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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de marzo de 2013 489902 que, los Gobiernos regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal y que tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales conforme a la Ley; Que, el artículo 28º de la Ley Nº 27783 “Ley de Bases de la Descentralización” establece que, “Las regiones son unidades territoriales geoeconómica, con diversidad de recursos naturales, sociales e institucionales, integradas históricas, económicas, administrativa, ambiental y culturalmente, que comportan distintos niveles de desarrollo, especialización y competitividad productiva, sobre cuyas circunscripciones se constituyen y organizan gobiernos regionales”; Que, la Región de Ica, ha sido constituida sobre el territorio del departamento del mismo nombre; es decir está conformada por las provincias de Chincha, Pisco, Ica, Palpa y Nasca; Que, mediante Ofi cio de vistos, se formula por ante el Consejo Regional el pedido de ampliar los alcances de la Ordenanza Nº 0021-2007-GORE-ICA para la ejecución y restructuración de la Comisión Ejecutora Especial para elaborar la base de la composición del Himno Regional, así como la creación de la Bandera y el Escudo Regional, con la fi nalidad de conservar y fortalecer nuestra identidad regional, además de promover una adecuada modernización y desarrollo socio cultural de nuestra región; máxime si tenemos en cuenta, el verdadero signifi cado histórico que representará para los ciudadanos, el Himno, la Bandera y el Escudo Regional; Que, estando a lo propuesto, debatido y aprobado por el Pleno del Consejo Regional en la Sesión Extraordinaria de fecha 30 de noviembre del año 2012, y de conformidad con las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” y su modifi catoria Ley Nº 27902; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- AMPLIAR los alcances de la Ordenanza Nº 0021-2007-GORE-ICA para la Ejecución y Restructuración de la Comisión Ejecutora Especial. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ica, la conformación de una Comisión Ejecutora Especial Integrada por nueve (09) personas, integrantes de Instituciones califi cadas para la elaboración de las bases: - Representante de la Dirección Regional de Cultura de Ica. - Representante de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo. - Representante de la Dirección Regional de Educación de Ica. - Representante del Centro Cultural de la Región. - Representante de la Escuela Superior de Música “Francisco Pérez Anampa” - Representante de la Escuela Superior de Formación Artística “Sérvulo Gutiérrez Alarcón”. - Representante del Colegio de Periodistas del Perú. - Representante de la Asociación Regional de Poetas y Escritores – ARPE. - Representante de la Asociación Nacional de Escritores y Artistas de Ica - ANEA. Artículo Tercero.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos regionales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ica, para su promulgación. JOSÉ MARÍA ECHAÍZ CLAROS Consejero Delegado Consejero Regional De Ica POR TANTO: Mando se registre, publíquese y cumpla. ALONSO ALBERTO NAVARRO CABANILLAS Presidente del Gobierno Regional de Ica 906154-1 Autorizan inicio y desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2014 ORDENANZA REGIONAL Nº 0001-2013-GORE-ICA Ica, 21 de enero de 2013 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria del día 15 de enero del año dos mil trece, visto el Ofi cio Nº 023.2013-GORE-ICA/PR. CONSIDERANDO: Que, los Artículos 191º y 192º inciso 6 de la Constitución Política del Estado y su modifi catoria, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y promueven el desarrollo y la economía regional, fomentando las inversiones, activas y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes y locales de desarrollo, por tanto competentes para dictar normas inherentes a la gestión regional y ejercer las atribuciones a su función conforme a ley; Que, de acuerdo a lo previsto por el artículo 32° de la Ley Nº 27867, la gestión de Gobierno Regional, se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, en concordancia con las políticas nacionales y en cumplimiento al ordenamiento jurídico vigente; Conforme a la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, sus modifi catorias; mediante la Ley N° 29298 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142- 2009-EF, el Proceso de Presupuesto Participativo es un mecanismo que fortalece las relaciones Estado - Sociedad, en las que se recogen las aspiraciones y necesidades de la Sociedad, se defi nen las prioridades sobre las acciones y proyectos a implementar, generando compromisos de los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos, los mismos que requieren su regulación del presupuesto participativo para el año fi scal 2014; Que, mediante Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, y sus modifi catorias, precisan criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el presupuesto participativo, estableciendo los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en sus respectivos Presupuestos Participativos; Que, mediante la Resolución Ejecutiva Regional N° 0628-2010-GORE-ICA/PR de fecha 20 Diciembre 2010 se aprobó la Directiva Regional N° 0007-2010-GORE- ICA/PR-GRPPAT/SGP “Normas para la Implementación y Seguimiento de los Resultados contenidos en el Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de Ica”; Que, en observación de las disposiciones legales y constitucionales precitadas, el Presidente Regional ha presentado la propuesta de Ordenanza Regional que dispone autorizar el inicio y desarrollo del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2014; así como aprobar el Reglamento y Cronograma de actividades del Proceso de Programación del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional, la misma que fuera tramitada en las correspondientes instancias administrativas, conforme lo prevé el Reglamento Interno del Consejo Regional; Que, la propuesta de la Ordenanza Regional, formulada por la Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ica, acogida por la Presidencia Regional, se ha efectuado en observancia del Instructivo para la formulación del Presupuesto Participativo basado en Resultados, Instructivo Nº 001-2010-EF/76, aprobado por Resolución Directoral Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, previa deliberación acorde en el quórum de ley, dictar la presente Ordenanza Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado en sesión ordinaria del 15 de enero del año dos mil trece, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional de Ica y en uso de sus facultades establecidas en la Ley Nº 27867 y sus modifi catorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica; con dispensa de aprobación de Acta y dictamen de Ley; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: