Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2013 (02/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 504 884,47 m², ubicado a la altura de la desembocadura del rio Tumbes, al Norte del Fundo Huaquillas, en el distrito, provincia y departamento de Tumbes; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº I - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Tumbes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal

El Peruano Sabado 2 de noviembre de 2013

1008519-1 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 181-2013/SBN-DGPE-SDAPE
San MORDAZA, 28 de octubre de 2013 Visto, el Expediente Nº 446-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 75 150,66 m², ubicado al Nor Oeste de Chala, a la altura del Km. 616 de la Carretera Panamericana Sur, en el distrito de Chala, provincia de Caraveli, departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno eriazo de 75 150,66 m², ubicado al Nor Oeste de Chala, a la altura del Km. 616 de la Carretera Panamericana Sur, en el distrito de Chala, provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, mediante Informe Tecnico Nº 2012-2013Z.R.NºXII/OC-BC de fecha 22 de MORDAZA de 2013 la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral Nº XII-Sede MORDAZA, senala que sobre el terreno en consulta no se encuentra registrada y/o actualizada en la base grafica; asimismo informa que se encuentra sobre MORDAZA de playa de propiedad del Estado; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 02 de octubre de 2013 se observo que el terreno se encuentra dentro de MORDAZA de playa protegida, el cual exterioriza una topografia ligeramente plana con una pendiente aproximada menor al 5% y un suelo de composicion arenosa, asimismo presenta ocupaciones parciales de terceros, encontrandose caseta de MORDAZA prefabricada y algunas pequenas ocupaciones precarias, hallandose el resto desocupado; Que, el articulo 8º del Decreto Supremo Nº 050-2006EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 26856 ­ Ley de Playas, establece como "Zona de Playa Protegida" a la extension superficial que comprende tanto el area de playas del litoral de la Republica como la MORDAZA de dominio restringido; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 010-2008VIVIENDA, establece que la inmatriculacion de la MORDAZA de Playa Protegida y de los terrenos de propiedad estatal ubicados en la MORDAZA de Dominio Restringido en el Registro de Predios, se efectuara mediante Resolucion de la SBN; Que el articulo 39º del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVENDA, dispone que la inmatriculacion en el Registro de Predios de los predios ubicados en MORDAZA de playa y de los terrenos de propiedad estatal ubicados en las MORDAZA de dominio restringido corresponde a la SBN, la que debera disponerse

mediante resolucion, y que conjuntamente con la memoria descriptiva y el plano perimetrico ­ ubicacion que la sustente, constituyen titulo suficiente para todos los efectos legales; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; Que, el terreno en cuestion se situa en MORDAZA de playa protegida que constituye bien de dominio publico, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 75 150,66 m² de conformidad con los articulos 38º y 39º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA, concordado con el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 010-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 0012002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los literales a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia de la SBN, asi como emitir resoluciones en materias de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº007-2008-VIVIENDA y modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 010-2008VIVIENDA; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0234-2013/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 26 de octubre de 2013; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 75 150,66 m², ubicado al Nor Oeste de Chala, a la altura del Km. 616 de la Carretera Panamericana Sur, en el distrito de Chala, provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº XII - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Arequipa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal

1008519-2 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 182-2013/SBN-DGPE-SDAPE
San MORDAZA, 28 de octubre de 2013 Visto el Expediente Nº 079-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 392.00 m², ubicado en la MORDAZA Nº2, Manzana F Lote Nº1, Sector MORDAZA Coplay, en el distrito de Torata, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los

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