NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (22/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 18
El Peruano Domingo 22 de setiembre de 2013 503408 Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de setiembre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 991361-7 Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 DECRETO SUPREMO Nº 238-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, señala que el Ministerio de Salud, como órgano del Poder Ejecutivo es el ente rector del Sector que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su concepción hasta su muerte; Que, el artículo 21 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, autoriza a partir de la vigencia de la citada ley, al Ministerio de Salud para otorgar una bonifi cación mensual a favor del personal del sector salud que labore en forma efectiva en los establecimientos de salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales que se encuentren ubicados en zonas alejadas y de frontera, la cual se aprobará mediante decreto supremo en el marco de lo dispuesto en la Cuarta Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; disponiendo el referido artículo que el Ministerio de Salud aprobará con resolución ministerial el listado de los establecimientos de salud a los que les correspondería otorgar la bonifi cación a que hace referencia esta disposición; asimismo, señala que la mencionada bonifi cación sólo será percibida por el personal de dichos establecimientos de salud mientras preste servicios en los mismos; Que, asimismo, el segundo párrafo del artículo 21 de la Ley N° 29951, antes citado, señala que para el otorgamiento de la mencionada bonifi cación durante el año fi scal 2013, se transferirán recursos al Ministerio de Salud hasta por el monto de OCHENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 84 324 874,00), conforme a lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; estableciendo que para el pago de la mencionada bonifi cación al personal que presta servicios en las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, se autoriza al Ministerio de Salud para efectuar modifi caciones presupuestarias a nivel institucional a favor de los gobiernos regionales respectivos, las que se aprobarán mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud a propuesta de este último; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 190-2013- MINSA, el Ministerio de Salud aprueba el Listado de los establecimientos de salud que se encuentran ubicados en Zonas Alejadas y de Frontera; Que, con Decreto Supremo Nº 173-2013-EF se aprueba los montos de la bonifi cación mensual a favor del personal del sector salud que labora en forma efectiva en los establecimientos de salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, comprendidos en la Resolución Ministerial Nº 190-2013-MINSA, ubicados en zonas alejadas y de frontera, en el marco del artículo 21 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 25 435 200,00), a favor del Pliego Ministerio de Salud, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para ser destinada al otorgamiento de la bonifi cación mensual a favor del personal del sector salud a que se refi ere el artículo 21 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, conforme a los montos establecidos en el artículo 1 de dicho decreto supremo; Que, el Ministerio de Salud, a través del Informe N° 148-2013-OGPP-OP/MINSA, de su Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, manifi esta que el monto requerido para la transferencia de partidas a favor de las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales ubicados en zonas alejadas y de frontera, se encuentra previsto en el presupuesto del Pliego 011 Ministerio de Salud; en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 173-2013-EF; Que, con Informe N° 515-2013-EPP-OARH/MINSA, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, remite los costos necesarios para fi nanciar por cuatro (4) meses la bonifi cación mensual a favor de las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales comprendidos en la Resolución Ministerial Nº 190-2013-MINSA, ubicados en zonas alejadas y de frontera; cuyo monto para la Transferencia de Partidas asciende a la suma de DIEZ MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 797 120,00); Que, en atención a lo indicado en los párrafos precedentes resulta necesario autorizar la transferencia de partidas del Pliego 011 Ministerio de Salud a favor de los Pliegos Gobiernos Regionales, por el monto antes señalado, con la fi nalidad de fi nanciar la bonifi cación mensual a favor de las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales comprendidos en la Resolución Ministerial Nº 190-2013-MINSA, ubicados en zonas alejadas y de frontera; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de DIEZ MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 797 120,00), destinado al fi nanciamiento del otorgamiento de la bonifi cación mensual a favor de las unidades ejecutoras de salud de los Pliegos Gobiernos Regionales que se encuentran ubicados en zonas alejadas y de frontera, por cuatro (4) meses (Setiembre - Diciembre 2013), conforme al siguiente detalle: