Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2013 (01/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

489908
CONCEPTO Material y utiles de oficina Ligas gruesa ancha Lapicero Hojas MORDAZA A4 COSTOS FIJOS Energia Electrica Agua TOTAL

NORMAS LEGALES
CANTIDAD UNIDAD DE MEDIDA bolsas MORDAZA Millar COSTO UNITARIO % DE DEDICACION % DE DEPRECIACION 2/

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de marzo de 2013

COSTO 89.13

24 10 15

9.75 35.00 27.09

9% 9% 9%

21.06 31.50 36.57 65.47 0.22%

1 1

Servicio Servicio

621.82 105.58

9% 9%

55.96 9.50 29,351.55 100%

En la base de datos se registra 43,126 contribuyentes y 54,281 predios. El MORDAZA de la emision mecanizada se desarrollara en un mes (30 dias). 1/ Considerar los costos derivados de las actividades de emision, impresion, distribucion de la cuponera, entre otros relacionadas directamente con la prestacion del servicio. 2/ Usar los siguientes porcentajes de depreciacion: Infraestructura Publica / Edificios Maquinaria, equipo y otras unidades para la produccion Equipos de transporte Equipos de computo Muebles y enseres 3/ Estos costos no podran exceder el 10% del total del costo del servicio 0.03 0.10 0.25 0.25 0.10

DISTRIBUCION DEL COSTO DE HLA 2013 SERVICIO COSTO ANUAL NUMERO DE PREDIOS 54,281 DERECHO DE EMISION ANUAL 0.54

COSTO POR EMISION MECANIZADA DE LA HOJA 29,351.55 DE LIQUIDACION DE LOS ARBITRIOS 2013

ESTIMACION DE INGRESOS DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE HOJAS DE LIQUIDACION DE ARBITRIOS 2013 DERECHO DE EMISION 0.54

Nº 1 TOTAL

Nº PREDIOS 54,281 54,281

TOTAL 29,311.74 29,311.74

DIFERENCIA ENTRE EL COSTO Y EL INGRESO ANUAL 2013 COSTO ANUAL INGRESO ANUAL DIFERENCIA (MAYOR COSTO) 29,351.55 29,311.74 -39.81

906429-1

Establecen disposiciones para pago del Impuesto Predial correspondiente al ano fiscal 2013
ORDENANZA Nº 231-MDCH
Chorrillos, 25 de enero del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Chorrillos, en sesion Ordinaria de la fecha, 25 de enero del 2013, y;

CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II y del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades-Ley N° 27972- los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, el articulo 74° de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales a traves de ordenanzas pueden crear, modificar y suprimir o exonerar de los arbitrios, tasa, licencias, derechos y contribuciones, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley.

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