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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2013 (26/03/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 26 de marzo de 2013 491627 ANEXO 01: 00-Recursos Ordinarios S/. 115’892,047.00 ANEXO 02: 00-Recursos Directamente Recaudados S/. 158,429.00 TOTAL S/. 116’050,476.00 Artículo 2°.- Aprobar la liquidación de la producción neta del mes de enero 2013 por VEINTINUEVE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL TREINTA Y SIETE Y 98/100 NUEVOS SOLES (S/. 29’662,037.98), detallada en el Anexo 03 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Aprobar el pago directo como subsidio por sepelio a nivel nacional por la suma total de TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UNO Y 65/100 NUEVOS SOLES, (S/. 3’383,331.65) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00-Recursos Ordinarios y 09-Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de marzo 2013, de acuerdo al siguiente detalle: 00-Recursos Ordinarios S/. 3’375,981.65 09-Recursos Directamente Recaudados S/. 7,350.00 TOTAL S/. 3’383,331.65 Artículo 4°.- El Titular del Pliego del Gobierno Regional aprueba la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático, mediante Resolución Ejecutiva Regional y en el caso del Gobierno Nacional por Resolución Ministerial, respetando los montos de los programas presupuestarios estratégicos, dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución. La Resolución Ejecutiva Regional o Resolución Ministerial deberá ser publicada dentro de los cinco (5) días de aprobada en la página web del Gobierno Regional o del Ministerio de Salud. Con relación a los programas no estratégicos deberá considerarse su incorporación de acuerdo con las prioridades de salud en su Región, la programación de actividades en el Plan Operativo de cada Unidad Ejecutora y en el marco de la normatividad vigente. Artículo 5°.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; así como publicar en el portal institucional, http:// www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html, el texto de la presente Resolución y los Anexos 01, 02 y 03. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS Jefe del Seguro Integral de Salud (e) 916590-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Designan Vocales Titulares y declaran desierto proceso de selección de plazas de Vocal Titular y Suplente para la Sala 2 del Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energía y Minería - TASTEM RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 038-2013-OS/CD Lima, 12 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 067- 2007-OS/CD, se aprobó el Reglamento del los Órganos Resolutivos de OSINERGMIN que rige el funcionamiento del Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energía y Minería – TASTEM, tribunal administrativo que en segunda y última instancia se encarga de atender principalmente las apelaciones inherentes a sanciones y multas impuestas por los diversos órganos funcionales de OSINERGMIN; Que, posteriormente, mediante resoluciones del Consejo Directivo números 477-2008-OS/CD, 175-2010- OS/CD y 227-2012-OS/CD, el Consejo Directivo aprobó modifi caciones al antes mencionado Reglamento de los Órganos Resolutivos de OSINERGMIN; Que, el próximo 16 de marzo de 2013 se cumplirá el período de vigencia de dos (2) de los Vocales integrantes del TASTEM, siendo que además existen otras (2) plazas de Vocal vacantes en razón de la renuncia de los profesionales que las ocuparon, resultando por tanto necesario que el Consejo Directivo de OSINERGMIN se pronuncie sobre las cuatro (4) plazas de Vocal vacantes a fi n de que el mencionado órgano continúe operando con normalidad luego de la citada fecha; Que, en atención a lo señalado en el considerando anterior, se designó un Comité que elaboró las Bases para el Proceso de Selección de Vocales y que, además, se encargo de convocar de forma pública a los interesados en participar en el citado proceso, mediante publicaciones efectuadas simultáneamente con fecha 3 de febrero de 2012 en el diario “El Comercio”, así como en el Portal Web de OSINERGMIN; Que, el referido Comité evaluó conforme a las Bases del Proceso a los postulantes, presentando un listado de fi nalistas al Consejo Directivo de OSINERGMIN, a efectos de que dicho órgano adopte una decisión respecto al nombramiento de los Vocales del TASTEM; Que, el Presidente del Consejo Directivo se inhibió de participar en la selección correspondiente a las plazas vacantes de la Categoría 3 Vocal Ingeniero del TASTEM, por lo que la evaluación y decisión sobre las mismas correspondió a los otros tres (3) integrantes del Consejo Directivo; Que luego de realizada su propia evaluación de los postulantes fi nalistas, el Consejo Directivo ha considerado pertinente designar únicamente a dos (2) Vocales en la Categoría 3 Vocal Ingeniero del TASTEM, por un período de dos (2) años, quedando desierto el concurso en lo que se refi ere a la tercera plaza vacante de dicha categoría así como de la plaza correspondiente a la Categoría 4 Vocal Suplente Abogado TASTEM; Que adicionalmente, resulta oportuno consignar en la presente resolución, los períodos de vigencia de los otros seis (6) Vocales de TASTEM, designados por el Consejo Directivo de OSINERGMIN mediante Resoluciones número 205-2011-OS/CD y 149-2012-OS/CD; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054- 2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar como Vocales Titulares del Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energía y Minería – TASTEM, por un período de dos (2) años, a los profesionales que se detalla a continuación: Sala 1: Ingeniero Salvador Rómulo Salcedo Barrientos. Sala 2: Ingeniero Alfredo Juan Carlos Dammert Lira. Artículo 2.- Declarar desierto el proceso de selección en lo concerniente a la selección de una plaza de Vocal Titular de profesión Ingeniero y de un Vocal Suplente de profesión Abogado, ambos para la Sala 2 del TASTEM. Artículo 3.- La vigencia del nombramiento de los actuales Vocales del TASTEM, de conformidad con lo establecido en las Resoluciones del Consejo Directivo N° 205-2011-OS/CD y N° 149-2012-OS/CD, se mantendrá en sus términos originales: Hasta el 17 de noviembre de 2013 de los siguientes profesionales: