Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2013 (08/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA 8 de setiembre de 2013

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5.2. Las actas de las sesiones extraordinarias en las que conste el acuerdo de concejo sobre la vacancia o reconsideracion solicitada. 5.3. El original del comprobante de pago correspondiente a la tasa por recurso de apelacion, equivalente al 3% de la unidad impositiva tributaria (S/.116,55). Articulo Tercero.- DISPONER que el Concejo Distrital de San MORDAZA, a la mayor brevedad posible, emita un MORDAZA pronunciamiento en sesion extraordinaria de concejo municipal, teniendo en cuenta los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- EXHORTAR al Concejo Distrital de San MORDAZA para que en lo sucesivo, durante la tramitacion de los procedimientos de vacancia, incorpore los documentos y medios probatorios, que por su naturaleza obren en su poder, fin de resolver la controversia juridica. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA

sobre los puntos controvertidos. Ello no debe entenderse como que el concejo municipal este en la obligacion de considerar en sus decisiones la totalidad de los argumentos de los administrados, sino solo aquellos que se encuentren relacionados con el MORDAZA o controversia materia de analisis. Cabe resaltar que en el articulo 6, numeral 6.2, de la LPAG, se permite la posibilidad de motivar, mediante la declaracion de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictamenes, decisiones o informes existentes en el expediente, a condicion de que se les identifique de modo certero, y que, por esta situacion, constituyan parte integrante del respectivo acto. La decision a emitirse debe ser la conclusion logica de los argumentos esgrimidos en el acta de sesion. 26. Estando a lo MORDAZA expuesto, este Supremo Tribunal Electoral, apreciando los hechos con criterio de conciencia, conforme al articulo 181 de la Constitucion Politica del Peru y al articulo 23 de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, y valorando todos los medios probatorios, concluye que se debe declarar la nulidad del Acuerdo Municipal Nº 016-2013MDSL, del 4 de junio de 2013, y devolver los actuados al Concejo Municipal de San MORDAZA, para que vuelva a emitir decision sobre la solicitud de vacancia. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar NULO todo lo actuado en el procedimiento de vacancia seguido en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, hasta la fecha de MORDAZA de la solicitud de declaratoria de vacancia presentada por Katty MORDAZA MORDAZA Barra. Articulo Segundo.- DEVOLVER los actuados al Concejo Distrital de San MORDAZA, a efectos de que vuelva a emitir pronunciamiento sobre la solicitud de vacancia respecto de la causal de nepotismo, bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal correspondiente, para que evalue la conducta del integrante de dicho concejo, en caso de omision, rehusamiento o demora de actos funcionales, tipificados en el articulo 377 del Codigo Penal. Se debera tener especial cuidado de realizar las siguientes acciones: 1. Convocar a sesion extraordinaria en un plazo MORDAZA de cinco dias habiles, luego de notificada la presente. En caso de que el MORDAZA no cumpla con la convocatoria dentro del plazo establecido, el primer regidor, o cualquier otro, tiene la facultad de convocar a sesion extraordinaria, previa notificacion escrita al MORDAZA, conforme establece el articulo 13 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Entre la notificacion de la convocatoria y la sesion extraordinaria debe mediar, cuando menos, un lapso de cinco dias habiles. 2. Asistir obligatoriamente a la sesion de concejo, en virtud de lo dispuesto en el articulo 10, numeral 5, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, por lo que su incumplimiento sera motivo de responsabilidad funcional. 3. Consignar en el acta de la sesion convocada las firmas de todos los asistentes al acto senalado. 4. Remitir la MORDAZA o resolucion que declara consentido el acuerdo adoptado, en caso de que no MORDAZA sido materia de impugnacion, para proceder al archivo del presente expediente. 5. Elevar el expediente administrativo en original, o copias certificadas de ser el caso, en un plazo MORDAZA de tres dias habiles, luego de presentado el recurso de apelacion, y cumplir con la remision de la siguiente documentacion: 5.1. Las constancias de notificacion al miembro afectado del concejo y al solicitante de la convocatoria a las sesiones extraordinarias y de los acuerdos adoptados sobre el pedido de vacancia o el recurso de reconsideracion.

MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 984946-2

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan viaje de Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones a Mexico, para participar en el XVI Foro Interamericano de la Microempresa Foromic 2013
RESOLUCION SBS N° 5331-2013 MORDAZA, 03 de setiembre de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTAS: La invitacion cursada por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) a traves del Fondo Multilateral de Inversiones (FOMIN), a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en el XVI Foro Interamericano de la Microempresa - Foromic 2013, evento organizado en coordinacion con la Secretaria de Hacienda y Credito Publico y la Secretaria de Economia de Mexico, el cual se llevara a cabo del 30 de setiembre al 02 de octubre de 2013 en la MORDAZA de Guadalajara, Estados Unidos Mexicanos; La invitacion cursada por la Asociacion de Supervisores Bancarios de las Americas (ASBA) a la

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