Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2013 (13/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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Directivo de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud -SUNASA, designado mediante Resolucion Suprema N° 021-2010-SA y designar al profesional que lo reemplazara; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 008-2010SA; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; y en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar la renuncia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA Saponara como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, en representacion del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mogrovejo, como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud SUNASA, en representacion del Ministerio de Salud. Articulo 3°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1013292-7

El Peruano Miercoles 13 de noviembre de 2013

VIVIENDA
Establecen disposiciones para el desembolso del MORDAZA Familiar Habitacional y el Ahorro en la Modalidad de Aplicacion de Construccion en Sitio Propio, unicamente para efectos de la Convocatoria aprobada por R.M. N° 3012012-VIVIENDA y ampliada mediante R.M. N° 071-2013-VIVIENDA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 283-2013-VIVIENDA MORDAZA, 12 de noviembre de 2013 VISTO, el Informe Nº 277-2013/VIVIENDA/VMVUDNV de fecha 04 de noviembre de 2013, emitido por la Direccion Nacional de Vivienda, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27829, se creo el MORDAZA Familiar Habitacional - BFH, como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el mismo que se otorga en los ambitos MORDAZA y rural, por una sola vez al grupo familiar beneficiario, sin cargo de restitucion por parte de estos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro y esfuerzo constructor; el cual se destina exclusivamente a la adquisicion, construccion en sitio propio o mejoramiento de una vivienda de interes social; Que, con Resolucion Ministerial N° 054-2002VIVIENDA, se declaro de utilidad publica la creacion y desarrollo del Proyecto Techo Propio con el objetivo de promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan a los sectores populares el acceso a una vivienda MORDAZA y estimular la participacion del sector privado en la construccion de viviendas de interes social;

Que, de acuerdo con el articulo 22 del Reglamento Operativo para acceder al MORDAZA Familiar Habitacional para las Modalidades de Aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, aprobado con Resolucion Ministerial N° 102-2012-VIVIENDA, modificado por la Unica Disposicion Complementaria Modificatoria de la Resolucion Ministerial N° 096-2013VIVIENDA, el desembolso es el procedimiento mediante el cual se transfiere los recursos del BFH y del Ahorro, a la Entidad Tecnica o a la Entidad del Sistema Financiero y Seguros, segun corresponda, en el supuesto que se presenten las garantias que establece el articulo 23 de dicho Reglamento, para la cancelacion del valor que irrogue la Construccion en Sitio Propio o Mejoramiento de Vivienda; Que, el articulo 23 del citado Reglamento regula en el numeral 23.4 las garantias que se requieren para tramitar el desembolso correspondiente a los proyectos con codigo vigente y sin observaciones; Que, asimismo en el Anexo 2 del referido Reglamento Operativo, se establece que para efectos del desembolso en la Modalidad de Aplicacion de Construccion en Sitio Propio, se requiere la MORDAZA de los siguientes documentos: (i) Solicitud de Desembolso, (ii) Fianza Solidaria o Carta Fianza otorgada por una Entidad del Sistema Financiero y Seguros por el 110% del Valor del Ahorro y del BFH y (iii) Contrato para ejecutar la obra y presupuesto; Que, los numerales 32.1 y 32.2 del articulo 32 del mencionado Reglamento Operativo, establecen que el Codigo de Registro de Entidades Tecnicas tiene vigencia hasta el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las Entidades Tecnicas, las cuales deberan cumplirse en el plazo MORDAZA de doce (12) meses, contados desde el otorgamiento del codigo; asimismo, indica que aunque el codigo MORDAZA perdido vigencia o MORDAZA sido cancelado, las Entidades Tecnicas estaran sujetas al cumplimiento de la ejecucion de los proyectos registrados a su cargo, y a las responsabilidades civiles, penales y administrativas que correspondan; senalando que el plazo de vigencia del Codigo de Registro de Entidades Tecnicas se podra ampliar por causas no imputables a las mismas, identificadas por el Fondo MIVIVIENDA S.A., establecidas en su normativa interna; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del referido Reglamento Operativo, senala que en las convocatorias publicadas por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y de acuerdo a los requerimientos del Programa Techo Propio, se podran establecer disposiciones especiales para la aplicacion de los procedimientos regulados en dicho Reglamento Operativo; Que, en el MORDAZA del proyecto MORDAZA Sostenible se emitio la Resolucion Ministerial N° 301-2012-VIVIENDA, en la que se convoco a la poblacion de la MORDAZA Baja de MORDAZA a participar en la Tercera Convocatoria del ano 2012 del Programa Techo Propio ­ Primera Etapa MORDAZA, en la modalidad de Construccion en Sitio Propio, para el otorgamiento de hasta 1 000 BFH; la misma que fue ampliada por Resolucion Ministerial N° 071-2013VIVIENDA; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 208-2013VIVIENDA, de fecha 27 de agosto de 2013, se dispuso en el articulo 4, la reapertura del Registro de Grupos Familiares Elegibles del Programa Techo Propio; asi como, del Registro de Entidades Tecnicas, en el MORDAZA de la Tercera Convocatoria del ano 2012 en la modalidad de Construccion en Sitio Propio del Programa Techo Propio - Primera Etapa MORDAZA y su ampliatoria, aprobadas por las Resoluciones Ministeriales Nº 301-2012-VIVIENDA y Nº 071-2013-VIVIENDA; Que, la Direccion Nacional de Vivienda indica en el Informe de Visto, que en el MORDAZA del proyecto MORDAZA Sostenible que viene promoviendo el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en coordinacion con la Municipalidad Distrital de MORDAZA, se ha previsto la atencion integral de la necesidad de vivienda de las familias ubicadas en la MORDAZA Baja del distrito de MORDAZA, a fin de mejorar las condiciones de MORDAZA de dicha poblacion; Que, en este sentido, a efectos de promover una mayor participacion de las Entidades Tecnicas en el proyecto MORDAZA Sostenible, en el MORDAZA del Programa Techo

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