Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2013 (22/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de marzo de 2013

de Huayucachi, Provincia de Huancayo y Region Junin; en ese sentido y considerando lo establecido en el Art. 60° del Reglamento, la Resolucion que modifica la autorizacion, debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, por haberse producido la variacion del contenido de la autorizacion; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; toda vez, que presenta vias adecuadas para funcionar como circuito de manejo apropiado para instruir a los postulantes a obtener una licencia de conducir; Que, mediante Informe de Inspeccion Ocular N° 019-2012-MTC/15.EAS de fecha 20 de diciembre de 2012, se concluye que realizada la inspeccion ocular al circuito de practicas de manejo propuesto por la Escuela de Conductores Integrales, cumple con lo establecido en el literal g) del articulo 43° del numeral 43.3 de El Reglamento; toda vez, que presenta vias adecuadas para funcionar como circuito de manejo apropiado para instruir a los postulantes a obtener una licencia de conducir; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 131-2013MTC/15.03.A.A, procede emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.-Autorizar a la empresa denominada CENTRO DE ENSENANZA Y CAPACITACION MORDAZA HORIZONTE S.A.C.,, la modificacion de los terminos de su autorizacion contenida en la Resolucion Directoral Nº 4051-2012-MTC/15, cambiando el domicilio de su circuito de manejo, la misma que se ubica en: Barrio Colpa, Distrito de Huayucachi, Provincia de Huancayo y Region Junin. Articulo Segundo.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificacion, Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Tercero.- Remitir a la Direccion de Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias ­ SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; asi como encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada CENTRO DE ENSENANZA Y CAPACITACION MORDAZA HORIZONTE S.A.C., los gastos que origine su publicacion. Articulo Quinto.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral N° 171-2013-MTC/15 de fecha 09 de enero de 2013. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 913576-1

Autorizan a la Escuela de Conductores Integrales Centro de Educacion Tecnico Productiva Virgen del MORDAZA Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada a impartir cursos de capacitacion para obtener licencia de conducir
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1040-2013-MTC/15 MORDAZA, 4 de marzo de 2013 VISTOS: El Parte Diario Nº 022012, presentado por la empresa denominada CENTRO DE EDUCACION TECNICO PRODUCTIVA VIRGEN DEL MORDAZA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA CETPRO VIRGEN DEL MORDAZA S.R.L.; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el articulo 51º del referido texto legal, que senala los requisitos documentales; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 050-2013MTC/15 de fecha 03 de enero de 2013, se autorizo a la empresa denominada CENTRO DE EDUCACION TECNICO PRODUCTIVA VIRGEN DEL MORDAZA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - CETPRO VIRGEN DEL MORDAZA S.R.L., con RUC Nº 20450594483 y con domicilio en Urb. MORDAZA MORDAZA Av. Machupicchu J-10 Ambiente Nº 3, Distrito, Provincia y Departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir; Que, mediante Parte Diario Nº 022012 de fecha 20 de febrero de 2013, La Escuela solicita autorizacion para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir Clase A Categoria I; Que, la Octava Disposicion Complementaria Final del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, ademas de capacitar a los conductores de las clases A categoria II y III y Clase B categoria II-c, podran impartir cursos de capacitacion a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento bajo comento y cuenten con la autorizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el primer parrafo del articulo 61º del Reglamento dispone que procede la solicitud de modificacion de autorizacion de la Escuela de Conductores, cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos, indicados en el articulo 53º de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 175-2013MTC/15.03.A.A, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444

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