Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2013 (01/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

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de Planeamiento y de Presupuesto e Inversiones, vertidas mediante Informe 002-2013-MIMP/OGPP-OP-RPL e Informe 066-2013-MIMP/OGPP-OPI, respectivamente, para la aprobacion del Plan Operativo Informatico 2013 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, el Plan Operativo Informatico es un instrumento de gestion de corto plazo que permite definir las actividades informaticas de cada Unidad Ejecutora del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, por consiguiente, resulta necesario emitir el acto que apruebe el "Plan Operativo Informatico 2013 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables"; Con la visacion de la Secretaria General, la Oficina General de Administracion, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina General de Asesoria Juridica, y la Oficina de Tecnologias de la Informacion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo 1098 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo 003-2012-MIMP, el Decreto Supremo 001-2009-JUS y la Resolucion Ministerial 19-2011-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el "Plan Operativo Informatico 2013 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables", el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2.- La Oficina de Tecnologias de la Informacion de la Oficina General de Administracion es la responsable del seguimiento y evaluacion del cumplimiento de los objetivos y metas considerados en el "Plan Operativo Informatico 2013 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables", debiendo informar de ello a la Secretaria General. Articulo 3.- Disponer que la presente Resolucion y su Anexo ­ "Plan Operativo Informatico 2013 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables", MORDAZA publicados en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob. pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVELLI MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social Encargada de la Cartera de Mujer y Poblaciones Vulnerables

al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Corea sobre el Mutuo Reconocimiento e Intercambio de Licencias de Conducir", suscrito el 17 de diciembre de 2012, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Articulo 3º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de febrero del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores

906544-3

Ratifican el "Convenio de Reconocimiento Mutuo de Estudios, Titulos y Diplomas de Educacion Superior entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Cuba"
DECRETO SUPREMO Nº 012-2013-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Convenio de Reconocimiento Mutuo de Estudios, Titulos y Diplomas de Educacion Superior entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Cuba", fue suscrito el 12 de enero de 2013, en la MORDAZA de La Habana, Republica de Cuba; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 57 y 118 inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el MORDAZA parrafo del articulo 2 de la Ley No. 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1°.Ratificase el "Convenio de Reconocimiento Mutuo de Estudios, Titulos y Diplomas de Educacion Superior entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Cuba", suscrito el 12 de enero de 2013, en la MORDAZA de La Habana, Republica de Cuba. Articulo 2°.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Articulo 3°.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de febrero del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores

906518-1

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Corea sobre el Mutuo Reconocimiento e Intercambio de Licencias de Conducir"
DECRETO SUPREMO Nº 011-2013-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Corea sobre el Mutuo Reconocimiento e Intercambio de Licencias de Conducir" fue suscrito el 17 de diciembre de 2012, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 57 y 118 de la Constitucion Politica del Peru y el parrafo MORDAZA del articulo 2 de la Ley No. 26647, que facultan

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