropolitana de Lima”, no dejó sin efecto el cuadro de sanciones incorporado mediante Ordenanza Nº 1568-MML “Nuevo Régimen Municipal que regula la Comercialización, Consumo y Publicidad de Bebidas Alcohólicas (...)”. Artículo Sétimo.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior, corríjase el “Anexo I: que establece la Tipifi cación y la Escala de Multas aplicables dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Metropolitana de Lima”, aprobado por la Ordenanza Nº 984-MML, en lo concerniente a la Línea de Acción 02: Salud y Salubridad, conforme al siguiente cuadro: LÍNEA DE ACCIÓN 02: SALUD Y SALUBRIDAD 2.11 PREVENCIÓN Y CONTROL DE PRODUCTOS DE TABACO Código Infracción Procedimiento Previo Monto de la Multa Medida Complementaria 02-1101 Por permitir fumar en las áreas abiertas y cerradas de los establecimientos públicos o privados dedicados a la salud y a la educación y en las dependencias públicas, así como de los espacios públicos cerrados 1,00