Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2013 (22/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de marzo de 2013

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan representantes de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria SUNAT ante diversas autoridades y dejan sin efecto la Resolucion de Superintendencia Nº 016-2008/SUNAT y modificatorias
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 102-2013/SUNAT
MORDAZA, 21 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Superintendencia N.° 016-2008/SUNAT, modificada por Resoluciones de Superintendencia N.os 206-2009/SUNAT y 264-2010/ SUNAT, se designaron representantes de la SUNAT para apersonarse en los procedimientos en materias administrativa, conciliatoria, arbitral y penal, entre otros; asi como para defender a los trabajadores que MORDAZA emplazados por el ejercicio de sus funciones, ante el Ministerio Publico y/o cualquier autoridad policial, politica, administrativa o judicial; Que el literal j) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM y modificatorias, dispone que el Superintendente Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria podra, mediante Resolucion de Superintendencia, designar a las personas que, en nombre y representacion de la SUNAT, podran presentarse y actuar ante cualquier autoridad para defender los intereses y derechos de la institucion y de sus trabajadores emplazados por el ejercicio de sus funciones; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto la Resolucion de Superintendencia Nº 016-2008/SUNAT y modificatorias, asi como actualizar la relacion de los representantes de la SUNAT ante diversas autoridades; En uso de las atribuciones conferidas en los incisos j) y u) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Designar como representantes de la SUNAT para apersonarse en los procedimientos en materias administrativa, conciliatoria, arbitral y penal, entre otros, a las siguientes personas: - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Uriel. - MORDAZA MORDAZA, Deltha Rosario. - Cabos MORDAZA, MORDAZA Erich. - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Roney. - Guanilo MORDAZA, MORDAZA del Pilar. - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Edilberto. - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Cesar. - MORDAZA de la MORDAZA, MORDAZA Mariella. - MORDAZA MORDAZA, Joseph. - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Wadilmer. - MORDAZA Buenano, MORDAZA Eugenio. - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Fidencio. - MORDAZA Cifuentes, Luz Patricia. - Sanez MORDAZA, MORDAZA Freddy. - Schreiber MORDAZA, MORDAZA Fausto. - Shimabukuro Morikone, Roberto. - Tribeno MORDAZA, MORDAZA Luis. - MORDAZA Malaga, MORDAZA Leonardo. - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Daniela. - MORDAZA Orrillo, MORDAZA Angel. - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Julia. Articulo 2°.- Las personas designadas en el articulo anterior podran, actuando individual o colectivamente:

2.1 Apersonarse en los procedimientos que correspondan, con las facultades y atribuciones siguientes: a) En materia administrativa y laboral: Presentar y ampliar, modificar y contestar escritos, participar en diligencias de toma de dicho, en inspecciones laborales que pudiera efectuar la autoridad de trabajo y en general, presentar todo MORDAZA de peticiones, recursos y similares. b) En materia conciliatoria y arbitral: Asistir a conciliaciones extrajudiciales y conciliar en ellas, formular pretensiones, y en general, presentar o contestar todo MORDAZA de peticiones, quejas, recursos y similares. 2.2 Ejercer las acciones relativas a la defensa legal de los servidores y funcionarios de la SUNAT, emplazados con ocasion del ejercicio de sus funciones. A tales efectos, los representantes a que se refiere el articulo 1° de la presente resolucion podran intervenir en todas las diligencias dispuestas por el Ministerio Publico. Asimismo, cuando corresponda, podran presentar todo MORDAZA de peticiones, recursos impugnativos, promover incidentes, deducir cuestiones previas, cuestiones prejudiciales, excepciones y, en general, ejercer todas las acciones que las normas procesales y similares permitan, en nombre de sus defendidos. Articulo 3°.- El Intendente y el Gerente de Reclamos de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, el Intendente MORDAZA, los Intendentes Regionales, los Intendentes de Aduanas, los Jefes de Oficinas Zonales, el Gerente de Reclamaciones y los Jefes de Division de la Gerencia de Reclamaciones de la Intendencia MORDAZA, los Gerentes de Soporte Administrativo, los Jefes de las Oficinas de Soporte Administrativo, los Jefes de las Secciones de Soporte Administrativo, los Jefes de Division y Departamento de Asesoria Legal de las Intendencias de Aduanas o quienes MORDAZA sus veces, tienen la condicion de representantes y estan premunidos de las facultades senaladas en el articulo precedente, siempre que estas MORDAZA ejercidas en defensa de los intereses de la SUNAT y de sus trabajadores que MORDAZA emplazados en el ejercicio regular de sus funciones. Articulo 4°.- Para conciliar extrajudicialmente cuando corresponda, los representantes indicados en los articulos 1° y 3° de esta Resolucion requeriran, previa opinion favorable del Intendente Nacional de Asesoria Legal Interna, autorizacion escrita del Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos, del Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas o del Superintendente Nacional Adjunto de Administracion Interna, segun corresponda, quienes deberan informar de este hecho al Superintendente Nacional. Articulo 5°.- Dejar sin efecto la Resolucion de Superintendencia N.° 016-2008/SUNAT y sus modificatorias. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional (e)

915438-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Habilitan a diversas personas naturales para ejercer el cargo de Martillero Publico durante el ano 2013
MORDAZA REGISTRAL Nº IX - SEDE MORDAZA RESOLUCION JEFATURAL Nº 181-2013-SUNARP-Z.R.Nº IX/JEF
MORDAZA, 19 de marzo de 2013 VISTO, el Informe Nº 001-2013-SUNARP-Z.R.N° IXGBM-RM de fecha 19 de febrero del 2013; y,

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