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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (18/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 48

El Peruano Miércoles 18 de setiembre de 2013 503174 Competencia Desleal, dándoseles las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo 2º.- De conformidad con el artículo 22º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, designar al señor Néstor Alfredo Castillo Ramírez como miembro de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal, por un período adicional de cinco (05) años. Artículo 3º.- Designar a la señora Ana Rosa Martinelli Montoya y al señor Edward Víctor Alberto Tovar Mendoza como miembros de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 989415-9 Designan Secretaria Técnica de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Indecopi RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 202-2013-INDECOPI/COD Lima, 17 de septiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso d) del artículo 5° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033, e inciso f) del artículo 5° del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y modifi cado por el Decreto Supremo N° 107-2012-PCM, corresponde al Consejo Directivo del Indecopi la designación de los Secretarios Técnicos de la Institución; Que, mediante Resolución Nº 144-2013-INDECOPI/ COD, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 21 de julio de 2013, el Consejo Directivo del Indecopi aceptó la renuncia presentada por la señora Mónica Patricia Gálvez Paiba al cargo de Secretaria Técnica de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia y encargó dichas funciones a la señorita Roxana Beatriz Arellano García; Que, el Consejo Directivo del Indecopi ha aprobado la designación del funcionario que ejerza de manera permanente el cargo de Secretario Técnico de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia, en aras de garantizar la plena ejecución de las obligaciones y mandatos institucionales, a través del correcto funcionamiento de sus órganos internos; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión del día 16 de septiembre de 2013; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la encargatura de la señorita Roxana Beatriz Arellano García de las funciones de Secretaria Técnica de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia. Artículo 2º.- Designar a la señorita Roxana Beatriz Arellano García como Secretaria Técnica de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 989415-10 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Aprueban las “Reglas Generales sobre el ejercicio de la Potestad Sancionadora del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 038-2013-OEFA/CD Lima, 17 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fi scalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental; Que, de acuerdo a lo previsto en el Literal a) del Numeral 11.2 del Artículo 11º de la Ley Nº 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, modifi cado por la Ley Nº 30011, la función normativa del OEFA comprende la facultad de dictar, en el ámbito y materia de sus competencias, las normas que regulen el ejercicio de la fi scalización ambiental en el marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA) y otras de carácter general referidas a la verifi cación del cumplimiento de las obligaciones ambientales fi scalizables de los administrados a su cargo, así como aquellas necesarias para el ejercicio de la función de supervisión de entidades de fi scalización ambiental, las que son de obligatorio cumplimiento para dichas entidades en los tres niveles de gobierno; Que, el dispositivo legal antes mencionado reconoce, además, la facultad del OEFA para tipifi car infracciones administrativas y aprobar la escala de sanciones correspondientes, así como los criterios de graduación de estas y los alcances de las medidas preventivas, cautelares y correctivas a ser emitidas por las instancias competentes respectivas; Que, el último párrafo del Artículo 17º de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, también modifi cado por la Ley Nº 30011, señala que mediante Resolución de Consejo Directivo del OEFA se tipifi can las conductas y se aprueba la escala de sanciones aplicables, y que la tipifi cación de infracciones y sanciones generales y transversales serán de aplicación supletoria a la tipifi cación de infracciones y sanciones que utilicen las Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA); Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 029-2013-OEFA/CD del 16 de julio de 2013 se dispuso la publicación del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprobaría las “Reglas Generales para el ejercicio de la Potestad Sancionadora del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental”, en el portal institucional de la entidad con la fi nalidad de recibir los respectivos comentarios, sugerencias y observaciones de la ciudadanía en general por un período de diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación de la citada Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 39º del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; Que, habiéndose recabado comentarios, sugerencias y observaciones de los interesados, corresponde aprobar el texto defi nitivo de las “Reglas Generales sobre el ejercicio de la Potestad Sancionadora del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA”; Que, tras la absolución y análisis de los aportes recibidos durante el período de publicación de la propuesta normativa, mediante Acuerdo Nº 045-