Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2013 (08/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA 8 de setiembre de 2013

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funciones en materia de poblacion y desarrollo social e igualdad de oportunidades: "Propiciar en todos los grupos y sectores sociales, habitos de MORDAZA saludables y practicas orientadas a la solucion de problemas de poblacion"; asimismo, "formular, aprobar y evaluar las politicas en materia social e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la politica general del Gobierno nacional, los planes sectoriales y los programas correspondientes de los Gobiernos Regionales; Que, la Organizacion Mundial de la Salud (OMS), senala que "El envejecimiento activo es el MORDAZA de optimizacion de las oportunidades de salud, participacion y seguridad con el fin de mejorar la calidad de MORDAZA en medio que las personas envejecen" "El envejecimiento activo se aplica tanto a los individuos como a los grupos de poblacion". Facilita a las personas alcanzar su potencial de bienestar fisico, social y mental a lo largo de todo su ciclo MORDAZA y participar en la sociedad de acuerdo a sus necesidades, deseos y capacidades, mientras que les proporciona proteccion, seguridad y cuidados adecuados cuando necesitan asistencia; Que, el enfoque de derechos humanos reconoce que el respeto, proteccion y promocion de los derechos humanos, constituyen obligaciones primarias del Estado, que son garantizadas por la comunidad internacional; su cumplimiento esta protegido por los tratados sobre la materia de los que el Peru es parte; Que, la promocion de una cultura de envejecimiento activo y saludable es tarea que compromete al Gobierno Nacional, Regional, Local, a la familia, al Adulto Mayor, a las organizaciones civiles y actores sociales que actuan en pro de los derechos de aquellos; Que, en el MORDAZA de la transferencia de funciones sectoriales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social en materia social, al Gobierno Regional del Callao precisa que es atribucion del Gobierno Regional del Callao atender este MORDAZA de problematica, por lo que es necesario conformar la Mesa Regional para la prevencion y atencion de las personas adultas mayores en la Region Callao, en concordancia con las politicas nacionales, regionales; Que, acorde con lo dispuesto en la "Ley Organica de Gobiernos Regionales", las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgacion; Que, corresponde al Gobierno Regional del Callao velar por la irrestricta vigencia de los derechos fundamentales del Adulto Mayor, para que viva con dignidad y seguridad, goce de afectividad y solidaridad intrafamiliar e intergeneracional, active intelectualmente e interactue sostenidamente en el MORDAZA social, politico, economico, cultural, espiritual, recreativo y fisico; Que, es responsabilidad politica y social del Gobierno Regional del Callao disenar estrategias que faciliten, al Adulto mayor, la transferencia de sus experiencias, tecnologias, habilidades y conocimientos a la sociedad en su conjunto; Que, la promocion de una cultura de envejecimiento activo y saludable es tarea que compromete tanto al Gobierno Nacional, Regional y Local, a la familia, al Adulto Mayor, a las organizaciones civiles y actores sociales que actuan en pro de los derechos de aquellos; Que, con el proposito de generar institucionalidad, desconcentrar la gestion, aperturar espacios de participacion real, priorizar los problemas, prever soluciones adecuadas y articular procesos politicos que MORDAZA viable el desarrollo social del Adulto mayor, es necesario conformar una mesa regional para la atencion de personas adultas mayores de la Region Callao. Que, acorde con lo dispuesto por el Articulo 38 de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgacion en un plazo de 10 dias calendarios; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones otorgadas al Presidente Regional por la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867; el Consejo Regional ha aprobado la siguiente:

de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867; el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE PRORROGA POR 180 DIAS CALENDARIOS EL PERIODO PREVISTO EN EL ARTICULO PRIMERO DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 00001 DE FECHA 18 DE ENERO DEL 2013 Articulo Primero.- Prorrogar el plazo previsto en el Articulo Primero de la Ordenanza Regional Nº 00001 publicada el 15 de febrero del 2013, por un periodo de ciento ochenta (180) dias calendario, computados desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en la MORDAZA WEB del Gobierno Regional del Callao y en la MORDAZA WEB del Estado Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 985000-1

Conforman la Mesa Regional para la Atencion de las Personas Adultas Mayores de la Region Callao
ORDENANZA REGIONAL Nº 000017 Callao, 2 de setiembre del 2013 El PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo del Gobierno Regional del Callao, en Sesion Ordinaria del 2 de setiembre del 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 042-2013-ANAM-PERU del 17 de junio del 2013, la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Vargas; Presidenta de la Asociacion Nacional de Adultos Mayores del Peru, pone en consideracion del Gobierno Regional del Callao la conformacion de una mesa de trabajo regional que tenga como objetivo facilitar procesos para la formulacion concertada de politicas y estrategias regionales dirigidas a atender los desafios que plantea a futuro el envejecimiento poblacional en la Region Callao. Asimismo sugiere que la mesa de trabajo regional debe estar integrada por representantes del gobierno regional, gobiernos locales, entidades publicas, instituciones de la sociedad civil y organizaciones de personas adultas mayores; Que, la Ley Nº 27783 ­ Ley de bases de la Descentralizacion, precisa como uno de los objetivos sociales de la Descentralizacion:"Promover el desarrollo humano y la mejora progresiva y sostenida de las condiciones de MORDAZA de la poblacion para la superacion de la pobreza"; Que, el Articulo 8 de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala como principios rectores de las politicas y gestion regional, entre otros la Participacion y la Inclusion para posibilitar la participacion ciudadana en las actividades de formulacion, seguimiento, fiscalizacion, evaluacion y ejecucion de politicas, planes, presupuestos y proyectos; asi como para "Desarrollar Politicas Integrales de Gobierno dirigidas a promover la inclusion economica, social, politica y cultural de jovenes, personas con discapacidad o grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados del Estado..."; Que, el Articulo 50 y 60 de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, precisa como

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