Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2013 (17/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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verifico que el Hospital Central de la Fuerza Aerea del Peru, subsano las observaciones que se formularan, cumpliendo con los requisitos establecidos en la NTS Nº 061-MINSA/DGSP.V.01 "Norma Tecnica de Salud para la Acreditacion de Establecimientos de Salud Donadores - Trasplantadores", aprobada con Resolucion Ministerial N° 999-2007/MINSA, para poder funcionar como un Establecimiento de Salud Donador - Trasplantador Hepatico, por lo que debe atenderse la presente solicitud como una de acreditacion; Que, mediante Informe del visto, el Director Ejecutivo de la Organizacion Nacional de Donacion y Trasplante (ONDT), precisa que el Hospital Central de la Fuerza Aerea del Peru ha cumplido con adjuntar los requisitos formales establecidos en el numeral 6.5 de la precitada MORDAZA Tecnica de Salud; senalando que corresponde acreditar al Hospital Central de la Fuerza Aerea del Peru como Establecimiento de Salud Donador - Trasplantador Hepatico; Con las visaciones del Director Ejecutivo de la Organizacion Nacional de Donacion y Trasplante, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 28189, Ley General de Donacion y Trasplante de Organos y/o Tejidos Humanos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2005-SA, y el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acreditar al Hospital Central de la Fuerza Aerea del Peru, como Establecimiento de Salud Donador - Trasplantador Hepatico, por un periodo de tres (3) anos, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Encargar a la Organizacion Nacional de Donacion y Trasplante (ONDT) la supervision y control del establecimiento acreditado por el articulo precedente. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud, en la direccion electronica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/dge_normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 950491-5

El Peruano Lunes 17 de junio de 2013

Acreditan al Centro Medico MORDAZA "Cirujano Mayor MORDAZA Tavara" como Establecimiento de Salud Donador Trasplantador Renal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 348-2013/MINSA MORDAZA, 13 de junio del 2013 Visto, el Expediente N° 12-026498-001, que contiene el Informe N° 005-2013-MDC/ONDT/MINSA, de la Organizacion Nacional de Donacion y Trasplante; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28189, Ley General de Donacion y Trasplante de Organos y/o Tejidos Humanos, regula las actividades y procedimientos relacionados con la obtencion y utilizacion de organos y/o tejidos humanos, para fines de donacion y trasplante, y su seguimiento; Que, el articulo 40° del Reglamento de la Ley General de Donacion y Trasplante de Organos y Tejidos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 0142005-SA, establece que la extraccion y/o trasplante de organos o tejidos de donantes vivos o cadavericos, solo se realizaran en establecimientos de salud que dispongan de una organizacion y regimen de funcionamiento interior que permita asegurar la ejecucion de tales operaciones en forma eficiente y satisfactoria;

Que, el articulo 42° del precitado Reglamento, senala que la Organizacion Nacional de Donacion y Trasplante (ONDT) establecera los requisitos que deberan reunir los establecimientos de salud, que realicen la extraccion y/ o trasplantes de organos o tejidos de donantes vivos o cadavericos a que se refiere el articulo 40° del mismo dispositivo, para su categorizacion y acreditacion, con la finalidad de constituir la Red Nacional, Regional y Local, dedicada a la actividad de donacion y trasplante de organos y tejidos; Que, el articulo 47° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA y modificado por el articulo 1° del Decreto Supremo N° 007-2006-SA, establece que la Organizacion Nacional de Donacion y Trasplante (ONDT), es la responsable de las acciones de rectoria, promocion, coordinacion, supervision y control, de los aspectos relacionados a la donacion y trasplante de organos y tejidos en el territorio nacional, segun lo establecido por la Ley N° 28189 y su Reglamento; Que, el setimo parrafo del numeral 6.5 de la NTS Nº 061-MINSA/DGSP.V.01 "Norma Tecnica de Salud para la Acreditacion de Establecimientos de Salud DonadoresTrasplantadores", aprobada por Resolucion Ministerial N° 999-2007/MINSA y su modificatoria, dispone que: "Las acreditaciones se concederan por un periodo de tres anos, renovables por periodos de igual duracion, previa solicitud del centro, y caducaran, sin necesidad de previa declaracion al efecto, transcurrido dicho periodo de tres anos desde la fecha de su concesion, en ausencia de solicitud de renovacion"; Que, por Carta N° V.200-2135, de fecha 14 de marzo de 2012, el Centro Medico MORDAZA "Cirujano Mayor MORDAZA Tavara", solicita a la Organizacion Nacional de Donacion y Trasplante (ONDT) se le otorgue la renovacion de la acreditacion correspondiente como Establecimiento de Salud Donador - Trasplantador Renal, de acuerdo a los requisitos establecidos en la NTS Nº 061-MINSA/DGSP. V.01, la que habria sido observada por el Consejo Directivo de la ONDT, perdiendo la continuidad establecida en la MORDAZA precitada; Que, en las actas de visita de fecha 29 de marzo de 2012, la Organizacion Nacional de Donacion y Trasplante verifico que el Centro Medico MORDAZA "Cirujano Mayor MORDAZA Tavara", subsano las observaciones que se formularan, cumpliendo con los requisitos establecidos en la NTS Nº 061-MINSA/DGSP.V.01 "Norma Tecnica de Salud para la Acreditacion de Establecimientos de Salud Donadores-Trasplantadores", aprobada con Resolucion Ministerial N° 999-2007/MINSA, para poder funcionar como un Establecimiento de Salud Donador - Trasplantador Renal, por lo que debe atenderse la presente solicitud como una de acreditacion; Que, mediante Informe del visto, el Director Ejecutivo de la Organizacion Nacional de Donacion y Trasplante (ONDT), precisa que el Centro Medico MORDAZA "Cirujano Mayor MORDAZA Tavara" ha cumplido con adjuntar los requisitos formales establecidos en el numeral 6.5 de la precitada "Norma Tecnica de Salud; senalando que corresponde acreditar al Centro Medico MORDAZA "Cirujano Mayor MORDAZA Tavara" como Establecimiento de Salud Donador - Trasplantador Renal; Con las visaciones del Director Ejecutivo de la Organizacion Nacional de Donacion y Trasplante, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 28189, Ley General de Donacion y Trasplante de Organos y/o Tejidos Humanos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2005-SA y el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acreditar al Centro Medico MORDAZA "Cirujano Mayor MORDAZA Tavara", como Establecimiento de Salud Donador - Trasplantador Renal, por un periodo de tres (3) anos, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Encargar a la Organizacion Nacional de Donacion y Trasplante (ONDT) la supervision y control del establecimiento acreditado por el articulo precedente. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA Institucional del Ministerio de

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