Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2013 (26/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 26 de marzo de 2013

Administracion para el Desarrollo (CLAD), con cargo al presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo establecido en el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Presidencia del Consejo de Ministros a efectuar el pago de US$ 37,800.00 (Treinta y Siete Mil Ochocientos y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) al Centro Latinoamericano de Administracion para el Desarrollo (CLAD), correspondiente a la contribucion anual 2013. Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores

Latinoamericana de Desarrollo Pesquero ­ OLDEPESCA, correspondiente a la cuota del ano 2013. Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de la Produccion. Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores

916973-9 RESOLUCION SUPREMA Nº 070-2013-RE
MORDAZA, 25 de marzo de 2013 VISTO: El Oficio N° 014-2013-MEM-OGP de fecha 18 de enero de 2013 del Ministerio de Energia y Minas, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la contribucion del ano 2013 a la Organizacion Latinoamericana de Energia (OLADE); CONSIDERANDO: Que, el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el pago del aporte anual a la Organizacion Latinoamericana de Energia (OLADE), con cargo al presupuesto del Ministerio de Energia y Minas; De conformidad con lo establecido en el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Ministerio de Energia y Minas, a efectuar el pago de US$ 38,040.08 (TREINTA Y OCHO MIL CUARENTA Y 08/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) a la Organizacion Latinoamericana de Energia (OLADE), correspondiente a la contribucion del ano 2013. Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Energia y Minas. Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores

916973-8 RESOLUCION SUPREMA Nº 069-2013-RE
MORDAZA, 25 de marzo de 2013 VISTO: El Oficio Nº 305-2013-PRODUCE/SG de fecha 11 de marzo de 2013, de la Secretaria General del Ministerio de la Produccion, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de las cuotas correspondientes al ano 2013, a la Comision Interamericana del Atun Tropical ­ CIAT y a la Organizacion Latinoamericana de Desarrollo Pesquero - OLDEPESCA; CONSIDERANDO: Que, el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el pago de las cuotas correspondientes al ano 2013, a la Comision Interamericana del Atun Tropical ­ CIAT y a la Organizacion Latinoamericana de Desarrollo Pesquero ­ OLDEPESCA, con cargo al presupuesto del Ministerio de la Produccion; De conformidad con lo establecido en el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Ministerio de la Produccion a efectuar el pago de US$ 49,692.00 (CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) a la Comision Interamericana del Atun Tropical ­ CIAT, correspondiente a la cuota del ano 2013; y de US$ 49,465.00 (CUARENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) a la Organizacion

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