Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2013 (24/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano Jueves 24 de octubre de 2013

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Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese.

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (a.i.) VISTA: La invitacion cursada por la Asociacion Colombiana de Derecho de Seguros (ACOLDESE) y la Association Internationale Du Droit Des Assurances (AIDA) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en el XXVII Encuentro Nacional ACOLDESE, el mismo que se llevara a cabo del 30 de octubre al 01 de noviembre de 2013, en la MORDAZA de MORDAZA de Cali, Republica de Colombia; CONSIDERANDO: Que, el citado evento, tiene como objetivo debatir los cambios que la regulacion de seguros debe tener, con el proposito de fortalecer la institucion juridico economica del seguro, frente al desarrollo tecnologico y las tendencias proteccionistas del consumidor, entre otros; Que, asimismo en dicho evento se trataran temas como la institucionalidad del seguro en el contexto de la seguridad social, las tendencias y desafios en el reaseguro y en el seguro de responsabilidad civil, las tendencias y desafios legislativos en MORDAZA Latina, entre otros; Que, en tanto los temas a tratar en dicho evento seran de utilidad y aplicacion en las actividades de supervision y regulacion de esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista de Regulacion del Departamento de Regulacion de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, para que participe en el indicado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-16, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, estableciendose en el Numeral 4.3.1., que se autorizaran los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interes para la institucion; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en el indicado evento de capacitacion, cuyos gastos por concepto de pasaje aereo, viatico y Tarifa CORPAC seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", y de la Resolucion SBS Nº 6115 -2013, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, N° SBS-DIRADM-085-16, que incorpora lo dispuesto en los Decretos Supremo Nos 047-2002-PCM y 056-2013-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista de Regulacion del Departamento de Regulacion de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica de la SBS del 29 de octubre al 03 de noviembre de 2013, a la MORDAZA de MORDAZA de Cali, Republica de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion, segun se indica, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos US$ US$ 563.57 1,480.00

MORDAZA POGGI CAMPODONICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 1002630-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de diversos terrenos eriazos ubicados en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 175-2013-GRA/PR-GGR VISTOS: Los Informes Nros. 894, 893-2013-GRA/OOT y el Informe Tecnico Legal Nº 076-2013-GRA/OOT, expediente Nº 2013-39783, respecto al procedimiento de Primera Inscripcion de Dominio de un terreno eriazo de dominio privado de 14.1650 Has, ubicado en el Sector MORDAZA La Aguada, Distrito de Chala, Provincia de Caraveli, Departamento de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, el articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, senala en el Inc.b), que es funcion de los Gobiernos Regionales: "b) Realizar los actos de inmatriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal." Que, en virtud de lo establecido en la Resolucion Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de MORDAZA de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de MORDAZA las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y sus modificatorias, establecen las normas que regulan el ambito, organizacion, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Que, el articulo 38 del Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, senala: "Articulo 38.- Del procedimiento de aprobacion La primera inscripcion de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, sera sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias. La resolucion que dispone la primera inscripcion de dominio del predio del Estado, debera publicarse por unica vez en el Diario Oficial "El Peruano" y, un extracto, en un diario de mayor circulacion en la Region en que se encuentre el predio. La inscripcion de los bienes del Estado de dominio publico y de dominio privado se efectuara en el Registro de Predios a favor del Estado".

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de

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