Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2013 (26/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Sabado 26 de octubre de 2013

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pertinentes para tal fin, con sujecion a los lineamientos dispuestos de la acotada Resolucion Administrativa. Que, por las razones expuestas, en uso de las facultades conferidas en el inciso b del numeral 3 del articulo 6° de la Directiva N° 001-2012-CE-PJ, aprobada por Resolucion Administrativa N° 031-2012-CE-PJ; articulo 5° de la Resolucion Administrativa N° 020-2013-CE-PJ; el inciso 3 del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial e inciso 3 del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolucion Administrativa N° 214-2012-CE-PJ de fecha 5 de noviembre del 2012; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que el MORDAZA Juzgado Penal Permanente del MORDAZA Este Chosica remita 300 (trescientos) expedientes en tramite por resolver hacia el Primer Juzgado Penal Transitorio de Lurigancho mediante la mesa de partes correspondiente. Articulo Segundo: La redistribucion comprende a los procesos en estado de emitir sentencia, cualquiera sea el ano de ingreso del expediente, priorizando del mas antiguo al mas reciente y/o de menor complejidad. Excepcionalmente, de no existir expedientes en etapa de sentencia en la cantidad arriba indicada, tal cifra sera completada con los expedientes en etapa de tramite. La redistribucion dispuesta en la presente resolucion se efectuara en el plazo de 5 (CINCO) dias habiles a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion; debiendo el Juez del MORDAZA Juzgado Penal Permanente remitir por lo menos el 20% (veinte por ciento) del total de expedientes a redistribuir diariamente a la mesa de partes correspondiente; ademas se debera tener en consideracion lo siguiente: - Los expedientes que hayan sido objeto de una redistribucion anterior, no se consideran en la presente redistribucion. - Los expedientes que se encuentren en etapa de ejecucion, no se consideran en la presente redistribucion. - Los expedientes que se encuentren con mandato de archivo, sea provisional o definitivo, no se consideran en la presente redistribucion. - Los expedientes en reserva, no se consideran en la presente redistribucion. - Los expedientes ya sentenciados, aun cuando dicha sentencia MORDAZA sido anulada por el Superior, no se consideran en la presente redistribucion. Articulo Tercero.- DISPONER que los expedientes a ser redistribuidos deberan ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notificacion completos, debidamente cosidos, foliados en numeros y letras, y todos sus escritos proveidos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no seran objeto de redistribucion, bajo responsabilidad del Juez a cargo del Juzgado y del secretario de la causa, por inconducta funcional. Articulo Cuarto.- CUMPLAN los Jueces comprendidos en la presente remision y redistribucion de expedientes del MORDAZA Juzgado Penal Permanente del MORDAZA Este Chosica y del Primer Juzgado Penal Transitorio de Lurigancho, con informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo en plazo de 3 (TRES) dias habiles de terminada la redistribucion sobre el cumplimiento de lo ordenado, bajo responsabilidad funcional. Articulo Quinto.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a fin que vele por su cumplimiento, debiendo proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento. Articulo Sexto.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, realice durante y despues del MORDAZA de redistribucion el seguimiento, evaluacion y monitoreo de la carga procesal redistribuida y ejecute las coordinaciones necesarias con las demas unidades organicas de este Distrito Judicial para efectuar el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, debiendo dar cuenta a la Presidencia, bajo responsabilidad funcional. Articulo Setimo.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,

Articulo Setimo.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, realice durante y despues del MORDAZA de redistribucion el seguimiento, evaluacion y monitoreo de la carga procesal redistribuida y ejecute las coordinaciones necesarias con las demas unidades organicas de este Distrito Judicial para efectuar el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, debiendo dar cuenta a la Presidencia, bajo responsabilidad funcional. Articulo Octavo.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Oficina de Control de la Magistratura OCMA, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA, Unidad de Planeamiento y Desarrollo y Gerencia de Administracion Distrital, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1006013-1 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 881-2013-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 17 de octubre del 2013 VISTOS: La Resolucion Administrativa N° 218-2013-CE-PJ, de fecha 2 de octubre de los corrientes; el Informe N° 0782013-AEPR-UPD-CSJLI/PJ, del 16 de Octubre del 2013, y; el Acta de sesion de trabajo de la Comision Distrital de Descarga Procesal, de fecha 17 de Octubre del 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa N° 2182013-CE-PJ de vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso prorrogar la fecha de funcionamiento del Primer Juzgado Penal Transitorio de Lurigancho hasta el 31 de Enero del 2014; Que, la MORDAZA de vista dispone que los organos jurisdiccionales transitorios que tienen continuidad en su plazo de funcionamiento por prorroga, reciban expedientes en tramite que esten por resolver de los organos permanentes en cantidad proporcional al tiempo de plazo prorrogado, de modo que puedan liquidarlos en su totalidad. Asimismo senala que por ninguna razon pueden conocer procesos nuevos, y de la carga en tramite que reciban deberan priorizar los mas antiguos y/o de menor complejidad a fin de conseguir el objetivo de maximizar la capacidad resolutiva en beneficio de los justiciables y acercarse a la meta de lograr mayor cantidad de expedientes resueltos respecto a los ingresos; para lo cual se realizara el seguimiento y monitoreo MORDAZA de la produccion de los organos jurisdiccionales transitorios. Que, la Comision Distrital de Descarga Procesal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, tiene como finalidad monitorear el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fin de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comision Nacional de Descarga Procesal; En ese sentido, la Comision Distrital de MORDAZA en su sesion de trabajo del 17 de Octubre de los corrientes, acordo que el Primer Juzgado Penal Transitorio de Lurigancho reciba expedientes en tramite que esten por resolver del MORDAZA Juzgado Penal Permanente del MORDAZA Este Chosica, teniendo en cuenta las consideraciones establecidas por la Comision Nacional de Descarga Procesal en la citada Resolucion Administrativa; Que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo ha emitido el informe N° 078-2013-AEPR-UPD-CSJLI/PJ de fecha 16 de Octubre del 2013, el cual propone redistribuir un total de 300 expedientes provenientes del MORDAZA Juzgado Penal Permanente del MORDAZA Este Chosica hacia el Primer Juzgado Penal Transitorio de Lurigancho; Que, en merito a lo indicado, corresponde a la Presidencia de la Corte de MORDAZA, disponer las acciones administrativas respectivas a fin de dar cumplimiento a lo arriba citado; en consecuencia, dicta las medidas

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