Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2014 (03/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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Vista la Carta del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presentada ante el Despacho del Rectorado con fecha 17 de MORDAZA de 2014; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Rectoral Nº 421 de fecha 28 de marzo de 2008, se designo al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones de la Universidad Nacional de Ingenieria (INICTEL-UNI); Que, el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante el documento del visto informa que, habiendo retornado a la docencia tiempo completo y con el fin de realizar estudios de Posgrado, pone a su cargo a disposicion, agradeciendo la confianza depositada en su persona y la oportunidad de haber estado al frente de tan importante Instituto; Que, resulta necesario tomar acciones, que aseguren la adecuada ejecucion de las actividades programadas en el INICTEL-UNI, y el cumplimiento de sus metas y objetivos; De conformidad a lo establecido en el Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria, articulo 50º; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones de la Universidad Nacional de Ingenieria (INICTEL-UNI), y agradecerle por los importantes servicios prestados a la Institucion. Articulo 2º.- Encargar, al Ing. MORDAZA MORDAZA Oliden MORDAZA, la Direccion Ejecutiva del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones de la Universidad Nacional de Ingenieria (INICTEL-UNI), quien contara con todas las facultades que a la fecha se encuentran delegadas al Director Ejecutivo del INICTELUNI. Articulo 3º.- Dar Cuenta al Consejo Universitario. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 1117851-1 ANTECEDENTES

El Peruano MORDAZA 3 de agosto de 2014

Respecto de la solicitud de inscripcion de lista de candidatos. Con fecha 7 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lecca, personero legal titular del partido politico Union por el Peru, solicito la inscripcion de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Urpay, provincia de Pataz, departamento de La MORDAZA, para participar en el MORDAZA de elecciones municipales de 2014. Respecto de la decision del MORDAZA Electoral Especial de Pataz Mediante Resolucion Nº 001-2014-JEE-PATAZ/JNE, de fecha 10 de MORDAZA de 2014 (fojas 80), el MORDAZA Electoral Especial de Pataz (en adelante JEE), resolvio declarar improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Urpay, provincia de Pataz, departamento de La MORDAZA, a fin de participar en el MORDAZA de elecciones municipales de 2014, en base a los siguientes fundamentos: a. Por el incumplimiento de las normas de democracia interna, toda vez que, de acuerdo a la consulta de afiliados en la pagina web del Registro de Organizacion Politica (en adelante ROP) los candidatos que postulan por el referido partido politico no se encuentran afiliados a este. b. De la revision del acta de elecciones internas, se aprecian errores e incongruencias, ya que en la parte pertinente al desarrollo del MORDAZA se senala "distrito de Huancaspata"; sin embargo, en la determinacion de los candidatos se refiere "distrito de Urpay". Respecto del recurso de apelacion Con fecha 13 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lecca, personero legal titular del partido politico Union por el Peru, interpone recurso de apelacion (fojas 49) en contra de la Resolucion Nº 001-2014-JEE-PATAZ/JNE, alegando que: a. En el acta de elecciones internas (fojas 84) se consigno por error "distrito de Huancaspata", motivo por el cual presenta el acta original suscrito por los miembros del comite, las fichas de afiliacion al partido politico Union por el Peru de los integrantes de la lista de candidatos al distrito de Urpay, el padron de los mismos y el acta de sesion extraordinaria de fecha 25 de MORDAZA de 2014 en la que se elige la modalidad de las elecciones internas para que los militantes afiliados y no afiliados puedan participar como candidatos, con la finalidad de acreditar que en su oportunidad se afiliaron al partido politico. CUESTION EN DISCUSION A partir de lo senalado, este Supremo Tribunal Electoral determinara si el JEE realizo una correcta calificacion respecto del cumplimiento de las normas de democracia interna en la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Urpay. CONSIDERANDOS Sobre la regulacion normativa de las normas de democracia interna 1. El articulo 19 de la Ley Nº 28094, Ley de Partidos Politicos (en adelante LPP), senala que la eleccion de autoridades y candidatos de los partidos politicos debe regirse por las normas de democracia interna establecidas en esta ley, el estatuto y el reglamento electoral de la organizacion politica. Asimismo, el articulo 24 de la LPP establece que corresponde al organo MORDAZA del partido politico decidir la modalidad de eleccion de los candidatos, ahi establecidas, de al menos las cuatro quintas partes del total de candidatos a regidores, y designar directamente hasta una MORDAZA parte de aquella. 2. El articulo 25 de la Resolucion N. º 271-2014-JNE, Reglamento de Inscripcion de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales (en adelante, el Reglamento) establece los documentos y requisitos que las organizaciones politicas deben presentar al momento de solicitar la inscripcion de sus listas de candidatos. Asi, el

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Revocan resolucion que declaro improcedente solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Concejo Distrital de Urpay, provincia de Pataz, departamento de La MORDAZA
RESOLUCION Nº 771-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00829 URPAY - PATAZ- LA MORDAZA JEE PATAZ (EXPEDIENTE Nº 00076-2014-054) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 MORDAZA, veinticuatro de MORDAZA de dos mil catorce. VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lecca, personero legal titular del partido politico Union por el Peru, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Pataz, en contra de la Resolucion Nº 001-2014-JEE-PATAZ/ JNE, del 10 de MORDAZA de 2014, que declaro improcedente la solicitud de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Urpay, provincia de Pataz, departamento de La MORDAZA, presentada por la citada organizacion politica, con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014.

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