Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2013 (01/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de marzo de 2013

Delegan facultades y atribuciones en materia de Contrataciones del Estado en el Director Ejecutivo y la Jefa de la Oficina de Administracion del Programa Nacional de Becas y Credito Educativo, durante el ano fiscal 2013
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0094-2013-ED
MORDAZA, 27 de febrero de 2013 VISTO: El Oficio Nº 117-2013-MINEDU/VMGI-OBECPRONABEC y el Informe N° 139-2013-MINEDU/SG-OAJ; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 8 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2012-ED, dispone que el Ministro de Educacion, es la MORDAZA autoridad del Sector Educacion y titular del pliego presupuestal; Que, el articulo 25 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de su funcion, siempre que la normatividad lo autorice; Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017, modificada por Ley N° 29873 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF y sus modificatorias, establecen las reglas y parametros legales que deberan considerar las entidades aludidas en el articulo 3 de la citada Ley, a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras; y conforme a lo dispuesto en el articulo 5 de dicha Ley, el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolucion, la autoridad que le otorga la Ley de Contrataciones del Estado; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 0010-2013ED se delegaron facultades a diversos funcionarios del Ministerio de Educacion; Que, segun el Oficio del visto, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Becas y Credito Educativo - Unidad Ejecutora 117 del Pliego 010 ­ Ministerio de Educacion, solicita se le deleguen diversas facultades en materia de contrataciones; Que, a fin de atender a lo solicitado por la Direccion Ejecutiva del Programa Nacional de Becas y Credito Educativo y con el fin de agilizar los procesos administrativos que realiza la Unidad Ejecutora 117, resulta necesario delegar aquellas facultades que garanticen el correcto funcionamiento y que no MORDAZA privativas de la Titular del Pliego, conforme a lo dispuesto en la Ley Organica del Poder Ejecutivo; Que, el numeral 17.1 del articulo 17 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que la autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopcion; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo N° 1017, modificado por Ley N° 29873 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF y sus modificatorias, y en el Decreto Supremo N° 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Ministerio de Educacion;

Articulo 1.- Delegar, con eficacia anticipada al 03 de enero de 2013, en el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Becas y Credito Educativo ­ Unidad Ejecutora 117, durante el ano fiscal 2013, las siguientes facultades y atribuciones en materia de Contrataciones del Estado: - Suscribir las comunicaciones, pedidos de sancion y actos vinculados a los procesos de seleccion que tengan que realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE y la Contraloria General de la Republica, asi como gestionar las publicaciones que deban realizarse por mandato legal, y los pedidos de informacion y consulta que resulten necesarios realizar ante otras entidades, vinculados a la tematica de los procesos de seleccion. - Resolver los recursos impugnativos interpuestos por los postores en el desarrollo de los procesos de seleccion que convoque el PRONABEC o que MORDAZA convocados por una entidad privada, nacional o internacional, con la cual se MORDAZA suscrito convenio de encargo, siempre que corresponda a una Adjudicacion de Menor Cuantia o una Adjudicacion Directa Selectiva, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 104 del Reglamento de la Ley de contrataciones del Estado. - Suscribir convenios interinstitucionales para la realizacion de compras corporativas facultativas. Articulo 2.- Delegar, con eficacia anticipada al 03 de enero de 2013, en la Jefa de la Oficina de Administracion del Programa Nacional de Becas y Credito Educativo ­ Unidad Ejecutora 117, durante el ano fiscal 2013, las siguientes facultades y atribuciones en materia de Contrataciones del Estado: - Designar Comites Especiales, Comites Especiales Permanentes de procesos de seleccion, asi como la modificacion en la composicion de los mismos. - Suscribir, modificar y resolver contratos relativos a la contratacion de servicios, consultorias y adquisicion de bienes; en especial suscribir las adendas que deba celebrar el Programa en aplicacion de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, asi como todo otro documento necesario en relacion con su ejecucion, ademas de los derivados de asumir la ejecucion presupuestaria de la habilitacion de fondos transferidos de la Unidad Ejecutora 026: Programa Educacion Basica Para Todos, mediante la Resolucion de Secretaria General N° 165-2012-ED, que permite a la Unidad Ejecutora 117: Programa Nacional de Becas y Credito Educativo, ejecutar y cumplir las obligaciones contractuales de esta ultima. Suscribir, modificar y resolver contratos complementarios. - Aprobar la ejecucion de prestaciones adicionales y deductivos para bienes y servicios. - Aprobar los procesos de estandarizacion de bienes y servicios. - Aprobar las ampliaciones de plazo en bienes y servicios. - Cancelar procesos de seleccion. - Aprobar los expedientes de contratacion y las bases de los procesos de seleccion convocados por el PRONABEC, y los que vayan a ser convocados por entidades con las que se MORDAZA suscrito convenio de encargo. - Aprobar la Buena Pro cuando las propuestas economicas de los postores en los procesos de seleccion para la ejecucion de obras, superen el valor referencial hasta el limite de diez por ciento (10%) del mismo. - Aprobar las diferentes etapas de los procesos que, de conformidad con los Convenios Internacionales celebrados, se deban ejecutar, suscribir los respectivos contratos, y establecer los procedimientos de verificacion correspondientes. Articulo 3.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Unidad Ejecutora 117: Programa Nacional de Becas y Credito Educativo y a las unidades organicas del Ministerio de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion

906371-1

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