Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2013 (26/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Sabado 26 de octubre de 2013

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expedientes que MORDAZA elevados en grado, a excepcion de aquellos que tuvieren prevencion. Articulo Segundo.- DISPONER que el Tercer Juzgado Mixto Permanente de San MORDAZA de Lurigancho realice una depuracion de la totalidad de sus expedientes que posee, debiendo ingresar y actualizar los mismos en el Sistema Informatico Judicial (SIJ) y, remitir al archivo aquellos que se encuentran con su tramite concluido mediante la correspondiente resolucion judicial. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de esta Corte, coordine con la Coordinacion de Informatica de este Distrito Judicial, la adecuacion en forma oportuna del sistema informatico. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Gerencia de Administracion adopte las medidas administrativas necesarias, para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Quinto.- DISPONER el apoyo del Grupo Itinerante y personal del ODECMA de este Distrito Judicial en las actividades que MORDAZA pertinentes a realizarse en el Tercer Juzgado Mixto Permanente de San MORDAZA de Lurigancho, con el fin de lograr todos los objetivos dentro de los plazos senalados. Articulo Sexto.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Administracion Distrital, Administradora de las MORDAZA y Juzgados Laborales, Unidad de Planeamiento y Desarrollo de esta Corte y los Presidentes de la Primera y MORDAZA Sala Especializadas en lo Laboral de MORDAZA, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1006009-1

RENDICION DE CUENTAS: · Se sustentara con documentos hasta el 80% de los viaticos asignados y el 20% con Declaracion Jurada. · Por los gastos de instalacion y traslado se presentaran documentos sustentatorios. · Por los gastos de telefonia se presentara documentos sustentatorios. 1005590-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen el cierre temporal del Turno del Tercer Juzgado Mixto Permanente de San MORDAZA de Lurigancho
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 876-2013-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 21 de octubre de 2013 VISTOS: El Acta de sesion de trabajo de la Comision Distrital de Descarga Procesal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, de fecha 17 de Octubre de los corrientes y; el oficio N° 016-2013-3° JMSJL-LMMN, de fecha 15 de Octubre del ano en curso, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el oficio de vista la Juez del Tercer Juzgado Mixto Permanente de San MORDAZA de Lurigancho doctora MORDAZA MORDAZA Navincopa pone a conocimiento de este Despacho que su judicatura mantiene una sobrecarga procesal, soportando mas de diez mil expedientes en tramite y ejecucion para tramitar y, mas de siete mil escritos pendientes de proveer; Que, mediante acta de constatacion elaborada por el Organo Desconcentrado de Control de la Magistratura de este Distrito Judicial, de fecha 14 de Octubre del ano en curso, se realizo la verificacion del estado situacional en que se encuentra el referido organo jurisdiccional, dejando MORDAZA que la Juez de dicha judicatura ha asumido el cargo a partir del 1 de Agosto del 2013 y que ha realizado un inventario fisico de todos los expedientes y escritos que ha encontrado en su juzgado. Que, en tal sentido, la Comision Distrital de Descarga Procesal en su sesion de trabajo del 17 de Octubre de los corrientes, atendiendo a la eventualidad expuesta en que se encuentra la referida judicatura, acordo cerrar su turno durante 30 dias, en los cuales debera ingresar la totalidad de sus expedientes en el Sistema Integrado Judicial en los estados procesales correspondientes, asi como la depuracion de toda la carga procesal que posee a la fecha; coadyuvando asi a la mejora de la administracion de Justicia a fin de dar una respuesta adecuada y oportuna a las expectativas de los usuarios del servicio de administracion de Justicia. Que, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de esta Corte de Justicia realizara las gestiones pertinentes para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Que, estando a lo expuesto y en uso de la facultad conferida por el Articulo 90° inciso 3) y 9) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER el cierre temporal del turno del Tercer Juzgado Mixto Permanente de San MORDAZA de Lurigancho por el plazo de 30 (TREINTA) dias, a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion, remitiendose durante ese periodo a los demas Juzgados Mixtos Permanentes de San MORDAZA de Lurigancho, tanto las demandas nuevas asi como los

Disponen la remision de expedientes en tramite de diversos organos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA para su redistribucion, y dictan normas complementarias
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 877-2013-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 17 de octubre del 2013 VISTOS: La Resolucion Administrativa Nº 218-2013-CE-PJ, de fecha 2 de Octubre de los corrientes; el Informe Nº 0782013-AEPR-UPD-CSJLI/PJ, del 16 de Octubre del 2013, y; el Acta de sesion de trabajo de la Comision Distrital de Descarga Procesal, de fecha 17 de Octubre del 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 2182013-CE-PJ de vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso prorrogar la fecha de funcionamiento del Juzgado Penal Transitorio de La Molina-Cieneguilla (La Molina) hasta el 30 de Noviembre del ano en curso. Que, la MORDAZA de vista dispone que los organos jurisdiccionales transitorios que tienen continuidad en su plazo de funcionamiento por prorroga, reciban expedientes en tramite que esten por resolver de los organos permanentes en cantidad proporcional al tiempo de plazo prorrogado, de modo que puedan liquidarlos en su totalidad. Asimismo senala que por ninguna razon pueden conocer procesos nuevos, y de la carga en tramite que reciban deberan priorizar los mas antiguos y/o de menor complejidad a fin de conseguir el objetivo de maximizar la capacidad resolutiva en beneficio de los justiciables y acercarse a la meta de lograr mayor cantidad de expedientes resueltos respecto a los ingresos; para lo cual se realizara el seguimiento y

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