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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (08/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 45

El Peruano Sábado 8 de junio de 2013 496823 de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central “Juan Santos Atahualpa” presentado por el Ministerio de Educación en su calidad de Promotora, a través de su Secretaría General, con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingeniería Civil, 2) Ingeniería Ambiental 3) Educación Intercultural Bilingûe: Nivel Inicial y Nivel Primaria; bajo la Ley Universitaria - Ley N°23733 y las normas que resulten aplicables de conformidad con la normatividad vigente del CONAFU; Artículo Segundo.- DESIGNAR a la Comisión Califi cadora del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central “Juan Santos Atahualpa”, la que estará conformada por los siguientes profesionales: Dr. Luis Enrique Carpio Ascuña, Presidente; Mg. Alfonso Tesén Arroyo, Secretario y Dr. Nilo Maguiña Velásquez, Vocal. Artículo Tercero.- PROSÍGASE con el trámite de la solicitud de Aprobación del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central “Juan Santos Atahualpa”, bajo la Ley Universitaria - Ley N°23733 y las normas que resulten aplicables de conformidad con la normatividad vigente del CONAFU; Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los actos administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. WILSON ROLANDO REÁTEGUI CHÁVEZ Presidente MARGARITA ISABEL LA TORRE ARELLANO Secretaria General 946892-1 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Declaran que la Universidad Tecnológica de los Andes ha cumplido con lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de diversos programas académicos de pregrado COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0628-2013-ANR Lima, 26 de abril de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los ofi cios Nº 299 y 418-2012-UTEA/R, de fechas 06 de setiembre y 29 de noviembre de 2012 respectivamente, informe Nº 041-2013-DGDAC, de fecha 05 de marzo de 2013, el memorándum Nº 362-2013-SE, de fecha 08 de abril de 2013, y; CONSIDERANDO: Que, en el artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, se establecen las atribuciones específi cas e indelegables de la Asamblea Nacional de Rectores, entre otras la de coordinar proporcionando información previa e indispensable, la creación de carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad acordados por una Universidad y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos; así como también la de concordar en lo referente a los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y a la unifi cación de sus denominaciones, sin perjuicio de derecho privativo de cada Universidad a establecer los currícula y requisitos adicionales propios, instituido en los incisos e) y f); Que, por Ley Nº 23852, de fecha 07 de junio de 1984, se crea la Universidad Particular de Apurímac, como persona jurídica de derecho privado, con sede en la ciudad de Abancay, capital del departamento de Apurímac, ofreciendo inicialmente las siguientes carreras universitarias: Agronomía, Contabilidad, Derecho, Enfermería y Educación. Sin embargo, mediante Ley Nº 26280, de fecha 05 de enero de 1994, pasó a denominarse Universidad Tecnológica de los Andes; Que, la Asamblea Nacional de Rectores expidió la Resolución Nº 1007-2005-ANR, de fecha 27 de mayo de 2005, en la cual autoriza el funcionamiento de la Filial Cusco de la citada casa superior de estudios, en las carreras profesionales de Derecho, Enfermería y Contabilidad; y en cumplimiento del artículo 3º de la Ley Nº 28564, las fi liales autorizadas al amparo de la Ley Nº 27504 están sujetas a ratifi cación por parte del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), en virtud de ello, la cita instancia emitió la Resolución Nº 282-2007-CONAFU, de fecha 25 de octubre de 2007, que ratifi ca la autorización de funcionamiento de la Filial Cusco de la Universidad Tecnológica de los Andes, con las siguientes carreras profesionales: Contabilidad, Derecho, Enfermería e Ingeniería de Sistemas e Informática; Que, mediante ofi cios de vistos, el Rector de la Universidad Tecnológica de Los Andes, con sede en la ciudad de Abancay del departamento de Apurímac, solicita a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores el reconocimiento y ofi cialización de los programas académico de pregrado que se han creado en la sede central de su representada, así como para su sub sede de la ciudad de Andahuaylas, adjuntando para tal efecto los planes curriculares y actos resolutivo correspondientes de cada uno de los ellos, los cuales formarán parte de su nueva estructura académica: 1. Facultad de Estomatología, con la siguiente carrera profesional: - Carrera Profesional de Estomatología, aprobada por Resolución Nº 007-2008-AU-UTEA-Ab., de fecha 16 de julio de 2008, con funcionamiento en su sede central de Abancay – Apurímac. 2. Facultad de Ciencias Agrarias, aprobada por Resolución de Asamblea Universitaria N° 007-2008- AU- UTEA-Ab, de fecha 16 de julio de 2008, con las siguientes carreras profesionales: • Carrera Profesional de Ingeniería Ambiental y Recursos Naturales, aprobada por Resolución Nº 007- 2008-AU-UTEA-Ab., de fecha 16 de julio de 2008, con funcionamiento en su sede central de Abancay – Apurímac, y por Resolución Rectoral N° 0319-2009-UTEA, de fecha 24 de marzo de 2009, se aprueba la ampliación de su funcionamiento en su sub sede de Andahuaylas. • Carrera Profesional de Ingeniería de Industrias Alimentarias, aprobada por Resolución de Asamblea Universitaria Nº 007-2008-AU-UTEA-Ab., de fecha 16 de julio de 2008, con funcionamiento en su sede central de Abancay. • Carrera Profesional de Agronomía, aprobada por Ley Nº 23852, con sede de funcionamiento en su sede central de Abancay, y mediante Resolución Rectoral N° 1005-2001-R-UTEA-Ab., de fecha 31 de julio de 2001, se amplía su funcionamiento a la sub sede de Andahuaylas. 3. Facultad de Ciencias Contables y Financieras, aprobada por Resolución Nº 006-2005- AU-UTEA-Ab., de fecha 23 de noviembre de 2005, y por Resolución de la Asamblea Universitaria N° 0010-2006-AU-UTEA-Ab, de fecha 16 de octubre de 2006, se ratifi ca su creación; con la siguiente carrera profesional: - Carrera Profesional de Contabilidad, creada por Ley N° 23852, con funcionamiento en su sede central de Abancay, y por Resolución Rectoral N° 1005-2001-R- UTEA-Ab., de fecha 31 de julio de 2001, se amplía su funcionamiento en su sub sede de Andahuaylas. 4. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, aprobada por Resolución Nº 006-2005-AU-UTEA-Ab., de fecha 23 de noviembre de 2005, y por Resolución de Asamblea Universitaria Nº 011-2006-AU-UTEA-Ab., de