Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2013 (19/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Viernes 19 de MORDAZA de 2013

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Ejecutivo del Poder Judicial, solo pueden ser reelegidos por una vez. Articulo Segundo.- La Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispondra la convocatoria respectiva, para el Setimo Periodo de Sesiones 2013-2015 de este Organo de Gobierno. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA y a la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Peru, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

Articulo Cuarto.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Distritos Judiciales del MORDAZA, Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Peru, Gerencia General del Poder Judicial y a la Oficina de Administracion de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

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Establecen que representantes de Jueces Superiores, Especializados y/o Mixtos Titulares, y de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Peru ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, solo pueden ser reelegidos por una vez
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 127-2013-CE-PJ
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Primero. Que el articulo 81° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial regula el acto electoral para la designacion del Juez Superior Titular y del Juez Especializado o Mixto Titular que integre el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, representando a sus correspondientes niveles de la MORDAZA judicial. Tratandose de la eleccion del representante de los Jueces Superiores Titulares, la Sala Plena de cada Corte Superior a nivel nacional elige un candidato, correspondiendo a los Presidentes de las Cortes Superiores elegir de entre todos los candidatos al integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. De igual modo, el pleno de los Jueces Especializados y Mixtos Titulares de cada Distrito Judicial elige de entre sus pares a un candidato, correspondiendo a los elegidos designar de entre ellos al integrante del referido organo de gobierno judicial. En ambos casos el periodo de representacion es de dos anos. Segundo. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en su condicion de organo de direccion de este Poder del Estado, mediante Resolucion Administrativa N° 10994-CE-PJ, de fecha 10 de noviembre de 1994, aprobo el Reglamento para la Eleccion del Juez Superior miembro del citado Colegiado, estableciendo criterios complementarios a los senalados en la referida ley y estatuyendo que podra ser reelecto por una sola vez. Tercero. Que, en ese contexto, teniendo en cuenta la vigencia de la Resolucion Administrativa N° 109-94-CE-PJ, de fecha 10 de noviembre de 1994, y a fin de establecer igualdad de derechos de los candidatos que participaran en las proximas elecciones de los representantes de los Jueces Superiores Titulares y Jueces Especializados y/o Mixtos Titulares ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, es pertinente adoptar las medidas respectivas con tal objeto. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 4712013 de la vigesimo setima sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA Postigo, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro MORDAZA, de conformidad con las atribuciones establecidas en el articulo 82º, inciso 27, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Establecer que los representantes de los Jueces Superiores Titulares, Jueces Especializados y/o Mixtos Titulares; asi como de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Peru ante el Consejo

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CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen disposiciones para la ejecucion del Plan Piloto del "Proyecto de Mejoramiento de los Sistemas Judiciales para el Comercio y la Economia (Proyecto Justicia)" y conforman Comision Distrital de Implementacion
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 709-2013-P-CSJLI/PJ
MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2013 VISTA: La Resolucion Administrativa Nº 034-2013-CE-PJ de fecha 13 de febrero de 2013 y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Administrativa de vista el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobo el "Proyecto de Mejoramiento de los Sistemas Judiciales para el Comercio y la Economia (Proyecto Justicia)", que se aplicara en este Distrito Judicial, con la implantacion de un Plan Piloto del referido proyecto en un Juzgado de la Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima. Que, producto de la reunion sostenida entre los Presidentes de las Cortes Superiores donde se ejecutaran el proyecto piloto con los integrantes del equipo multisectorial de trabajo del "Proyecto de Mejoramiento de los Sistemas Judiciales para el Comercio y la Economia (Proyecto Justicia)", presidida por el Doctor MORDAZA Walde MORDAZA, realizada el dia 21 de MORDAZA del presente ano, se acordo que el Plan Piloto se ejecute en dos Juzgados Civiles con Sub especialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en tal sentido, los Magistrados de dichas judicaturas deberan conformar parte del equipo de responsables que coadyuvaran a la ejecucion del referido proyecto. En ese sentido, este despacho ha considerado necesario constituir una Comision con el proposito que realice las coordinaciones y acciones convenientes que contribuyan al objetivo general del Proyecto referido precedentemente, que es, lograr el desplazamiento de las actividades administrativas (como son las notificaciones, entregas de certificados de deposito judicial, entrega de partes, etc.) que realizan los senores Jueces a las areas administrativas, a fin de coadyuvar a la mejora del sistema judicial. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, es la MORDAZA autoridad administrativa de este Distrito Judicial, por lo que tiene competencia para dictar las medidas administrativas pertinentes y necesarias que

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