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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (05/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 50

El Peruano Jueves 5 de setiembre de 2013 502308 13. Facultad de Ciencias de la Salud, con las carreras profesionales de: - Odontología - Nutrición Humana 14. Facultad de Ingeniería Geológica y Metalúrgica, con las carreras profesionales de: - Ingeniería Geológica - Ingeniería Metalúrgica - Ingeniería Civil 15. Facultad de Ingeniería Agrícola, con la carrera profesional de: - Ingeniería Agrícola 16. Facultad de Ingeniería Mecánica Eléctrica, Electrónica y Sistemas, con las carreras profesionales de: - Ingeniería Mecánica Eléctrica - Ingeniería Electrónica Artículo 2º.- Regístrese ofi cialmente en la Asamblea Nacional de Rectores lo resuelto en el artículo precedente, asimismo, dispóngase su difusión a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General y la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Institución, para los fi nes que dispone la Ley. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en la página web de la Institución y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 982936-1 Declaran que la Universidad Alas Peruanas ha cumplido lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creación y funcionamiento de diversos programas académicos de posgrado COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1231-2013-ANR Lima, 15 de agosto de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los ofi cios Nºs. 028-2012-R-UAP, de fecha 24 de julio de 2012, Nºs. 167, 180 y 207-2013-VIPG/UAP, de fechas 29 de abril, 09 y 23 de mayo de 2013; informe Nº 139- 2013-DGDAC, de fecha 08 de julio de 2013; memorando Nº 782-2013-SE, de fecha 12 de julio de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de las atribuciones específi cas e indelegables que están establecidas en los incisos e) y f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, la creación de carreras, programas académicos y de segunda especialidad acordados por una universidad requieren de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores, asimismo, es atribución de esta última concordar los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y la unifi cación de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho de cada universidad a establecer la currícula y requisitos adicionales propios; Que, por Resoluciones N° 102-96-CONAFU, de fecha 26 de abril de 1996, se autorizó el funcionamiento de la Universidad Alas Peruanas; N° 656-99-CONAFU, de fecha 22 de noviembre de 1999, se adecua a la citada casa superior de estudios al régimen de Sociedad Anónima en aplicación del Decreto Legislativo Nº 882, Ley de Promoción de la Inversión en Educación; y la Nº 531-2002-ANR, de fecha 05 de agosto de 2002, se institucionaliza; Que, mediante Resolución Nº 737-2005-ANR, de fecha 05 de enero de 2005, la Asamblea Nacional de Rectores aprobó la creación y funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Universidad Alas Peruanas; Que, teniendo en cuenta los alcances del primer considerando de la presente resolución, el Rector y el Vicerrector de Investigación y Posgrado de la Universidad Alas Peruanas, con sede central de funcionamiento en la ciudad de Lima, elevan los ofi cios de vistos, a la Presidencia y Secretaría Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores, haciendo llegar documentación correspondiente a la creación y organización de los siguiente programas académicos de posgrado: I. SEGUNDAS ESPECIALIDADES o SEGUNDAS ESPECIALIZACIONES 1. Psicología Clínica y de la Salud, mediante Resolución N° 9261-2012-R-UAP, de fecha 05 de marzo de 2012, se ratifi ca su creación y funcionamiento. 2. Psiconefrología, ratifi cada la creación y funcionamiento con la Resolución N° 9262-2012-R-UAP, de fecha de 05 de marzo de 2012. 3. Psicooncología con mención en la Prevención del Cáncer, por Resolución N° 9263-2012-R-UAP, de fecha de 05 de marzo de 2012, se ratifi ca su creación y funcionamiento. 4. Psicología Forense, se ratifi ca la creación y funcionamiento por Resolución N° 9259-2012-R-UAP, de fecha de 05 de marzo de 2012. 5. Psicología de la Criminalidad, se ratifi ca la creación y funcionamiento con la Resolución N° 8890-2011-R-UAP, de fecha de 02 de noviembre de 2011. 6. Enfermería Cuidado Materno Infantil con mención en Crecimiento y Desarrollo, ratifi cada la creación y funcionamiento con Resolución N° 9203-2012-R-UAP, de fecha 16 de febrero de 2012. 7. Atención Obstétrica de la Emergencia y Cuidados Críticos, mediante Resolución N° 9203-2012-R-UAP, de fecha 16 de febrero de 2012, es ratifi cada su creación y funcionamiento. 8. Cuidado Enfermero del Paciente Crítico con mención en el Adulto, se ratifi ca la especialidad mediante Resolución N° 9203-2012-R-UAP, de fecha 16 de febrero del 2012. 9. Obstetricia Familiar y Comunitaria, mediante la Resolución N° 9203-2012-R-UAP, de fecha 16 de febrero de 2012, es ratifi cada dicha especialidad. 10. Cuidado Materno Infantil con mención en Neonatología, con la Resolución N° 8675-2011-R-UAP, de fecha 07 de setiembre de 2011, se ratifi ca su creación y funcionamiento. 11. Salud Pública y Comunitaria con mención en Cuidados en Salud Familiar, ratifi cada por Resolución N° 8675-2011-R-UAP, de fecha 07 de Setiembre de 2011, su creación y funcionamiento. 12. Cuidados del Enfermero en Nefrología con mención en Diálisis, ratifi cada la creación y funcionamiento con Resolución N° 8675-2011-R-UAP, de fecha 07 de setiembre de 2011. 13. Cuidado del Enfermero en Emergencias y Desastres, se ratifi ca la creación del programa académico con Resolución N° 8675-2011-R-UAP, de fecha 07 setiembre de 2011. 14. Odontología Forense, mediante Resolución N° 7304-2010-R-UAP, es ratifi cado dicho programa académico, de fecha 05 de agosto de 2010. 15. Medicina y Patología Estomatológica, es ratifi cada su creación y funcionamiento mediante Resolución N° 7304- 2010-RUAP, de fecha 05 de agosto de 2010.