Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2013 (14/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

490815

Que, de conformidad con establecido en el articulo 15° y 16°, inciso c), de la Ley N° 28044, Ley General de Educacion, los articulos 11°, incisos C y C.1), 15° inciso c, y 18°, ultimo parrafo, de la Ley N° 28740, y lo dispuesto en el articulo 58° del Reglamento de la citada Ley N° 28740, aprobado con el Decreto Supremo N° 018-2007-ED, es funcion y atribucion del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certi cacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria (CONEAU), en su condicion de organo operador del SINEACE, el acreditar periodicamente la calidad de las carreras, programas e instituciones educativas en el ambito de la educacion superior universitaria; Que, en concordancia con las funciones y atribuciones citadas, los articulos 7° al 15° del citado Reglamento de la Ley del SINEACE, establecen que la Acreditacion es un MORDAZA que culmina con el reconocimiento formal de la calidad demostrada por la institucion educativa, otorgado por el Estado a traves del organo operador correspondiente del SINEACE, segun el informe de evaluacion externa emitido por la Entidad Evaluadora, debidamente autorizada, que de acuerdo al procedimiento establecido, veri co el cumplimiento de los estandares, criterios e indicadores de evaluacion normados previamente por el SINEACE; Que, mediante el Acuerdo Nº 154-2013-CONEAU, sancionado en su Sesion N° 043 de 14 de enero del 2013, el Directorio del CONEAU aprobo la Acreditacion por el periodo de tres (03) anos, de la MORDAZA de Ciencias de la Educacion, Nivel Primaria, de la Universidad de MORDAZA (Piura-Peru); de conformidad con el informe de evaluacion externa presentado por SGS Certificadora de Educacion SAC, Entidad Evaluadora Externa con fines de Acreditacion, debidamente autorizada por el CONEAU mediante Resolucion SINEACE N° 0162011; Que, mediante Acuerdo N° 038-2010-SINEACE, de la Sesion N° 022-2010 de 13 de octubre del 2010, el Consejo Superior del SINEACE dispuso la rati cacion de los Acuerdos de Directorio de los organos operadores, a n de formalizarlos mediante resolucion administrativa de la Presidencia del SINEACE; a tal efecto, en todos los casos, se establecio que se requiere contar con acuerdo aprobatorio del Directorio del organo operador; el informe de la Secretaria Tecnica y el acuerdo expreso del Consejo Superior; Que, el Consejo Superior del SINEACE, en su Sesion Nº 46 de 04 de febrero del 2013, a traves del Acuerdo N° 165-2013-SINEACE, acordo rati car el Acuerdo del Directorio del CONEAU N° 154-2013-CONEAU en que se otorga la acreditacion de la MORDAZA de Ciencias de la Educacion, Nivel Primaria, de la Universidad de MORDAZA, por el plazo de tres (03) anos; Que, en la Sesion Nº 25, Acuerdo Nº 007-2011, el Consejo Superior del SINEACE MORDAZA como su Presidenta a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidenta del Directorio del IPEBA; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, Ley del SINEACE y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018¬-2007-ED, la Ley N° 28044, Ley General de Educacion, la Ley N° 29158, del Poder Ejecutivo, y el Acuerdo N° 038-2010-SINEACE, y estando a lo opinado en el Informe N° 10-2013-COSUSINEACE/ ST. SE RESUELVE: Articulo 1°.- O cializar la Acreditacion de la MORDAZA de Ciencias de la Educacion, Nivel Primaria, de la Universidad de MORDAZA, por el plazo de tres (03) anos, otorgada por Directorio del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certi cacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria-CONEAU mediante Acuerdo N° 154-2013-CONEAU. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta SINEACE 910648-4

Oficializan certificacion y registro de Evaluadores Externos con fines de Acreditacion
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO SUPERIOR Nº 011-2013-SINEACE/P MORDAZA, 20 de febrero de 2013 VISTO: El O cio Nº 1044-2012-MINEDU/COSUCINEACECONEAU de 19 de diciembre del 2012, que remite el Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certi cacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria. CONSIDERANDO: Que, el articulo 5° de la Ley N° 28740, establece que el Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa (SINEACE) tiene por finalidad garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el proposito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificacion profesional y desarrollo laboral; Que, el articulo 4°, inciso g), del Reglamento de la Ley N° 28740, del SINEACE, aprobado con el Decreto Supremo N° 018-2007-ED, establece que el Consejo Superior del SINEACE, como Ente Rector del sistema, tiene la funcion de llevar el Registro Nacional de las Entidades Evaluadoras con nes de Acreditacion y Entidades Certi cadoras, de manera diferenciada; debiendo la Secretaria Tecnica del Consejo Superior, con arreglo a lo dispuesto en su articulo 5°, inciso h, mantener actualizados los registros relacionados a la acreditacion y certi cacion de la calidad; Que, el articulo 16º, inciso b), del referido Reglamento, establece que para ser autorizado como entidad evaluadora de instituciones o programas educativos, se debe disponer de un equipo estable, y de otro especializado en materia de evaluacion de instituciones o programas y representativo de las diversas areas del conocimiento sobre las que desarrollara la accion evaluadora, cuyos integrantes han sido previamente capacitados y certi cados por el Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certi cacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria (CONEAU); Que, mediante el Acuerdo Nº 143-2012-CONEAU, sancionado en su Sesion N° 041-CONEAU de 07 de diciembre del 2012, el Directorio del CONEAU aprobo el "Informe del Programa de capacitacion y seleccion de Evaluadores Externos con nes de Acreditacion para todas las Carreras Profesionales (Primera Convocatoria 2012)", elevado por la Direccion de Evaluacion y Acreditacion del CONEAU con el O cio Nº 098-2012DEA-CONEAU de 30 de octubre del 2012; para que los 22 participantes que aprobaron las evaluaciones del programa, MORDAZA certi cados y registrados como Evaluadores Externos con nes de Acreditacion para diversas Carreras Profesionales; Que, mediante Resolucion Nº 021-2009-SINEACE, se dispuso la apertura del Registro de Evaluadores Externos con nes de Acreditacion del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certi cacion de la Calidad de la Educacion Superior Universitaria - CONEAU; Que, con el Acuerdo N° 038-2010-SINEACE, sancionado en la Sesion N° 022-2010 de 13 de octubre del 2010, el Consejo Superior del SINEACE acordo que mediante Procedimiento de Formalizacion el Presidente del Consejo Superior, a solicitud del Organo Operador, emite la resolucion administrativa respecto a actos administrativos tales como el registro de evaluadores externos con nes de certi cacion; Que, en la Sesion Nº 25, Acuerdo Nº 007-2011, el Consejo Superior del SINEACE MORDAZA como su Presidenta a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidenta del Directorio del IPEBA;

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