Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2013 (13/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Miercoles 13 de noviembre de 2013

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documentos siguientes: a) MORDAZA simple del Documento Nacional de Identidad de MORDAZA MORDAZA Ghiglino Fabiel y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, emitidos el 15 de agosto de 2006 y 11 de agosto de 2010, respectivamente (fojas 22 y 23); b) MORDAZA simple de la Partida Electronica Nº 70354262 del Registro de Predios de la MORDAZA Registral IX - Oficina Registral Callao, emitida el 26 de diciembre de 2011 (foja 37); c) MORDAZA de la opinion y permiso de la Division de Ornato, Saneamiento Ambiental y Asuntos Agropecuarios de la Municipalidad Distrital de Ventanilla del 05 de octubre de 1990 (fojas 04 y 237); d) Fotografias sin fecha, que, segun manifiestan "los administrados", muestran la evolucion de los trabajos para obtener el area MORDAZA actual del predio (foja 05); e) Certificado de Zonificacion y Vias Nº 058-2010-MPC-CGDU-GPUC del 28 de MORDAZA de 2010 (foja 19); y, f) Plano perimetrico de la extension materia de interes de los administrados, del cual forma parte "el predio" (foja 24). 4. Que, el presente procedimiento administrativo se encuentra regulado en el articulo 74º del "Reglamento", segun el cual, los bienes de dominio privado estatal pueden ser objeto de compraventa solo bajo la modalidad de subasta publica y, excepcionalmente, por compraventa directa. Cabe precisar, que uno de los supuestos para su procedencia e invocados por los "administrados" es el literal c) del articulo 77º del citado "Reglamento", a saber: "(...) c) Con posesion consolidada, encontrandose el area delimitada en su totalidad, con obras civiles, que este siendo destinado para fines habitacionales, comerciales, industriales, educativos, recreacionales u otros, en la mayor parte del predio, compatibles con la zonificacion vigente; y, ademas se cuente con los documentos que acrediten indubitablemente que el solicitante viene ejerciendo su posesion desde MORDAZA del 25 de noviembre de 2010, fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 29618, "Ley que establece la presuncion de que el Estado es poseedor de los inmuebles de su propiedad y declara imprescriptibles los bienes inmuebles de dominio privado estatal", siempre que no se encuentre comprendido en otros supuestos de compraventa regulada por normas especiales de competencia de otras entidades. (...)". 5. Que, el referido procedimiento administrativo ha sido desarrollado por la Directiva Nº 003-2011/SBN, aprobada por Resolucion Nº 020-2011-SBN, publicada el 10 de MORDAZA de 2011 (en adelante la Directiva), cuyos requisitos se encuentran previstos en el numeral 16º del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2012-VIVIENDA, publicado el 31 de diciembre de 2012 (en adelante MORDAZA de la SBN). En ese sentido, de acuerdo con el numeral 3.1) de la "Directiva", "los administrados" deberan adjuntar al momento de la MORDAZA de su solicitud, los documentos siguientes: "(...) a) La Indicacion de la entidad publica a la cual se dirige. b) Nombres y apellidos completos, domicilio y numero de Documento Nacional de ldentidad o carne de extranjeria del administrado, y en su caso, la calidad de representante y de la persona natural o juridica a quien represente c) La expresion concreta de lo pedido, indicando el area, ubicacion del predio y la causal de venta a la que se acoge establecida en el Articulo 77º del Reglamento u otra MORDAZA legal. d) Lugar, fecha, firma o huella digital, en caso de no saber firmar o estar impedido. e) MORDAZA legible del Documento Nacional de Identidad si es persona natural y, en su caso, del representante o si es persona juridica, MORDAZA de la partida registral donde consta inscrita su constitucion y certificado de vigencia de poder de su representante legal, asi como MORDAZA del Documento Nacional de Identidad de este. f) Plano perimetrico - ubicacion en coordenadas UTM, a escala, apropiada, autorizado por ingeniero o arquitecto colegiado.

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Aprueban venta directa por causal de posesion de predios ubicados en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao
SUBDIRECCION DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCION Nº 079-2013/SBN-DGPE-SDDI MORDAZA, 31 de octubre de 2013 VISTO: El Expediente Nº 005-2012/SBN-SDDI que contiene la tramitacion de la solicitud presentada el 02 de noviembre de 2011 por MORDAZA MORDAZA GHIGLINO FABIEL y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante la cual solicitan la venta directa del predio denominado Parcela "A1", actual Sub Lote "A-1", ubicado en la urbanizacion MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, con un area total de 94,11 m², inscrito a favor del Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en la Partida Electronica Nº 70354262 del Registro de Predios de la MORDAZA Registral IX - Oficina Registral Callao, y registrado con el Codigo SINABIP Nº 2124 de la Provincia Constitucional del Callao, en adelante "el predio"; y, CONSIDERANDO: 1. Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, en virtud de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobada por la Ley Nº 29151, publicada el 14 de diciembre de 2007 (en adelante la Ley), Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, publicado el 20 de febrero de 2007, que adscribe a la SBN al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, publicado el 15 de marzo de 2008, modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2012-VIVIENDA, publicado el 03 de junio de 2012 (en adelante el "Reglamento") y el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM, publicado el 05 de MORDAZA de 2001, que actualiza la calificacion y relacion de los organismos publicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, es el Organismo Publico Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, que en su calidad de Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales es responsable de normar los actos de adquisicion, disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion esta a su cargo y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social. 2. Que, de acuerdo con lo previsto por los articulos 47º y 48º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, publicado el 22 de diciembre de 2010 (en adelante el ROF de la SBN), la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario es el organo competente en primera instancia, para programar, aprobar y ejecutar los procesos operativos relacionados con los actos de disposicion de los bienes estatales bajo la competencia de la SBN. 3. Que, mediante escrito del 02 de noviembre de 2011, MORDAZA MORDAZA Ghiglino Fabiel y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (en delante "los administrados"), han solicitado la venta directa de "el predio", sustentando su pretension en el literal c) del articulo 77 del "Reglamento", en la medida que, ­segun dicen­, se encuentra en posesion pacifica, continua y permanente desde aproximadamente el ano 1990 (fojas 02). Para tales efectos, adjuntaron los

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