Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2013 (02/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Sabado 2 de noviembre de 2013

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del Infractor y los cursos de Recategorizacion y Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias II y III; en consecuencia, procedase a su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes terminos: Denominacion de la Escuela: SOBRE RUEDAS DEL SUR EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ­ SOBRE RUEDAS DEL SUR E.I.R.L. Clase de Integrales. Escuela: Escuela de Conductores

Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales; Que, mediante Parte Diario N° 074916 de fecha 21 de junio de 2012, la empresa denominada SOBRE RUEDAS DEL SUR EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ­ SOBRE RUEDAS DEL SUR E.I.R.L., con RUC N° 20532854815 domicilio fiscal en la Urbanizacion Cerro San MORDAZA Mz. D ­ Lote 09, Distrito de MORDAZA, Provincia Mariscal MORDAZA, Departamento de MORDAZA, en adelante La Empresa, presenta solicitud sobre autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la clase A categorias II y III y clase B categoria II- c; asimismo senala que tambien brindara el curso de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los cursos de Recategorizacion y Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias II y III; Que, mediante Resolucion Directoral N° 2904-2012MTC/15 de fecha 03 de agosto de 2012, notificada el 09 de agosto de 2012, se declaro improcedente lo solicitado por la recurrente; Que, mediante Resolucion Viceministerial N° 1512013-MTC/02 de fecha 06 de junio de 2013, se declaro la nulidad de la Resolucion Directoral N° 2904-2012-MTC/15, de acuerdo a lo senalado en el numeral 2 del Art. 10° de la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, retrotrayendo el procedimiento hasta el estado de requerir a La Empresa la subsanacion de las omisiones incurridas en la solicitud; Que, conforme a lo expuesto y tras un MORDAZA estudio de la documentacion presentada, se emitio el Oficio Nº 5557-2013-MTC/15.03, notificado el 15 de agosto de 2013, mediante el cual se comunico a La Empresa las observaciones advertidas a fin de que proceda a subsanarlas, otorgandole para tal efecto un plazo de diez (10) dias habiles, lo cual fue respondido mediante el Parte Diario N° 124282 y Expediente N° 2012-052791-B; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante el Informe N° 013-2013-MTC/15.jvp, se remite el Acta de Inspeccion Ocular, del cual se advierte que la inspeccion fue realizada en los locales propuestos por La Empresa donde la inspectora concluye que cumple con lo establecido en el numeral 43.3 del articulo 43° del Decreto Supremo 040-2008-MTC y sus modificatorias; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 1524-2013MTC/15.03.A.A.ec, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la empresa denominada SOBRE RUEDAS DEL SUR EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ­ SOBRE RUEDAS DEL SUR E.I.R.L., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la clase A categorias II y III y clase B categoria II-c, asi como los cursos de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion

Ubicacion del Establecimiento: OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSENANZA, TALLER DE INSTRUCCION TEORICO ­ PRACTICO DE MECANICA - AREA DE RECEPCION E INFORMACION Y CIRCUITO DE MANEJO Urbanizacion MORDAZA E. Valcarcel Manzana 36 Lote 05, frente a la MORDAZA 5, Distrito y Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua. CIRCUITO DE MANEJO Autorizacion otorgada por la Municipalidad Distrital de Pacocha, para el uso de vias de manejo de la Av. El Malecon y alrededores de la Mz. N° 10 entre las calles El Roble y Los Sauces, ubicadas en la Asociacion Pro Vivienda MORDAZA MORDAZA, detras de La Plataforma de la MORDAZA Acustica, Distrito de Pacocha, Provincia IIo, Departamento de Moquegua. Plazo de Autorizacion: Cinco (5) anos, computados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. HORARIO DE ATENCION: Lunes a MORDAZA de 08:00 horas a 23:00 horas. PROGRAMA DE ESTUDIOS Cursos generales: a) Ensenanza de las normas del Reglamento Nacional de Transito. b) Tecnicas de conduccion a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conduccion de un vehiculo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como: clima, MORDAZA de MORDAZA, geografia, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehiculo motorizado que corresponda a la respectiva clasificacion de licencia de conducir. d) Sensibilizacion sobre accidentes de MORDAZA, que debe de incluir la informacion estadistica sobre accidentalidad, los danos que estos ocasionan y la forma de prevenirlos asi como la proyeccion filmica o documental de casos sobre accidentes de MORDAZA y sus secuelas. e) Primeros auxilios y protocolo de actuacion en casos de accidente de transito. f) Mecanica automotriz basica. g) Normas sobre limites maximos permisibles de emisiones de gases contaminantes en vehiculos. Cursos especificos para realizar el servicio de transporte de personas: a) Urbanidad y trato con el usuario. b) Principios de Salud ocupacional aplicados al transporte. c) Ensenanza de las normas de seguridad y calidad que regulan la prestacion del servicio de transporte de personas. d) Ensenanza de las normas sobre clasificacion vehicular, caracteristicas y requisitos tecnicos vehiculares relativos a los vehiculos del servicio de transporte de personas. e) Pesos y dimensiones vehiculares maximos permitidos para vehiculos de transporte de personas, tolerancias en el pesaje, bonificaciones y regimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Mecanica Automotriz avanzada segun la categoria del vehiculo que corresponda. g) Uso de la tecnologia aplicable al transporte de personas.

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