Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2013 (17/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Lunes 17 de junio de 2013

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1.3 No cumplir con entregar los beneficios a las sociedades agentes de bolsa o bancos custodios cuando estos han sido autorizados por el mandato de su comitente o cliente. 1.4 No efectuar el deposito en la cuenta bancaria de la empresa del sistema financiero nacional designada por la sociedad agente de bolsa o el accionista a efectos del cobro de sus beneficios. 1.5 No informar al Solicitante la existencia de certificados de acciones que pudiera poseer. 1.6 No emitir pronunciamiento dentro del plazo legal establecido ante las solicitudes de entrega de acciones, dividendos y demas derechos. 2. Graves 2.1 No admitir la solicitud de entrega de acciones, dividendos y/o derechos. 2.2 Omitir la entrega de toda informacion y documentacion que le requiera la SMV 2.3 Negarse a recibir la reclamacion por parte del Solicitante u opositor cuando se produzca una denegatoria expresa o ficta. 2.4 No realizar las publicaciones mensuales sobre la relacion de las solicitudes declaradas admitidas en los regimenes simplificado y especial. 3. Leves 3.1 Elevar el expediente sin cumplir con las formalidades establecidas en la normativa. 3.2 Presentar en forma incompleta la informacion y documentacion que la SMV requiera a la Sociedad. 3.3 Presentar extemporaneamente la informacion y documentacion requerida por la SMV. 3.4 Realizar extemporaneamente las publicaciones mensuales con la relacion de las solicitudes admitidas en los Regimenes Simplificado y Especial. 3.5 No exhibir en sus oficinas de valores o en la que haga sus veces la relacion de solicitudes declaradas admitidas a los Regimenes Simplificado y Especial, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a la fecha de la publicacion respectiva, durante el plazo para presentar la oposicion correspondiente a cada regimen. 3.6 No remitir a la SMV, dentro del plazo legal, MORDAZA de las publicaciones realizadas para el caso de los Regimenes Simplificado y Especial. 3.7 No remitir semestralmente a la SMV las estadisticas referidas a las solicitudes de entrega de acciones, dividendos y demas derechos resueltos ante la misma sociedad y de aquellos casos elevados por la interposicion de una reclamacion. Articulo 4°.- Derogar la Resolucion CONASEV N° 038-99-EF/94.10, la Resolucion CONASEV N° 0602000-EF/94.10, asi como todas las normas que se opongan o contravengan el presente Reglamento. Articulo 5°.- Delegar en la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados la facultad para modificar los anexos del Reglamento aprobado mediante el articulo 1° de la presente resolucion. Articulo 6°.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 7°.- De conformidad con lo dispuesto en el articulo 9° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, los anexos del Reglamento aprobados por el articulo 1° de la presente resolucion, seran publicados en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 8°.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, salvo sus articulos 1°, 3°, 4°y 5° que entraran en vigencia el 01 de agosto de 2013. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores 950792-1

3.5. Razonabilidad Si del analisis de la documentacion presentada se deduce de manera logica y sistematica la existencia del derecho alegado, se procedera a reconocer la titularidad del derecho, sin el requerimiento de documentacion adicional. Articulo 3°.- Sustituir el Anexo XV del Reglamento de Sanciones, aprobado por la Resolucion CONASEV N° 055-2001-EF/94.10, con el siguiente texto: ANEXO XV DE LAS SANCIONES E INFRACCIONES DE LAS SOCIEDADES ANONIMAS ABIERTAS EN EL PROCEDIMIENTO DE PROTECCION DE ACCIONISTAS MINORITARIOS, PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE ENTREGA DE ACCIONES, DIVIDENDOS Y DEMAS DERECHOS Y RECLAMACION ANTE LA SMV A) DE LAS SANCIONES: Las sanciones que se pueden imponer por infracciones a las obligaciones contenidas en la Ley General de Sociedades, el Reglamento para el Reconocimiento de la Titularidad sobre Acciones, Dividendos y demas Derechos en las Sociedades Anonimas Abiertas y demas normas aplicables, son las siguientes: a) Amonestacion; y, b) Multa no menor de una (1) UIT ni mayor de veinticinco (25) UIT. Cuando la infraccion sea calificada como muy grave, se aplicara al infractor una sancion de multa mayor de doce (12) UIT y hasta veinticinco (25) UIT. Cuando la infraccion sea calificada como grave, se aplicara al infractor una sancion de multa mayor de cinco (5) UIT y hasta doce (12) UIT. Cuando la infraccion sea calificada como leve, se aplicara al infractor una sancion de amonestacion o una multa no menor de una (1) UIT y hasta cinco (5) UIT. B) DE LAS INFRACCIONES DE LAS SOCIEDADES ANONIMAS ABIERTAS RELACIONADAS CON EL PROCEDIMIENTO DE PROTECCION DE ACCIONISTAS MINORITARIOS 1. Muy graves 1.1 Omitir la difusion que dispone el articulo 262°-A de la Ley General de Sociedades, en la pagina web de la sociedad, si la tuviera, o en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la SMV. 1.2 Deducir, como gasto de difusion, un monto mayor al efectivamente utilizado o autorizado. 2. Graves 2.1 Efectuar de manera incompleta la difusion que dispone el articulo 262°-A de la Ley General de Sociedades, en la pagina web de la sociedad, en el caso que la tuviera, o en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la SMV. 3. Leves 3.1 Realizar extemporaneamente la difusion que dispone el articulo 262°-A de la Ley General de Sociedades, en la pagina web de la sociedad si la tuviera, o en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la SMV. 3.2 Consignar erroneamente algun MORDAZA de la publicacion que dispone el articulo 262°-A de la Ley General de Sociedades, en la pagina web de la sociedad si la tuviera, o en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la SMV. C) DE LAS INFRACCIONES DE LAS SOCIEDADES ANONIMAS ABIERTAS EN EL PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE ENTREGA DE ACCIONES, DIVIDENDOS y DEMAS DERECHOS Y DE RECLAMACION ANTE LA SMV 1. Muy graves 1.1 No elevar oportunamente el expediente a la SMV. 1.2 No observar los criterios utilizados por la SMV al resolver las solicitudes de entrega de acciones, dividendos y demas derechos en peticiones de casos similares.

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