Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2013 (02/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Sabado 2 de noviembre de 2013

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EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISION DE ENTIDADES VISTO: El Expediente Nº 2013024199, referido a la solicitud de autorizacion para organizar una sociedad agente de bolsa denominada Renta 4 Sociedad Agente de Bolsa S.A., iniciado por Renta 4 Banco S.A. y la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como organizadores, asi como el Informe Nº 979-2013-SMV/10.2 de fecha 11 de octubre de 2013; CONSIDERANDO: Que, el articulo 168º de la Ley del MORDAZA de Valores, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 861 y sus modificatorias, senala que para desempenarse como agente de intermediacion se requiere la autorizacion de organizacion y funcionamiento expedida por la Superintendencia del MORDAZA de Valores, quien determinara los requisitos correspondientes, mediante disposiciones de caracter general; Que, el articulo 3º del Reglamento de Agentes de Intermediacion, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 045-2006-EF/94.10 y sus modificatorias, establece los requisitos que se deben acompanar a la solicitud de organizacion de un agente de intermediacion, la cual debe ser presentada cuando menos por el minimo de personas naturales o juridicas necesarias para constituir una sociedad anonima; Que, mediante comunicaciones remitidas hasta el 11 de setiembre de 2013 Renta 4 Banco S.A. y la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicitaron autorizacion para la organizacion de una sociedad agente de bolsa que se denominara Renta 4 Sociedad Agente de Bolsa S.A.; Que, de acuerdo con la informacion presentada, los organizadores mencionados en el parrafo precedente tendran una participacion accionaria de 99,9999% y 0,0001%, respectivamente, en la sociedad agente de bolsa que se desea organizar; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion presentada se ha determinado que los organizadores de la sociedad agente de bolsa a ser denominada Renta 4 Sociedad Agente de Bolsa S.A. han cumplido con los requisitos para la obtencion de la autorizacion de organizacion establecidos en el Reglamento de Agentes de Intermediacion, asi como a lo establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de MORDAZA de Valores, aprobado por Resolucion de Superintendente Nº 091-2012-SMV/02 y sus modificatorias; tal como se desarrolla en el Informe Nº 979-2013-SMV/10.2 de la Intendencia General de Supervision de Entidades; Que, asimismo, al no haberse presentado objeciones a la formacion de la sociedad agente de bolsa o a las personas que la organizan, dentro del plazo establecido por el articulo 5 del Reglamento de Agentes de Intermediacion, corresponde otorgar la autorizacion solicitada; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 168º de la Ley del MORDAZA de Valores y el articulo 38, numeral 5, inciso i del Reglamento de Organizacion y Funciones de esta Superintendencia, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 216-2011-EF. RESUELVE:

OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3º, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM; en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 0542001-PCM; en la Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energetica en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusion Social Energetico, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2012-EM; y en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSINERGMIN en su Sesion Nº 34-2013. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribucion Electrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balon de gas, de acuerdo con lo siguiente:
Empresa Electro Dunas Electro Oriente Electro MORDAZA Electro Sur Este Electronoroeste Electronorte Electrosur Emsemsa Emseusac Hidrandina Luz del Sur Seal Sersa TOTAL Monto total a reconocer por OSINERGMIN (Nuevos Soles) 6 333,28 85 345,05 109 751,78 102 903,91 206 348,27 82 843,96 20 615,16 1 475,00 5 551,00 56 230,92 15 040,55 27 853,53 2 889,20 723 181,61

Articulo 2º.- A efectos de los reembolsos de los gastos reconocidos en la presente resolucion, la instruccion de orden de pago al fiduciario a que se hace referencia en el numeral 7.4 del articulo 7º de la Resolucion OSINERGMIN Nº 034-2013-OS/CD, la realizara el Jefe de Proyecto FISE e informara al Consejo Directivo de OSINERGMIN. Articulo 3º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada conjuntamente con los Informes Nº 460-2013-GART y Nº 455-2013-GART en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN

1008711-2

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Otorgan autorizacion para la organizacion de la sociedad agente de bolsa denominada Renta 4 Sociedad Agente de Bolsa S.A.
RESOLUCION DE INTENDENCIA GENERAL DE SUPERVISION DE ENTIDADES Nº 120-2013-SMV/10.2
MORDAZA, 14 de octubre de 2013

Articulo 1º.- Otorgar a Renta 4 Banco S.A. y la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, autorizacion para la organizacion de la sociedad agente de bolsa denominada Renta 4 Sociedad Agente de Bolsa S.A. Articulo 2º.- La autorizacion de organizacion a que se refiere el articulo precedente tendra una vigencia improrrogable de un (01) ano a partir de la notificacion de la presente resolucion. Articulo 3º.- La presente resolucion no autoriza el inicio de actividades de intermediacion hasta que la Superintendencia del MORDAZA de Valores expida la autorizacion de funcionamiento respectiva y se cumplan los requisitos establecidos en el articulo 11 del Reglamento de Agentes de Intermediacion. Articulo 4º.- La presente resolucion debera publicarse en el diario oficial El Peruano en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles. Articulo 5º.- Disponer la difusion de la presente resolucion en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob. pe).

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