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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2013 (03/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de marzo de 2013 490047 ANEXO Precisiones para el llenado del Formato de Solicitud En el Formato de Solicitud, se debe consignar necesariamente el número de RUC de las instituciones asistenciales, educacionales y religiosas sin fi nes de lucro. En el caso que una dependencia del Estado no esté obligada a tener RUC, deberá consignar en el casillero correspondiente el número de RUC de la entidad del Estado de la cual depende. a) Las solicitudes de las entidades del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, Organismos Públicos Descentralizados y Organismos Constitucionalmente Autónomos, son suscritas por: - La máxima autoridad de la entidad o por el Jefe de la Ofi cina General de Administración o quien haga sus veces. - La máxima autoridad de la dependencia descentralizada. - El Director Regional que representa una entidad pública. b) Las solicitudes de las instituciones educativas estatales son suscritas por: - El Director de la institución educativa y consignan el visto bueno del Jefe de la Dirección Regional de Educación o del Jefe de la Unidad de Gestión Educativa Local – UGEL. - Jefe del Unidad de Gestión Educativa Local – UGEL - Tratándose de universidades públicas por el Rector de la universidad. c) Las solicitudes de las dependencias de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú son suscritas por: - El Jefe de la dependencia y por la máxima autoridad militar o policial ubicada en la circunscripción territorial de la dependencia solicitante. d) Las solicitudes de la iglesia católica, son suscritas por: - La máxima autoridad eclesiástica de la circunscripción. - Tratándose de solicitudes formuladas por sus dependencias (parroquias e iglesias), la solicitud debe ser suscrita por su titular y por la máxima autoridad eclesiástica de la circunscripción. e) Las solicitudes de los Gobiernos Regionales son suscritas por: - El presidente del Gobierno Regional o por el Jefe de la Ofi cina de Administración o quien haga sus veces. f) Las solicitudes formuladas por los Gobiernos Locales son suscritas por: - El Alcalde Provincial, Alcalde Distrital o Alcalde de Centro Poblado, según corresponda. g) Las solicitudes de las entidades asistenciales, educacionales o religiosas, sin fi nes de lucro ofi cialmente reconocidas, son suscritas por: - La máxima autoridad de la institución asistencial, educacional o religiosa. - Tratándose de instituciones religiosas distintas a la católica, por la máxima autoridad de la circunscripción Los siguientes documentos se adjuntan al Formato de Solicitud: Entidades del Estado y la Iglesia Católica: - Copia del documento de identidad de la persona que suscribe el Formato de Solicitud. - Copia del documento que acredite la calidad de titular de la Entidad, titular de la Ofi cina de Administración o de la representatividad como autoridad máxima de una dependencia descentralizada. Instituciones Asistenciales, Educacionales o Religiosas sin fi nes de lucro, ofi cialmente reconocidas: - Copia del documento de identidad de la persona que suscribe el Formato de Solicitud. - Copia de la Escritura Pública de Constitución inscrita en los Registros Públicos y mediante la cual se acredita su fi nalidad de ser entidad asistencial, educativa o religiosa sin fi nes de lucro. - Copia de la fi cha registral que acredite la vigencia de su calidad de representante legal de la Institución. Dicha fi cha no debe tener una antigüedad mayor de 60 días calendarios de emitida. En el caso de la adjudicación, donación o destino mercancías o bienes deteriorados u obsoletos, adicionalmente la entidad o institución solicitante en el plazo no mayor a ciento veinte (120) días calendarios computados a partir de la recepción de las mercancías o bienes, debe comunicar por escrito al Área Responsable que aprobó la adjudicación, donación o destino sobre los benefi cios obtenidos de la disposición como material de reciclaje y la destinación de dichos fondos a los proyectos ejecutados o por ejecutar. Esta comunicación tiene carácter de Declaración Jurada. En el caso de la donación o destino de bienes los benefi ciarios: - Deberán dedicar los bienes entregados por la SUNAT para la realización de sus fi nes propios. - Los benefi ciarios quedan obligados a no transferir los bienes hasta dentro de un plazo de dos (2) años contados a partir de la fecha en que les fueron entregados los bienes. Si después de transcurrido dicho plazo, transfi eren los mencionados bienes, quedan obligados a destinar los ingresos obtenidos a sus fi nes propios. ANEXO N° 02 DECLARACIÓN JURADA DEL USO DE MATERIAL DE RECICLAJE Yo, _____________________________________ identifi cado con documento de identidad N°__________ en mi calidad de _________(Cargo)_____ del (la) ____ __(Entidad / Institución)___________ declaro que los siguientes bienes solicitados en Adjudicación/Donación/Destino como material para reciclaje, serán utilizados únicamente para dicha fi nalidad. Así mismo, en el plazo no mayor a ciento veinte (120) días calendarios computados a partir de la recepción de los bienes, me comprometo a entregar una comunicación a la dependencia de la SUNAT que aprobó la adjudicación, donación o destino, detallando los benefi cios obtenidos de la disposición de los bienes como material de reciclaje y la destinación de dichos fondos a los proyectos ejecutados o por ejecutar. Declaro conocer que la omisión a lo mencionado en el párrafo precedente, suspenderá la atención de nuevas solicitudes hasta la subsanación del incumplimiento. Lima, _ _ de _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ del _ _ _ _ ______________________ Firma y sello Nombre: Documento de identidad: