Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2013 (14/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

490811

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia de Canete, departamento de MORDAZA
SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 027-2013/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 11 de marzo de 2013 Visto, el Expediente Nº 029-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 169 476,12 m², ubicado en la MORDAZA denominada Playa de MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Canete, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA; Que, revisada la base gra ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identi co el terreno eriazo de 185 922,40 m², ubicado en la MORDAZA denominada Playa de MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica el 01 de febrero de 2013, se veri co que es un terreno de naturaleza eriaza cercano al mar que presenta un suelo de textura arenosa y topografia ligeramente inclinada; se encuentra en la MORDAZA de dominio restringido que se ubica a continuacion de la linea paralela a 50,00 metros de la linea de alta marea; en su mayor extension se hallo desocupado y libre de edi caciones, observandose que sobre la MORDAZA sur de este predio, la empresa Fenix Power Peru S.A. viene realizando trabajos de ingenieria para la instalacion de una tuberia con direccion al mar; Que, mediante Certi cado de Busqueda Catastral de fecha 24 de enero de 2013, emitido sobre la base del Informe Tecnico Nº 0878-2012-SUNARP-Z.R. Nº IX/OC, de la O cina de Catastro de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, informo que efectuadas las comparaciones gra cas entre la informacion tecnica remitida y la base gra ca digital de propiedades, disponible en el Area Tecnica (Catastro), se visualiza gra camente al area en consulta en MORDAZA donde no se observan gra cados poligonos con antecedentes registrales, asimismo se senala que segun la Base Gra ca de consulta y lo gra cado en el plano presentado se observa al area en consulta ubicada en MORDAZA de playa; Que, con la nalidad de excluir la MORDAZA de playa, se rede nio el predio a incorporarse a favor del Estado, el cual se ha reducido al area de 169 476,12 m², que se ubica en la MORDAZA de dominio restringido en la MORDAZA denominada Playa de MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Canete, departamento de Lima.

Que, el tercer parrafo del articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 248-2008-SUNARP-SN senala que no impide la inmatriculacion, el Informe Tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0102008-VIVIENDA, establece que la inmatriculacion de la MORDAZA de Playa Protegida y de los terrenos de propiedad estatal ubicados en la MORDAZA de Dominio Restringido en el Registro de Predios, se efectuara mediante Resolucion de la SBN; Que, el articulo 39º del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008VIVENDA, dispone que la inmatriculacion en el Registro de Predios de los predios ubicados en MORDAZA de playa y de los terrenos de propiedad estatal ubicados en las MORDAZA de dominio restringido corresponde a la SBN, la que debera disponerse mediante resolucion, y que conjuntamente con la memoria descriptiva y el plano perimetrico ­ ubicacion que la sustente, constituyen titulo su ciente para todos los efectos legales; Que, el terreno precitado se situa en MORDAZA de dominio restringido que constituye bien de dominio publico, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 169 476,12 m² de conformidad con los articulos 38º y 39º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, concordado con el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 010-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 0112002/SBN, modi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los literales a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia de la SBN, asi como emitir resoluciones en materias de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modi catorias, y el Decreto Supremo Nº 010-2008VIVIENDA; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 016-2013/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 08 de marzo de 2013; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 169 476,12 m², ubicado en la MORDAZA denominada "Playa de Chilca", distrito de MORDAZA, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo 1º , en el Registro de Predios de la O cina Registral de Canete. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 910756-1

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