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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2013 (01/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 92

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de marzo de 2013 489906 junio de 2011, la Municipalidad Distrital de Chorrillos aprobó las Ordenanzas materia de la ratifi cación, remitiéndolas al Servicio de Administración Tributaria con sus informes y documentos sustentatorios con carácter de Declaración Jurada y, la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones emitió el Informe Técnico Legal N° 004-181-00000640 opinando que procede la ratifi cación solicitada por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015, debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Ofi cial El Peruano y en los portales institucionales; Que, los ingresos que la Municipalidad Distrital de Chorrillos prevé percibir, producto de la emisión mecanizada del impuesto predial y de arbitrios, cubren el 99.97% y 99.86%, respectivamente, de los costos incurridos. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria-SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en el Dictamen Nº 35-2013-MML/CMAEO. ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car las Ordenanzas Nº 230- MDCH y N° 231-MDCH que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2013 en el Distrito de Chorrillos, dado que cumple con las disposiciones técnicas y legales establecidas en el marco legal para su aprobación y vigencia. Artículo Segundo.- La vigencia del presente Acuerdo ratifi catorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación; así como del texto íntegro de las Ordenanzas ratifi cadas Nº 230-MDCH y N° 231-MDCH y sus anexos que contienen los cuadros de estructura de costos y de estimación de ingresos. La aplicación de las Ordenanzas materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Chorrillos. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria- SAT, a través de su página web www sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del Servicio de Administración Tributaria. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 906431-1 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Establecen montos por derecho de emisión mecanizada de la hoja de liquidación de los arbitrios municipales para el año fiscal 2013 ORDENANZA Nº 230/MDCH Chorrillos, 25 de enero del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO El Concejo Municipal Distrital de Chorrillos, en sesión Ordinaria de la fecha, 25 de Enero del 2013, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II y del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 señala que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el artículo 74° de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales a través de ordenanzas pueden crear, modifi car y suprimir o exonerar de los arbitrios, tasa, licencias, derechos y contribuciones, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley. Que, la Municipalidad Distrital de Chorrillos a través de la Ordenanza N° 131-MDCH, estableció el marco legal del que Establece el monto por derecho de emisión mecanizada de las hojas de liquidación de arbitrios de Limpieza Pública, parques y jardines y serenazgo correspondiente al ejercicio 2008, ratifi cadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima por Acuerdo de Concejo N° 118-2008-MML, publicado en el Diario ofi cial El Peruano el 17 marzo del 2008. Que estando a lo expuesto al informe Nº 108-2013- GAJ-MDCH, mediante el cual, la Gerencia de Asesoría Jurídica expresa su conformidad con la presente Ordenanza y en uso de las facultades concedidas por el inciso 8) del Artículo 9º, concordante con el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal con dispensa de lectura y aprobación del acta por Unanimidad aprobó, la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO A PAGAR POR DERECHOS DE EMISIÓN MECANIZADA DE LA HOJA DE LIQUIDACIÓN DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS, PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS Y SERENAZGO PARA EL AÑO FISCAL 2013. Artículo Primero.- Aprobar la emisión mecanizada de la hoja de liquidación de los arbitrios municipales de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo para el año fi scal 2013 Artículo Segundo.- DETERMINACIÓN DE LOS DERECHOS DE EMISIÓN MECANIZADA DE LA HOJA DE LIQUIDACIÓN DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS, PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS Y SERENAZGO PARA EL AÑO FISCAL 2013. Determínese en S/. 0.54 (54/100 Nuevos soles) el monto por concepto de derecho de emisión mecanizada de la hoja de liquidación de los arbitrios municipales de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo para el año fi scal 2013 Artículo Tercero.- Aprobar la estructura de costos y estimación de ingresos del derecho de emisión mecanizada liquidación de los arbitrios municipales de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo para el año fi scal 2013. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas, la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y la sub Gerencia de informática, el cumplimiento de la presente ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIA Y FINALES Primera.- FACULTADES REGLAMENTARIAS Facúltese Al Señor Alcalde para que mediante de Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Segunda.- VALIDEZ DE VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia al siguiente día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, así como del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que la ratifi que. Tercera.- Publíquese la información que sustenta la emisión de la presente ordenanza, que es materia de ratifi cación, en la página web de la Municipalidad de Chorrillos (www.munichorrillos.gob.pe), así como en la página web del SAT (www.sat.gob.pe) de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo 19° de la Ordenanza N°1533-MML, emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada con fecha 27 de Junio del 2011. POR TANTO Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde