Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2013 (26/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Sabado 26 de octubre de 2013

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de no existir expedientes en etapa de sentencia en la cantidad arriba indicada, tal cifra sera completada con los expedientes en etapa de tramite. La redistribucion dispuesta en la presente resolucion se efectuara en el plazo de 5 (CINCO) dias habiles a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion; debiendo los Jueces de los Juzgados Permanentes remitir el 20% (veinte por ciento) del total de expedientes a redistribuir diariamente a la mesa de partes correspondiente; ademas se debera tener en consideracion lo siguiente: - Los expedientes que hayan sido objeto de una redistribucion anterior, no se consideran en la presente redistribucion. - Los expedientes que se encuentren en etapa de ejecucion, no se consideran en la presente redistribucion. - Los expedientes que se encuentren con mandato de archivo, sea provisional o definitivo, no se consideran en la presente redistribucion. - Los expedientes en reserva, no se consideran en la presente redistribucion. - Los expedientes ya sentenciados, aun cuando dicha sentencia MORDAZA sido anulada por el Superior, no se consideran en la presente redistribucion. Articulo Cuarto.- DISPONER que los expedientes a ser redistribuidos deberan ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notificacion completos, debidamente cosidos, foliados en numeros y letras, y todos sus escritos proveidos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no seran objeto de redistribucion, bajo responsabilidad del Juez a cargo del Juzgado y del secretario de la causa, por inconducta funcional. Articulo Quinto.- CUMPLAN los Jueces comprendidos en la presente remision y redistribucion de expedientes de todos los Juzgados de Familia Tutelar Permanentes y Transitorios de MORDAZA, con informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo en plazo de 3 dias habiles de terminada la redistribucion sobre el cumplimiento de lo ordenado, bajo responsabilidad funcional. Articulo Sexto.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a fin que vele por su cumplimiento, debiendo proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento. Articulo Setimo.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, realice durante y despues del MORDAZA de redistribucion el seguimiento, evaluacion y monitoreo de la carga procesal redistribuida y ejecute las coordinaciones necesarias con las demas unidades organicas de este Distrito Judicial para efectuar el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, debiendo dar cuenta a la Presidencia, bajo responsabilidad funcional. Articulo Octavo.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Oficina de Control de la Magistratura - OCMA, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA, Unidad de Planeamiento y Desarrollo y Gerencia de Administracion Distrital, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1006018-1 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 880-2013-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 17 de octubre del 2013 VISTOS: La Resolucion Administrativa N° 218-2013-CE-PJ, de fecha 2 de Octubre de los corrientes; el Informe N° 0782013-AEPR-UPD-CSJLI/PJ, del 16 de Octubre del 2013, y; el Acta de sesion de trabajo de la Comision Distrital de Descarga Procesal, de fecha 17 de Octubre del 2013;

Familia Tutelar Permanentes a fin de que cuenten con la misma cantidad de expedientes en el mencionado estado, teniendo en cuenta las consideraciones establecidas por la Comision Nacional de Descarga Procesal en la citada Resolucion Administrativa; Que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo ha emitido el informe Nº 078-2013-AEPR-UPD-CSJLI/PJ de fecha 16 de Octubre del 2013, el cual conforme a lo aprobado por la Comision en mencion propone redistribuir un total de 750 expedientes provenientes del 11º, 12º, 13º y 21º Juzgado de Familia Tutelar Permanente hacia el 1º, 2º y 3º Juzgado de Familia Tutelar Transitorio con la finalidad que estos tramiten un numero promedio de expedientes cada uno. Que, en merito a lo indicado, corresponde a la Presidencia de la Corte de MORDAZA, disponer las acciones administrativas respectivas a fin de dar cumplimiento a lo arriba citado; en consecuencia, dicta las medidas pertinentes para tal fin, con sujecion a los lineamientos dispuestos de la acotada Resolucion Administrativa. Que, por las razones expuestas, en uso de las facultades conferidas en el inciso b del numeral 3 del articulo 6º de la Directiva Nº 001-2012-CE-PJ, aprobada por Resolucion Administrativa Nº 031-2012-CE-PJ; articulo 5º de la Resolucion Administrativa Nº 020-2013-CE-PJ; el inciso 3 del articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial e inciso 3 del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolucion Administrativa Nº 214-2012-CE-PJ de fecha 5 de noviembre del 2012; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que el 11º, 12º, 13º y 21º Juzgado de Familia Tutelar Permanente remitan 750 expedientes en tramite al Centro de Distribucion General del Edificio MORDAZA MORDAZA, conforme se detalla a continuacion:
JUZGADOS DE PAZ LETRADO PERMANENTES DEPENDENCIA 11º JUZGADO FAMILIA TUTELAR PERMANENTE 12º JUZGADO FAMILIA TUTELAR PERMANENTE 13º JUZGADO FAMILIA TUTELAR PERMANENTE 21º JUZGADO FAMILIA TUTELAR PERMANENTE TOTAL CARGA A CARGA FINAL TRANSFERIR PARA TRAMITAR 148 228 182 192 750 748 1, 150 923 971 3,792

Articulo Segundo.- DISPONER que el personal del Centro de Distribucion General del Edificio MORDAZA MORDAZA cumpla con redistribuir de forma aleatoria y equitativa la cantidad de 750 expedientes de los Juzgados de Familia Tutelar Permanentes al 1º, 2º y 3º Juzgado de Familia Tutelar Transitorio de MORDAZA, dentro de las 24 (veinticuatro) horas de recepcionados, en la forma que se detalla a continuacion:
JUZGADOS DE PAZ LETRADO TRANSITORIOS DEPENDENCIA 1º JUZGADO DE FAMILIA TUTELAR TRANSITORIO 2º JUZGADO DE FAMILIA TUTELAR TRANSITORIO 3º JUZGADO DE FAMILIA TUTELAR TRANSITORIO TOTAL CARGA A RECEPCIONAR 250 200 300 750 CARGA FINAL PARA TRAMITAR 725 726 708 2,159

Articulo Tercero.- La redistribucion comprende a los procesos en estado de emitir sentencia, cualquiera sea el ano de ingreso del expediente, priorizando del mas antiguo al mas reciente, MORDAZA complejos o no. Excepcionalmente,

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