Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2013 (03/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de marzo de 2013

y la Gerencia de Almacenes; asi como, las distintas unidades organizacionales de la SUNAT y entidades publicas o instituciones privadas beneficiarias de acuerdo a ley involucradas en la presente norma. III. RESPONSABILIDAD La aplicacion, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente procedimiento es responsabilidad de los directivos de las Oficinas de Soporte Administrativo, de las Secciones de Soporte Administrativo, del Gerente de Almacenes y de los directivos de las distintas unidades organizacionales de la SUNAT involucradas en la presente Norma. IV. VIGENCIA La presente MORDAZA entrara a regir a partir del dia siguiente de su publicacion. V. BASE LEGAL Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias. Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, publicada el 11.4.2001, y sus normas modificatorias. Reglamento Nacional de Tasaciones del Peru aprobado con RM-126-2007-Vivienda. Reglamento de Cobranza Coactiva ­ Resolucion de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT y normas modificatorias. Reglamento de la Sancion de Comiso de Bienes prevista en el articulo 184º del Codigo Tributario ­ Resolucion de Superintendencia Nº 157-2004/SUNAT y normas modificatorias. Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria, aprobado por el Decreto Supremo Nº 1152002-PCM, publicado el 28.10.2002 y sus normas modificatorias. VI. NORMAS GENERALES A. DOCUMENTOS UTILIZADOS EN LA DONACION Y DESTINO DE BIENES 1. Los documentos que se utilizan en el procedimiento de donacion y destino de bienes son: a) ACTA DE ENTREGA: Documento expedido por el Area Responsable para el tramite de la donacion o destino de los bienes que se encuentran en custodia de los almacenes de la SUNAT, y contiene la relacion de bienes que se entregan a la entidad o institucion beneficiada, motivada por la emision de la Resolucion. b) FORMATO DE SOLICITUD: Formato que tiene el caracter de declaracion jurada que se encuentra disponible en el MORDAZA web de la SUNAT (www.sunat.gob. pe). Mediante dicho formato las entidades de publicas, las instituciones asistenciales, educacionales o religiosas, sin fines de lucro, presentan una solicitud de donacion o destino. c) INFORME: Documento mediante el cual el Area Responsable sustenta una propuesta de donacion o destino de los bienes. d) HOJA DE CALIFICACION: Documento mediante el cual el Area Responsable registra la evaluacion de la solicitud de donacion o destino de bienes. e) RESOLUCION: Documento mediante el cual se resuelve la donacion o el destino de los bienes. B. DE LA DISPONIBILIDAD DE BIENES CALIFICADOS PARA SU DONACION O DESTINO 1. Las Areas Operativas responsables de la ejecucion del comiso declaran en abandono los bienes a traves del acto resolutivo correspondiente, habilitandose los mismos para su disposicion. 2. Las Areas Operativas responsables de la ejecucion del embargo cuyos bienes se encuentran en situacion

de abandono por mandato de Ley, comunican al Area Responsable sobre la habilitacion de dichos bienes para su disposicion. 3. El Area Operativa al termino de la entrega de los bienes perecederos en el almacen, solicita mediante memorandum electronico SIGED al Area Responsable la inmediata donacion de dichos bienes de conformidad a la normatividad vigente, adjuntando MORDAZA del Acta Probatoria. C. DONACION O DESTINO DE BIENES APLICACION DEL REGLAMENTO DE COMISO. EN

1. Pueden ser donadas a instituciones asistenciales, educacionales o religiosas sin fines de lucro o destinadas a entidades publicas aquellos bienes disponibles senalados en el literal B. de la seccion VI, segun corresponda; que contribuyan al cumplimiento de sus fines. 2. El Area Responsable sustenta mediante informe la propuesta de donacion o destino de los bienes que se encuentren disponibles y que ameriten ser donados o destinados dada su naturaleza o estado de conservacion. 3. La donacion inmediata de bienes perecederos se realizara como MORDAZA hasta el dia siguiente de efectuada la intervencion por el Area Operativa ya que por su naturaleza requieren una rapida disposicion. La donacion de estos tipos de bienes, se efectua sin el requisito previo de la MORDAZA del Formato de Solicitud (ANEXO 01), ni la participacion de la Comision de Supervision, y es aprobada por los directivos de las Oficinas de Soporte Administrativo, de las Secciones de Soporte Administrativo y por el Gerente de Almacenes, segun corresponda. D. DONACION O DESTINO DE BIENES EN APLICACION DEL REGLAMENTO DE COBRANZA COACTIVA. En el supuesto que en el tercer remate no se adjudiquen los bienes abandonados, el remate sera declarado desierto, debiendo proceder a donarlos a instituciones asistenciales, educacionales o religiosas sin fines de lucro o ser destinados a entidades publicas, aquellos bienes disponibles senalados en el numeral 2 del literal B. de la seccion VI, que contribuyan al cumplimiento de sus fines, asi como a la mejora de su equipamiento o infraestructura. E. COMISION DE SUPERVISION 1. La Comision de Supervision recomienda las acciones a seguir en base a la propuesta de donacion o destino efectuada por el Area Responsable. 2. La Comision de Supervision es conformada por la Intendencia Nacional de Administracion mediante la respectiva Resolucion, en la que ademas se designa al presidente y secretario de dicha Comision. 3. Los acuerdos de la Comision de Supervision seran aprobados por unanimidad. 4. El Secretario de la Comision de Supervision, tiene como funcion: a) Convocar a los miembros de la Comision para las reuniones de evaluacion de las propuestas de donacion o destino. b) Registrar y tramitar la documentacion que es remitida a la Comision de Supervision, siendo el responsable del archivo de los documentos inherentes a las propuestas de donacion o destino. c) Elaborar, distribuir y archivar las actas de acuerdo de las reuniones de la Comision de Supervision. d) Consolidar la informacion y llevar estadisticas de la donacion y destino de bienes. VII. DESCRIPCION A. SOLICITUD DE DONACION O DESTINO 1. Las entidades publicas o instituciones asistenciales, educacionales o religiosas sin fines de lucro presentan ante las diferentes sedes administrativas de la SUNAT el Formato de Solicitud, el cual puede ser obtenido a traves del MORDAZA web de la SUNAT www.sunat.gob.pe. 2. El personal encargado recibe, registra y refrenda el Formato de Solicitud a traves del Modulo de Tramite Documentario, con lo cual se inicia el MORDAZA de evaluacion de la solicitud de donacion o destino.

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