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El Peruano Lunes 17 de junio de 2013 497319 - Aplicación plena de Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), vigentes internacionalmente, que emita el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad o International Accounting Standards Board (IASB). - Aplicación plena de Normas Internacionales de Información Financiera Ofi cializadas por el Consejo Normativo de Contabilidad. (**) - Aplicación parcial de Normas Internacionales de Información Financiera Ofi cializadas por el Consejo Normativo de Contabilidad. (**) (**) En este caso se adjuntará el compromiso de implementación de NIIF y la estimación de partidas afectadas, de acuerdo a los Anexos N° 5.1 y 5.2 respectivamente. Debe considerarse la aplicación de la Resolución SMV N° 011-2012-SMV/01, según corresponda. [CIUDAD], [DÍA] de [MES] de [AÑO] Firmas [PRINCIPAL FUNCIONARIO ADMINISTRATIVO Y CONTABLE DEL EMISOR] Nombre: Documento de Identidad: *Nota: La presente Declaración Jurada deberá ser fi rmada conjuntamente por el principal funcionario administrativo y contable del Emisor. En el caso de que el Emisor no cuente con el funcionario contable, su fi rma será reemplazada por la del principal funcionario de fi nanzas. Anexo N° 5.1 “Compromiso de Implementación de NIIF” * Que, asimismo declaramos que el Emisor adecuará su información fi nanciera a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), vigentes internacionalmente, observando los plazos establecidos en el artículo 10° del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa aprobado mediante Resolución SMV N° 031-2012-SMV/01 y sus modifi catorias. Que, declaramos conocer que, de conformidad con el numeral 3 del artículo 32° de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, en caso de que se compruebe el fraude o la falsedad en la declaración, información o en la documentación presentada, la Superintendencia del Mercado de Valores considerará no satisfecha la exigencia respectiva para todos sus efectos, procediendo a realizar las acciones correspondientes, a fi n de declarar la nulidad del acto administrativo sustentado en dicha declaración, información o documento; sin perjuicio de la aplicación de las sanciones correspondientes. [CIUDAD], [DÍA] de [MES] de [AÑO] Firmas (PRINCIPAL FUNCIONARIO ADMINISTRATIVO Y CONTABLE DEL EMISOR) Nombre: Documento de Identidad: *Nota: La presente Declaración Jurada deberá ser fi rmada conjuntamente por el principal funcionario administrativo y contable del Emisor. En el caso de que el Emisor no cuente con el funcionario contable, su fi rma será reemplazada por la del principal funcionario de fi nanzas. Anexo N° 5.2 Estimación de partidas afectadas* A partir de la adecuación a NIIF de los estados fi nancieros del presente año correspondientes a su empresa, declare si actualmente está en condiciones de identifi car las partidas afectadas en dicha adecuación: Sí No Si declaró afi rmativo, solo cuando sea factible, declare la siguiente información: • Partidas contables afectadas. • Estimación del efecto en el valor contable (reducción o incremento). • Estimación del cambio porcentual de las partidas contable afectadas. Partida contable Reducción o incremento Cambio porcentual (%) [CIUDAD], [DÍA] de [MES] de [AÑO] Firmas (PRINCIPAL FUNCIONARIO ADMINISTRATIVO Y CONTABLE DEL EMISOR) Nombre: Documento de Identidad: *Nota: La presente Declaración Jurada deberá ser fi rmada conjuntamente por el principal funcionario administrativo y contable del Emisor. En el caso de que el Emisor no cuente con el funcionario contable, su fi rma será reemplazada por la del principal funcionario de fi nanzas. Artículo 5º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 6º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 7º De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, los manuales y anexos a que se refi eren los artículos 1° y 2° de la presente resolución, serán publicados en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 950791-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO EN SALUD Requieren a Persalud S.A. EPS para que informe a la SUNASA sobre tenencia y ubicación física de activos y otros que sustenten sus negocios y operaciones RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA DE SUPERVISIÓN DE LAS INSTITUCIONES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE ASEGURAMIENTO EN SALUD N° 010-2013-SUNASA/ISIAFAS Santiago de Surco, 11 de junio de 2013 VISTO: El Informe Nº 00267-2013/ISIAFAS de fecha 17 de mayo de 2013 del Especialista en Supervisión Económico